Volver a PROCESOS DE CONTRATACION
CONSULTA DE OBSERVACIONES A PROCESOS DE CONTRATACION
 

Proceso     030/2025 - Observado - 20-03-2025 11:15:07
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 20 de marzo de 2025

Señores
INDUSTRIA MILITAR
Ciudad

REF: OBSERVACIONES A INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 – PROYECTO No. 13389

Respetados señores,

Reciban un cordial saludo de LA EQUIDAD SEGUROS ORGANISMO COOPERATIVO

Como compañía interesada en participar en el proceso de invitación pública citada en la referencia, que tiene por objeto: “ADQUISICIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS DE LA INDUSTRIA MILITAR”; respetuosamente presentamos a consideración las siguientes observaciones:

1. ASPECTOS ESPECÍFICOS DE LA CONTRATACIÓN:


1.1. FACTURACIÓN ELECTRONICA
Atendiendo el Decreto 358 de 2020el cual reglamenta “Los artículos 511, 615, 616-1, 616-2, 616-4, 617, 618, 618-2 y 771-2 del Estatuto Tributario, 26 de la Ley 962 de 2005 y 183 de la Ley 1607 de 2012 y se sustituye el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.” Agradecemos confirmar el correo de facturación electrónica.

1.2. GARANTÍAS DEL CONTRATO:

Conforme a lo previsto en la Constitución Política de Colombia, la actividad aseguradora se encuentra regulada y controlada por el Gobierno Nacional. En desarrollo de ello, le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia, regular, vigilar, inspeccionar y controlar el funcionamiento de las compañías de seguros y de los productos ofrecidos por ellas.

De igual manera el Código de Comercio en su artículo 1053 determina que la póliza prestará merito ejecutivo contra el asegurador, por sí sola, transcurrido un mes contado a partir del día en el cual el asegurado o el beneficiario o quien los represente, entregue al asegurador la reclamación aparejada de los comprobantes que, según las condiciones de la correspondiente póliza, sean indispensables para acreditar los requisitos del Artículo 1077, sin que dicha reclamación sea objetada de manera seria y fundada; situación que también se constituye en un mecanismo de cobertura que garantiza el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión del contrato a celebrarse.

Por otra parte, el inciso final del artículo 7° de la ley 1150 de 2007 dispone que: “Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de seguro y en los contratos cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantía a que se refiere esta ley, caso en el cual corresponderá a la entidad determinar la necesidad de exigirla, atendiendo a la naturaleza del objeto del contrato y a la forma de pago, así como en los demás que señale el reglamento.”. (Negrilla y subrayado fuera de texto).

Conforme las razones anteriormente expuestas, atendiendo la naturaleza del contrato y la forma de pago la cual está sujeta a la expedición de las pólizas contratadas que deben ser verificadas por el supervisor, para el presente proceso de prescindirá de la exigencia de garantías.

2. PAGO DE ESTAMPILLAS E IMPUESTOS
Agradecemos a la Entidad informar si aplica el pago de impuestos, estampillas municipales y/o departamentales y en caso de ser afirmativo, agradecemos indicar cuál es su porcentaje. Así mismo, nos indiquen la forma de pago de estas.

3. FECHA DE INICIO Y VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS:
Agradecemos a la Entidad indicar cual es la fecha esperada del inicio de vigencia de las pólizas exigidas en este proceso, así como la vigencia esperada.

4. PROPUESTA TÉCNICA:

4.1. VIDA GRUPO: ¿El valor asegurado de la cobertura de auxilio funerario es el mismo para todos los asegurados independientemente del valor asegurado del básico? ¿O este se encuentra por rangos?


Esperamos que tengan en cuenta nuestras solicitudes y quedamos atentos a su importante respuesta.

Cordial Saludo,


LA EQUIDAD SEGUROS ORGANISMO COOPERATIVO
Gerencia de Cumplimiento y Licitaciones
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:31:23]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 12:00:45
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 26 de marzo de 2025


Señores
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Indumil@indumil.gov.co
Dirección Compras
Teléfono 2207800 Ext. 1433 - 1422


Asunto: SOLICITUD DE ACLARACIONES A INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) Contrato de Seguros IPO 030/2025 Proyecto 13389 ADQUISICION DE POLIZAS DE SEGUROS DE LA INDUSTRIA MILITAR

Dentro del término establecido en el cronograma de actividades se presentan las siguientes observaciones al proceso del asunto por parte de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.:

1. Solicitamos eliminar la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO página 78 de las BASES DEFINITIVAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) y numeral 19.2.1 “GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO” de los ESTUDIOS PREVIOS INVITACIÓN PÚBLICA A OFERTAR (IPO) ADQUISICIÓN DE SEGUROS SYNERGY No. 03.014.674, página 93 y 94 conforme a lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 del siguiente tenor “Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de Seguros, y en los contratos.....” subrayado fuera de texto, atentamente solicitamos a la entidad eliminar la exigencia de constituir esta garantía.

Tener en cuenta que en desarrollo del principio Constitucional de Economía el legislador quiso con la expedición de la ley 1150 de 16 de Julio de 2007, la cual derogó parcialmente la ley 80 de 1993, es permitir el acceso a todas aquellas personas interesadas en contratar con el Estado y lograr la pluralidad de oferentes, es decir optimizar los costos que en algunos casos desmotivan o dificultan la celebración de los contratos con el sector público, razón por la cual se adoptó entre otras medidas la prohibición de la venta de pliegos de acuerdo al parágrafo 4º del numeral 3 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007. Como diáfanamente se puede observar, con la exigencia derogada lo que se estaba haciendo era elevar los costos de la ejecución del contrato y en últimas haciendo más onerosa la contratación Estatal, costos estos que al fin y al cabo son traslados a la administración.

Si la necesidad de la solicitud de la garantía de cumplimiento tiene su génesis en la protección de los riesgos que se deriven del desarrollo del contrato, la administración puede hacer uso de las sanciones contempladas en el pliego de condiciones en el cual se incluyen multas y cláusulas penales pecuniarias con cuantías importantes, las cuales se harán efectivas como lo establece el parágrafo del artículo 17 de la ley 1150 de 2007.

Igualmente; en aras de buscar el cumplimiento del contrato, la administración en un momento dado puede hacer efectiva la póliza de seguro, por cuanto ésta presta mérito ejecutivo y no sería necesario un seguro para cubrir otro seguro, motivos estos que llevaron al legislador a no exigir esta clase de garantías para contratos de seguros.

Como si lo anterior no fuese suficiente, Constitucionalmente se estableció un régimen especial de intervención estatal sobre la actividad aseguradora lo cual conllevo a que las aseguradoras fueran vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, entidad de derecho público que puede sancionar a las aseguradoras por el incumplimiento de sus obligaciones.

Por las razones expuestas solicitamos muy respetuosamente la eliminación de la Garantía de Cumplimiento como requisito tras la suscripción del contrato.

2. Agradecemos aclarar el Formato No. 2 “ANEXO FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA” con respecto a la Nota 1 para el Grupo No. 4. Teniendo en cuenta que la oferta, “no podrá superar LA TASA ACTUAL ESTABLECIDA POR LA INDUSTRIA MILITAR, so pena de rechazo”, aclarando cuál es la tasa que no se puede superar, toda vez que en este ANEXO se indica una tasa de 3.61por ciento y en la página 57 de ESTUDIOS PREVIOS INVITACIÓN PÚBLICA A OFERTAR (IPO) ADQUISICIÓN DE SEGUROS SYNERGY No. 03.014.674 y de las BASES DEFINITIVAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) página 20, se indica una tasa de 5.81 por mil.

3. Solicitamos aclarar el Formato No. 2 “ANEXO FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA” con respecto a la Nota 1 para el Grupo No. 4. Si la tasa a ofertar debe estar expresada en porcentaje o por mil, teniendo en cuenta que al realizar el cálculo del valor asegurado de $152.996.855.830 por la tasa 5.81 por mil indicada en la página 57 de los ESTUDIOS PREVIOS INVITACIÓN PÚBLICA A OFERTAR (IPO) ADQUISICIÓN DE SEGUROS SYNERGY No. 03.014.674 arroja un resultado de $888.911.732 que coincide exactamente con presupuesto oficial.

En tal sentido agradecemos habilitar la fórmula para la tasa por mil y el campo H33 del Formato No. 2 “ANEXO FORMAULARIO DE OFERTA ECONÓMICA en color amarillo para diligenciar la tasa por mil.

4. Con respecto a la Nota 2 del Formato No. 2 “ANEXO FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA, NOTA 2: “El oferente debe tener en cuenta, que el valor de su ofrecimiento no puede superar el valor del presupuesto total estimado para cada ramo y total de cada grupo, so pena de rechazo”, en tal sentido agradecemos aclarar si se deben respetar los presupuestos, para el Grupo No. 4, establecidos en el numeral 2.5 SOLICITUD DE ADQUISICIÓN” página 12 y 13 de los ESTUDIOS PREVIOS INVITACIÓN PÚBLICA A OFERTAR (IPO) ADQUISICIÓN DE SEGUROS SYNERGY No. 03.014.674 que establece un presupuesto para Vida Grupos Funcionario y para Vida Grupo Operación.

5. Agradecemos confirmar si el ANEXO No. 1 “CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS 03006683” y el FORMATO No. 4 CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS Y DEDUCIBLES 03006734” aplican para las pólizas de Vida Grupo funcionarios y Vida Grupo Operación del Grupo No. 4.

6. Agradecemos aclarar el Formato No. 2 “ANEXO FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA” con respecto a la NOTA 1. Para el Grupo No. 4 Teniendo en cuenta que solo se deberá diligenciar el campo denominado “TASA ANUAL OFERTADA POR EL PROPONENTE” indicando si este es el mismo campo “TASA OFERTADA POR EL PROPONENTE”

7. Agradecemos habilitar la totalidad de utilidades transaccionales de Secop2 para la presente invitación, de modo que allí se pueda consultar la información, subir la oferta, presentar observaciones, añadir a favoritos y demás utilidades de la herramienta.

8. Con relación a la estructuración del pliego, de manera respetuosa y con el ánimo de facilitar la lectura y entendimiento para las aseguradoras, sin dejar detalles relevantes por fuera de la estructuración de la oferta, solicitamos se estructure el mismo por agrupación de temas, evitando repeticiones de información, cuyo contenido alarga más el contenido y el tiempo de lectura, máxime teniendo en cuenta el escaso tiempo otorgado para su análisis, así mismo para facilitar el entendimiento evitar el uso de las siglas a qué hacen referencia dentro del documento de pliegos, con las cuales no es sencillo familiarizarse, tales como DDI, IAP y las demás que figuran a lo largo del documento.

9. Solicitamos permitir el envío de la oferta a través de correo electrónico o a través de Secop 2 y que no se haga la entrega de manera presencial e impresa. La solicitud se da con el interés optimizar el uso de medios virtuales, las facilidades que ofrece el Secop 2, así como de efectuar las mejores prácticas para la reducción del uso de papel y de acuerdo con las políticas del gobierno nacional a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y la Dirección de Gobierno en línea, “desea promover la implementación de oficinas Cero Papel como un proyecto que permita combinar los esfuerzos en mejorar la eficiencia de la administración pública con las buenas prácticas ambientales. Contribuyendo además en temas de movilidad en la ciudad de Bogotá.

10. Con relación al Anexo1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA de la página 81 solicitamos el favor de eliminar el texto “FABRICANTE” Y “Año De Fabricación” toda vez que no aplica para el presente proceso.

11. Con relación al FORMULARIO PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 (PERSONAS JURÍDICAS) de la página 94, informamos que la Compañía cuenta con Revisoría Fiscal, razón por la cual solicitamos muy respetuosamente permitirnos presentar el certificado de Paz y Salvo de Aportes Parafiscales en el formato propio que expide nuestro revisor fiscal, el cual cumple con los diferentes aspectos indicados en el formato propuesto.

12. Agradecemos la eliminación del Anexo ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS de la página 105, ya que se refiere a la descripción de elementos de fabricación y esto no corresponde a los seguros de vida que estaremos ofertando en el presente proceso.

13. Solicitamos la eliminación del formato de la página 106 titulado FECHA Y LUGAR Y ENTREGA DEL PROYECTO, dado que no corresponde con este proceso, ya que se están ofertando seguros de vida y no implementos para un proyecto material. De no eliminarlo, por favor indicarnos como diligenciarlo.

14. Tratándose de las cláusulas siguientes de la minuta del contrato, página 130:
• CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS PARTES
• CLÁUSULA DECIMA TERCERA. - CLÁUSULA PENAL

Si bien es cierto que estas son comunes los contratos privados, también lo es que para los contratos de seguros (Pólizas) y conforme a las normas que regulan esta materia (Libro Cuarto – Título V – CONTRATO DE SEGURO del Código de Comercio) tampoco es viable su aplicación. Amablemente agradecemos excluir de forma completa las cláusulas: MULTAS Y PENAL de la Minuta del contrato.

15. Con relación a la CLÁUSULA DECIMA CUARTA. - TERMINACIÓN UNILATERAL POR INCUMPLIMIENTO CALIFICADO pagina 131, sírvanse tener en cuenta que, en los contratos de seguros, no es procedente la aplicación de CLÁUSULAS EXORBITANTES O EXCEPCIONALES (Caducidad, terminación unilateral, interpretación y modificación unilateral) al derecho común como lo establece el Parágrafo artículo 14 de la Ley 80 de 1993, en consecuencia, agradecemos modificar el pliego y la minuta del contrato en este sentido.

16. Se solicita la realización de audiencia de apertura de ofertas y que esta se haga de manera virtual, en caso de que permitan la entrega de oferta por correo electrónico, de lo contrario que se haga de manera presencial.

17. Teniendo en cuenta en la página 47 que el plazo para entregar las ofertas es el martes 1 de abril, agradecemos indicar exactamente si la oferta se depositará en la Urna 3 y en qué lugar estará ubicada o si se debe radicar en correspondencia.

18. Agradecemos prorrogar el cierre página 47 del proceso previsto para el martes 1 de abril a las 2:00 p.m. hasta el día martes 8 de abril. El aplazamiento sugerido se solicita, teniendo en cuenta que se requiere un análisis a profundidad de los pliegos y sus aspectos técnicos y tiempo para la estructuración de la oferta, con el ánimo de atender la solicitud de los Reaseguradores para llevar a colocación de facultativo y teniendo presente que el viernes 28 se darán las respuestas, lo cual permite solo un día y medio hábil para confeccionar la oferta y trasladarla al sitio de entrega, tiempo que es escaso si se considera la importancia de elaborar una oferta integral acorde con las necesidades de la entidad.

19. Con relación al numeral 2.1.1. OFERTA ECONÓMICA – (Máximo 497.5 Puntos). ANEXO 4 FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA de la página 60, con el fin de garantizar ofertas técnica y económicamente estructuradas que no sean objeto de revocación por parte del adjudicatario por insuficiencia de primas ante una eventual desviación de siniestralidad, se solicita efectuar la evaluación económica a través de la metodología de media aritmética.




OBSERVACIONES DE ORDEN TECNICO

20. Agradecemos confirmar cual es el porcentaje de impuestos (estampillas) y contribuciones aplicables al contrato derivado del presente proceso.

21. Con el fin de analizar correctamente el riesgo y presentar una propuesta acorde a las expectativas del tomador, agradecemos publicar siniestralidad en formato Excel editable, actualizada a la fecha, con el siguiente detalle:

- Fecha de Ocurrencia
- Fecha de Aviso
- Causa del siniestro (covid, muerte natural o accidental, enfermedad, homicidio, suicidio, etc.)
- Amparo afectado (Muerte o Incapacidad)
- Edad de asegurado a la fecha del siniestro
- Valor Pagado
- Fecha de pago
- Valor en reserva
- Estado del siniestro (pagado, pendiente u objetado)
Lo anterior debido a que la publicada esta hasta el año 2023.

22. Agradecemos indicar el alcance de cada una de las coberturas o caso contrario confirmar que operan según texto consignados en los clausulados vigentes de la aseguradora adjudicataria

23. Agradecemos confirmar que la incapacidad total y permanente será calificada con base en el manual único de calificación definido por el gobierno nacional donde el porcentaje de pérdida de capacidad laboral del asegurado deberá ser mayor o igual al 50%, la fecha del siniestro será la fecha de estructuración en vigencia de la incapacidad total y permanente y que una vez pagada la suma asegurada por incapacidad total y permanente el seguro termina para el asegurado indemnizado quedando la aseguradora liberada de toda obligación frente al contrato de seguro con dicho asegurado

24. Por favor confirmar y dejar consignadas en las condiciones obligatorias la fecha de siniestro del amparo de incapacidad total y permanente es ¿por estructuración en vigencia o calificación?

25. Solicitamos confirmar que se cubre terrorismo, siempre y cuando el asegurado no actúe como sujeto activo del evento.

26. Por favor detallar la cobertura Gastos de Traslado del Cuerpo, ¿es por fallecimiento del asegurado? ¿es nacional? Es un auxilio o un gasto entendiéndose que para este último se solicitarían facturas.

27. ANTICIPO DE INDEMNIZACION 70%, respetuosamente solicitamos eliminar esta clausula o caso contrario indicar como se realiza la devolución de dinero en caso de que el siniestro no cumpla y deba ser objetado

28. Considerando que requieren continuidad de cobertura, agradecemos indicar si alguno de los asegurados actuales tiene o padecido de alguna enfermedad, de ser así, por favor relacionar asegurado, padecimiento y extra-primas actuales.

29. Amablemente solicitamos confirmar el nombre de la aseguradora con la cual los asegurados tienen póliza vigente y con la cual darían cumplimiento a la continuidad de cobertura requerida.

30. En caso de no tener póliza vigente y con el fin de obtener aprobación por parte de nuestro reasegurador, amablemente solicitamos diligenciamiento de formato de asegurabilidad, sin lugar a extraprima ni exámenes médicos, es con el único fin de conocer el estado de salud de cada uno de los asegurados.

Quedamos muy atentos a sus comunicaciones.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:33:57]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 12:43:51
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     OBSERVACIONES

GRUPO 4 VIDA GRUPO:

1. Agradecemos a la entidad informar la fecha de nacimiento o edad de los asegurados junto con el género.
2. Agradecemos a la entidad informar si alguno de los asegurados se encuentra extra primado, si es así informar % de extra prima
3. Agradecemos a la entidad poder limitar la edad máxima de ingreso y permanencia a la póliza
4. Solicitamos se amplie el plazo para presentar la oferta en 8 días hábiles para poder estructurar mas detalladamente la licitación.
5. Agradecemos informar si la entidad cuenta con algún intermediario y si es el caso cual es el % de comisión esperado.
6. Muy amablemente solicitamos se compartan los anexos y formualarios en documentos de Word a fin de evitar errores en la transcripción de la información.
7. Solicitamos indicar si en el FORMULARIO COMPROMISOS DEL OFERENTE en el item F. COMPROMISO DEBIDA DILIGENCIA DEL OFERENTE, aplica para el grupo 4 de vida, o si este no se requiere diligenciar.
8. Muy amablemente solicitamos nos idiquen en el anexo ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, al ser nosotros una compañía de vida, si es requisito el diligenciamiento, y de ser así nos indiquen como realizarlo.


 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:35:43]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 14:16:22
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogota, 26 de marzo de 2025

Señores
INDUMIL
Ciudad

Asunto: Observaciones al proceso en asunto 030/2025 Contratación de Seguros.

Respetados Señores:
Seguros Generales y de Vida Suramericana S.A., se encuentra interesado en la revisión de la invitación del asunto, por lo que nos permitimos hacer observaciones al proceso en asunto:

1.Agradecemos a la entidad ampliar el cronograma teniendo en cuenta el plazo otorgado y el tiempo de análisis que conlleva para el mercado facultativo. Sugerimos definir como para la presentación de la oferta el 15 de Abril .

IRF

2. Agradecemos a la entidad aclarar y delimitar la siguiente condición complementaria: Responsabilidad asumida por la Entidad por acuerdo o bajo cualquier contrato, derivados de actos de infidelidad de empleados.

3. Agradecemos a la entidad eliminar la cláusula Renuncia a la subrogación de las condiciones técnicas complementarias teniendo en cuenta la naturaleza de este producto mediante el cual se busca indemnizar los perjuicios patrimoniales ocasionados por los actos deshonestos e infieles de los empleados del Asegurado que pueden estar enmarcados como delitos en contra de la administración pública, y en virtud de los cuales por Ministerio de la Ley la Aseguradora adquiere esta prerrogativa. Adicional a ello, la subrogación tiene una finalidad apremiante en quien incurre en estas conductas con el fin de persuadirlo por las consecuencias penales y civiles que ello conlleva, retirarla podría generar un incentivo en los asegurados e incluso una modificación en el estado del riesgo.

4. Agradecemos a la entidad reconsiderar el aumento de 10 días en la siguiente clausula dentro de las técnicas básicas obligatorias:
Compromiso de la Aseguradora sobre el plazo para el pago de las indemnizaciones. Cinco Diez (510) días hábiles, una vez sustentada la ocurrencia, cuantía del siniestro o radicada la factura. Se acepta por parte de la aseguradora que el plazo máximo para el giro de las indemnizaciones, una vez se encuentran debidamente formalizadas será Cinco (5) días hábiles.

CYBER
5. Agradecemos a la entidad tener presente que en las condiciones técnicas básicas obligatorias no se detalla la cobertura Gastos de defensa detallada en las condiciones complementarias, por lo anterior solicitamos se aclare si actualmente viene contratado algun limite como condición obligatoria o si la condición de la complementaria es totalmente nueva “Gastos de Emergencia, 10% del límite general de la póliza:
Si por motivos razonables no es posible conseguir el consentimiento escrito, antes de incurrir en cualquier costo o gasto amparado por esta cobertura de respuesta a incidentes, la aseguradora aprobará dichos costos o gastos de acuerdo con el sublímite indicado. Se amparan los costos y gastos para la contratación de servicios por parte de un proveedor especializado para enfrentar inmediatamente un evento cibernético que esté ocurriendo, en cuanto a temas de investigación forense, asesoría en siniestros, ayuda con reestablecimiento de sistemas y equipos, entre otros. Para que pueda aplicar esta cobertura de “Gastos de Emergencia”, es necesario que se solicite la aprobación a la aseguradora antes de 15 días calendario, contados a partir del momento en que se incurrió en ellos y se indique, en este mismo plazo, las razones del porqué no fue posible solicitar su previa aprobación.”

6. Agradecemos aclarar si el límite básico mínimo es COP 5.000.000.000 o es COP 8.000.000.000 teniendo en cuenta que se evidencia un valor en las condiciones técnicas básicas obligatorias y otro en el pliego de condiciones.

7.Agradecemos a la entidad aclarar que la modalidad de cobertura para pérdidas propias es Ocurrencia y no Descubrimiento como se detalla en las condiciones técnicas básicas obligatorias.

8. Si bien manifiestan que no tienen incidentes en los últimos 3 años, conocemos que en el segundo semestre de 2024 tuvieron un incidente, por lo que agradecemos todos los detalles, incluida una descripción de cada incidente, reclamo o demanda y la causa, costos internos, costo para terceros, si se notificó a las personas afectadas, tiempo de descubrir, tiempo de recuperación y medidas adoptadas para mitigar la exposición futura.

9.Solicitar al asegurado entregar una vez adjudicada la cuenta:

•Carta firmada por el representante legal de no conocimiento de eventos, circunstancias ni reclamaciones a la fecha de inicio de la prórroga.

•Carta firmada por el representante legal confirmando no cambios materiales en la información suministrada para la suscripción del seguro al inicio de la vigencia original.

•El asegurado se compromete a adelantar una reunión con el equipo del reasegurado durante los primeros 30 días de inicio de vigencia para exponer los comentarios frente algunas vulnerabilidades para atenderlas en el menor tiempo posible

10.Incluir la cláusula de guerra LMA5564
11.Incluir la exclusión absoluta de servicios profesionales
12.Aclarar el límite solicitado en las condiciones obligatorias ya que en el Excel indican COP 5.000.000.000 y en pliego dice COP 8.000.000.000
13.Aumentar el deducible en COP 250.000.000 teniendo en cuenta que es una entidad del gobierno.

RCSP

14. Por favor publicar la siniestralidad por vigencia de los últimos cinco años., con el detalle de tipo de investigación, si hay posible detrimento patrimonial y su monto.
15. Confirmar en qué fecha está firmado el formulario.
16. Sobre la cláusula de Revocación unilateral, con término de noventa (90) días. Agradecemos aclarar que esta no aplique para prorrogas dado que esto es facultativo de los reaseguradores, en caso de ser favorecidos con la póliza.

Cordialmente,

Mery Castiblanco Robayo
Unidad Negocios Estatales



 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:36:20]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 12:22:39
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C.,


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto nos permitimos presentar las siguientes observaciones:

1. NUMERAL 16. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Página 9
Garantía de Seriedad
Respetuosamente solicitamos a la entidad ajustar la condición para la presentación de la póliza de seriedad, permitiendo la constitución de una garantía de seriedad por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial por grupo o grupos al cual se presente oferta.

2. NUMERAL 40. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Página 20 CONSTITUIR GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
Solicitamos respetuosamente la eliminación de la cláusula Decima segunda del proyecto Minuta del contrato referente a la obligación de suscripción de la garantía única de cumplimiento indicada en el presente numeral del pliego por las siguientes razones:

- Según la Ley 1150 de 2007 en el artículo 7 inciso 5, determina que "Las garantías no serán obligatorias en los contratos de Empréstito, en los interadministrativos, en los de seguros...".
- Las pólizas de seguros son contratos que si la aseguradora no cumple lo pactado, se le aplican las sanciones propias contenidas en el Código de Comercio.

Por lo anterior, agradecemos eliminar todo lo referente a la obligación de suscripción de la garantía única de cumplimiento, pues es claro que las pólizas que se otorguen derivadas de la adjudicación del presente proceso de selección no se podrán revocar según lo que trata el artículo 1071 del código de comercio

3. NUMERAL A. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN
Respaldo CDP.
Nos permitimos solicitar la publicación del CDP No. 2000009631del 10 de marzo de 2025, en aras de tener certeza y claridad de la información del valor que respalda el costo del presente proceso de selección.

4. NUMERAL B. OBJETO Y ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
El pliego indica:
Informe de supervisor donde indique el recibo a satisfacción de las pólizas, valores unitarios, totales y autorización de pago de factura.

Forma de Pago Página 31

Solicitamos amablemente informar cuantos son los días que destinará el supervisor en emitir la certificación de recibo de satisfacción de las pólizas, para efectos de que todos los interesados estemos enterados

5. NUMERAL E. REQUISITOS PARA PARTICIPAR - TÉCNICOS

a.) Literal d.) EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
Grupo VI Riesgo Cibernético - Cyber
Solicitamos amablemente a la entidad que para el Grupo VI - Póliza Riesgos Cibernéticos - CYBER, se permita acreditar además de pólizas Cyber experiencia en el ramo de Responsabilidad Civil Extracontractual.
Por lo anterior, considera pertinente este observante informar que de mantenerse está condición afectaría de manera importante el Grupo VI, al punto de declararse desierto por la imposibilidad de acreditar dicha exigencia, restringiendo la libre participación de los oferentes.

b,) Formato – Experiencia
La entidad manifiesta que se debe diligenciar el FORMATO No. 3 EXPERIENCIA GENERAL, como se muestra a continuación:

No. de Orden EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LA ACTIVIDAD Entidad Contratante


Agradecemos indicarnos y aclararnos a que se refiere la columna “EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LA ACTIVIDAD: En relación con este acápite se indicará que experiencia se pretende acreditar”. Lo anterior dado que no es clara la información que se pretender solicitar en esta casilla.

6. NUMERAL J.) DEL CONTRATO
a.) OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones Especificas del Contratista

Solicitamos respetuosamente modificar el presente literal “sostener los precios ofertados durante la vigencia del contrato…”, respetuosamente solicitamos a la entidad la revisión de términos o mantener los precios siempre y cuando la siniestralidad incurrida para los grupos no supere el 50%.

7. FORMULARIOS PARA ACREDITACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES- FORMULARIO PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002
Teniendo cuenta que la entidad indica que se deberá presentar el formato No. 3, solicitamos amablemente permitir un formato libre siempre y cuando incluya toda la información exigida en el pliego de condiciones
8. Anexos - ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS y FECHA Y LUGAR DE ENTREGA DEL PROYECTO
Solicitamos amablemente a la entidad, eliminar lo anexos mencionados exigidos en el presente”, toda vez que corresponden a objetos de contratación de obra, manutención o de ingeniería los cuales no guardan relación y no aplica para el presente proceso. Dado que el presente contrato debe considerarse como un CONTRATO ESTATAL DE SEGUROS.

9. ANEXO MINUTA DEL CONTRATO -CONTRATO DE SEGUROS

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS PARTES y CLÁUSULA DECIMA TERCERA. - CLÁUSULA PENAL
Solicitamos respetuosamente a la entidad la eliminación de estas cláusulas de la minuta, ya que el incumplimiento del contrato de seguro podrá presentarse cuando la aseguradora no pague oportunamente una pérdida amparada, en cuyo caso el Código de Comercio claramente establece la sanción económica en caso de no pago oportuno de un siniestro y de mantener vigente esta cláusula, la Aseguradora queda expuesta a una doble sanción económica por la misma causa. Además, en los contratos de seguros, no es procedente la aplicación de CLÁUSULAS EXORBITANTES O EXCEPCIONALES. Lo anterior de conformidad con el (Parágrafo del artículo 14 de la Ley 80 de 1993).

CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA - INDEMNIDAD
Solicitamos respetuosamente a la Entidad se sirva suprimir del pliego de condiciones el presente numeral, toda vez que en nuestro sentir, de manera consecuente con el interés jurídico que pretende proteger, abolió la cláusula obligatoria de INDEMNIDAD y en su lugar simplemente ordena que dentro de los amparos de las Pólizas de Responsabilidad Civil, exigibles en los contratos de obra y en aquellos en que por su objeto o la naturaleza del riesgo lo considere necesario, se asuma el riesgo de las reclamaciones de Terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista y sub contratistas, con lo cual la famosa cláusula de INDEMNIDAD resulta improcedente e impertinente a la luz de la legislación vigente, con mayor veras tratándose de Contratos de Seguro donde ni las actuaciones del contratista (Aseguradora) ni mucho menos las de su “subcontratista” (imposibilidad de tener Sub Contratistas) pueden llegar en sana lógica a ocasionar un daño extracontractual a la Entidad pública respectiva

10. GASTOS DERECHOS E IMPUESTOS
Solicitamos respetuosamente a la Entidad se informe cuáles y por cuanto son c/u de los impuestos inherentes y costos establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, necesarios para la ejecución del objeto de la presente contratación, en caso de ser adjudicado.

11. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.
De acuerdo con el Decreto 358 del 5 de marzo de 2020 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por el cual se reglamentan aspectos en materia tributaria y la Resolución No. 000042 del 5 de mayo de 2021 expedida por La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN mediante el cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación; Previsora solicita de manera respetuosa que, en caso de ser seleccionados en el presente proceso de contratación de seguros y previo al proceso de emisión de las pólizas, la Entidad debe remitir copia del Registro Único Tributario – RUT actualizado 2024 con el fin de dar estricto cumplimiento de las leyes impartidas por el Gobierno Nacional en materia de facturación electrónica. Es importante mencionar que este requisito es indispensable para cumplir con lo establecido en la minuta del contrato o pliego de condiciones para la entrega de las pólizas.

DAÑOS MATERIALES

12. De acuerdo con la condición de Frescos o murales, que con motivo de decoración formen parte de los edificios o están pintados allí, Solicitamos informar la relación detallada y valorizad de estos bienes.

13. Solicitamos eliminar la condición de Extensión de Cobertura.

14. De acuerdo con la condición de Elementos dañados y gastados / Sublimite $200.000.000 Evento/Agregado Anual, solicitamos a la Entidad se permita informar la relación detallada y valorizada de estos bienes.

15. Solicitamos eliminar la condición de Clausula de contaminación y polución derivada de un evento amparado en la póliza, o en su defecto se aclarar que se excluye los gastos de demostración, limpieza y recuperación, lo cuales corresponden a una exclusión absoluta.

16. Se solicita modificar la “Cláusula de mantenimiento” a fin de que los empleados del asegurado o personal a su servicio sean debidamente certificados para tal actividad.
17. Se solicita modificar la Cláusula “Actos de autoridad “ excluyendo, Embargos, requisiciones y/o apropiaciones.

18. Solicitamos eliminar la condición de Amparo para Frigoríficos Sublimite $ 100.000.000 Evento/Agregado Anual.

19. Solicitamos eliminar la Cláusula de Valores Globales.

20. Solicitamos eliminar la Eliminación de cláusulas de garantía.

21. Solicitamos eliminar la condición de LIMITE AGREGADO DE DEDUCIBLE HASTA $50.000.000 EVENTO/AGREGADO ANUAL.

22. Se requiere conocer de cada uno de los inmuebles, valor Asegurado, ubicación geográfica, coordenadas, tipo de construcciones, tipos de ocupación, años de construcción, tipo de estructura. con el fin de dar cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 y 006 de 2018 emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. De la siguiente forma:

NOMBRE DIRECCIÓN
Valor asegurable
inmueble Corresponde al valor asegurable para la cobertura de inmueble.
Valor asegurable
contenido Corresponde al valor asegurable para la cobertura de contenido (muebles y enseres, maquinaria y equipo, mejoras locativas, mercancías, etc.)
Municipio Corresponde al Municipio en el cual se encuentra ubicado el inmueble
Departamento Corresponde al Departamento en el cual se encuentra ubicado el inmueble.
Dirección del
inmueble Corresponde a la dirección completa en que está ubicado el inmueble (Nomenclatura Oficial Vigente).
Coordenadas
Geográficas Corresponde a la localización geográfica del inmueble asegurado expresada como Longitud y Latitud. Estas coordenadas geográficas pueden ser estimadas con un dispositivo de posicionamiento global (GPS).
Número de pisos Corresponde al número total de pisos que tiene el inmueble.
El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja sin incluir sótanos. En caso que el edificio se ubique en zona de lomas y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe contarse a partir del piso más bajo.
Cuando existan mezanines estos se deben contar como pisos.
Rango de
construcción Corresponde al rango del año de construcción de la edificación:
-Antes de 1963
-Entre 1963 y 1977
-Entre1978 y 1984
-Entre 1985 y 1997
-Entre 1998 y 2010
-2011 en adelante
Uso riesgo Corresponde al uso actual del edificio. Ejemplo: Residencial, Oficinas, Parqueaderos, Salud, etc.
Tipo estructural Corresponde al material de construcción que soporta la estructura. Ejemplo: Concreto reforzado, Mampostería, Acero, Madera, Adobe, Bahareque o Tapia

SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES OFICIALES
23. Mediante la Ley 389 de 1997 el legislador colombiano admitió la posibilidad de ofrecer la póliza de manejo mediante la modalidad de reclamación por descubrimiento. Los seguros por ocurrencia son adecuados para aquellos riesgos en los cuales la causa, el hecho y la manifestación del daño se surten de manera simultánea en el tiempo tal como puede ser un accidente de tránsito; pero algunas actividades humanas hacen que la manifestación del daño no emerja inmediatamente con la causa o el hecho que le origina. Para estos casos donde la manifestación del daño es tardía, el sistema por ocurrencia genera algunas dificultades para el asegurado y asegurador, dentro de las cuales destacan: entre la fecha que se presenta el hecho y su manifestación puede superarse el termino prescriptivo y por esta vía quedar el reclamo sin cobertura y cuando los hechos sean presentados sucesivamente en diferentes vigencias (ej: en un peculado continuo) se presentan dificultades para determinar la póliza afectada, y con ello la manera en que aplican los diferentes sublímites, deducibles, etc. La modalidad por ocurrencia para estos casos genera una mayor siniestralidad, pues algunas autoridades consideran procedente la afectación de todas las pólizas vigentes durante los hechos dañosos. Esta circunstancia deteriora los resultados del ramo de manejo en el sector asegurador colombiano y dificultan su aseguramiento a largo plazo además de encarecer los costos de estas pólizas. Estas circunstancias generan graves inconvenientes en la estructura financiera y actuarial del seguro, dejando serios interrogantes sobre la manera de financiar un sistema asegurador de esta naturaleza. Contrario sensu la modalidad por descubrimiento permite una mayor claridad en la configuración del siniestro pues se tendrá como tal la fecha en que el asegurado descubre la pérdida. Por lo cual respetuosamente solicitamos que la modalidad de cobertura sea descubrimiento para la póliza de manejo.

24. De acuerdo con la condición de Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia y considerando que el titular del interés asegurable sobre estos bienes es el propietario de los mismos, solicitamos aclarar que esta cobertura opera en exceso de las pólizas que el propietario de dichos bienes tenga contratadas. Así mismo solicitamos que se sublímite al 50% del límite asegurado.

25. De acuerdo con la condición de GASTOS ADICIONALES, respetuosamente solicitamos que se aclare que estos costos hacen parte del límite asegurado y por ende no aplican en exceso de este.

26. De acuerdo con la condición de Gastos para demostrar el siniestro y su cuantía, solicitamos que se aclare que estos costos hacen parte del límite asegurado y por ende no aplican en exceso de este.

27. Solicitamos a la entidad eliminar la condición de No Aplicación de Garantías

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

28. De acuerdo con el amparo de Avisos, vallas y letreros dentro y fuera de los predios, solicitamos aclarar el alcance de la condición indicando “siempre y cuando sean instalados por el asegurado”

29. Solicitamos elimina o trasladar a condiciones evaluables el amparo de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Sublímite de $200.000.000 por vehículo /$400.000.000 Evento/Agregado Anual.

30. De Acuerdo con la condición de Costos e intereses de mora, solicitamos a la entidad aclara que hacen parte del valor asegurado.

31. Solicitamos a la Entidad se permita reconsiderar la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACION para que sea hasta el 50%.

32. Solicitamos aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando fecha de ocurrencia, fecha de reclamación, clase de proceso, pretensiones (si aplica), pagos, reservas, amparo afectado, estado del proceso y descripción del incidente de los últimos 5 años a la fecha actual.

33. Relación de riesgos a asegurar indicando ubicación y actividad desarrollada en cada uno de ellos.

34. Para todas las cláusulas y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

35. De acuerdo con el amparo de Alimentos y bebidas, Agradecemos aclarar que se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones.

36. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehículo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

37. De acuerdo con el amparo de Gastos médicos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”, de igual forma, Se solicita respetuosamente a la entidad limitar en días después del evento la presente cobertura, se sugiere 15 días

38. De acuerdo con el amparo de Pagos Suplementarios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, lo anterior, considerando que no es claro, de igual forma, permitir delimitar con el sublimite

39. De acuerdo con el amparo de Productos y trabajos terminados y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”,

40. Así mismo, agradecemos aclarar que para el amparo de Productos y trabajos terminados, se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones.

41. De acuerdo con el amparo de Transporte de mercancías y demás bienes dentro y fuera de los predios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehículo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

42. De acuerdo con la condición de Operaciones por manejo de líquidos inflamables y azarosos y para estación de combustible. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehiculo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

43. De acuerdo con la condición de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir los accesorios e incluir el siguiente texto en el alcance de la cláusula: Siempre y cuando dichos parqueaderos se encuentren debidamente cerrados, vigilados y exista registro y control de entrada y salida de vehículos terrestres, así mismo, permitir eliminar lo indicado como accesorios.

44. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir lo corresponde al Decreto 1073 lo anterior, considerando que pertenece a otro producto,

45. De acuerdo con la condición de ERRORES, OMISIONES E INEXACTITUDES NO INTENCIONALES Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que se excluye la RC Profesional y RCD&O.

46. De acuerdo con la condición de Propietarios, arrendatarios o poseedores, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplica siempre y cuando se encuentre en función de su objeto social

47. Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la cláusula de Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro, hasta una (1) vez el límite asegurado contratado.

48. De acuerdo con la condición de Pagos de responsabilidad civil con base en manifiesta responsabilidad. Se solicita amablemente a la entidad aclarar que aplica, siempre y cuando sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía o forma de calcular la pérdida.

49. De acuerdo con el título EPIDEMIAS Y PANDEMIAS, Se solicita amablemente aclarar que esto corresponde a exclusiones y que aplican las demás exclusiones estipuladas en el clausulado general.

SEGURO DE TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

50. Solicitamos a la Entidad ajustar el alcance de la condición, Movilización por sus propios medios, aclarando que opera hasta los 150 Kilómetros de su base

51. Solicitamos a la entidad se permita eliminar la nota: No obstante lo antes señalado, queda expresamente acordado y convenido que la presente póliza ampara las pérdidas y daños consecuenciales por causa de los eventos que se describen en los literales c), i), j), siempre y cuando los equipos y maquinaria se hallen amparados por esta póliza

52. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALORES GLOBALES SIN RELACIÓN DE BIENES

53. De acuerdo con la condición de ELEMENTOS DAÑADOS Y GASTADOS, solicitamos a la Entidad publicar la relación detallada y valorizada de estos bienes.

54. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de ELIMINACION DE CLÁUSULAS DE GARANTÍA.

55. Se solicita modificar la Cláusula “Actos de autoridad “excluyendo, Embargos, apropiaciones.

56. Se solicita eliminar la condición “DEDUCIBLES BÁSICOS OBLIGATORIOS No Aplica Deducibles” de tal forma que sean objeto de puntuación

SEGURO AUTOMÁTICO DE TRANSPORTE DE VALORES

57. Solicitamos a la Entidad eliminar la cláusula de ELIMINACION DE CLÁUSULAS DE GARANTÍA

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PUBLICOS
58. Se solicita amablemente a la entidad aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando fecha de ocurrencia, fecha de reclamación, clase de proceso, pretensiones (si aplica), pagos, reservas, amparo afectado, estado del proceso y descripción del incidente de los últimos 5 años a la fecha actual.
59. Considerando las noticias donde se encuentra relacionada la entidad https://boyaca7dias.com.co/2021/09/27/militar-retirado-tendra-que-responder-por-millonaria-venta-de-municion-y-proveedores-de-indumil-en-sogamoso/ , https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/procuraduria-inspeccionara-a-indumil-por-contratos-de-mantenimiento-de-helicopteros-4015656agradecemos , https://www.lafm.com.co/judicial/investigan-a-indumil-por-presunta-comercializacion-irregular-de-explosivos indicar si tenemos mayor información al respecto, de igual forma, indicar si en las observaciones elevadas a la entidad informaron los hallazgos realizados por la contraloría y el plan de acción implementado y si han recibido advertencias por parte de cualquier Contraloría, de ser así favor relacionarlas explicando brevemente las causas de las mismas y las medidas adoptadas por la entidad.
60. Agradecemos a la entidad informar cuándo fue la última visita que alguna Contraloría les haya realizado, así mismo agradecemos informar los hallazgos realizados por la contraloría y el plan de acción implementado. De igual manera agradecemos informar si su entidad ha recibido advertencias por parte de cualquier Contraloría, de ser así favor relacionarlas explicando brevemente las causas de las mismas y las medidas adoptadas por la entidad.
61. Agradecemos informar si funcionarios o exfuncionarios de la entidad han sido declarados responsables fiscales o se encuentran vinculados a procesos de responsabilidad fiscal en curso. De ser positiva la respuesta agradecemos ampliar informando cargos y/o personas vinculadas, valor del presunto detrimento patrimonial y hechos; lo anterior manteniendo las correspondientes reservas en aquellos casos donde aplique.
62. Agradecemos informar si la entidad en los últimos 5 años ha realizado proyectos con inversiones superiores a un millón de dólares. De ser así favor detallar: Nombre del proyecto y descripción, valor, contratista, adiciones que haya sufrido el contrato. De igual manera agradecemos informar si se tiene planificado realizar proyectos superiores a este monto en los próximos 5 años.
63. Para todas las cláusulas donde se establece limite en pesos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”
64. De acuerdo con la condición de Gastos de defensa, Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar en el alcance de este amparo, que con el propósito de que se haga un uso razonable de los gastos de defensa en general para cualquier proceso, estos deben ser autorizadas previamente por la oficina jurídica o por el área que tenga la facultad para aprobarlos dentro de la entidad tomadora y estos a su vez presentar formalmente la reclamación para su reconocimiento; esto adicionalmente redundará en el uso razonable de la póliza y en un mejor control de la misma por parte de la entidad contratante
65. De acuerdo con el numeral 4. Exclusiones, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

66. De acuerdo con el numeral 5. Sublímites Básicos Obligatorios para la Cobertura de Gastos de Defensa. Se solicita amablemente a la entidad permitir indicar que los gastos de defensa, operen por cargo y por cada proceso, lo anterior considerando que la presente póliza se estructura bajo el sistema de riesgos o cargos nombrados, luego para su afectación se debe dar cumplimiento a lo anterior.

67. Agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado

68. Agradecemos respetuosamente a la entidad ajustar la descripción agregando la expresión “Notificadas a la aseguradora” para que se lea “(ii) circunstancias por las que los funcionarios asegurados tengan conocimiento por primera vez durante la vigencia de la póliza notificadas a la aseguradora, de investigaciones iniciadas o que estarán siendo iniciadas en su contra.” Lo anterior, considerando que el solo conocimiento no es objeto de cobertura sino para que esta emerja debe realizarse el aviso de circunstancia, por lo cual, se sugiere ajustar según lo indicado. De igual forma y en todo caso, agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado.

69. De acuerdo con la condición de Período adicional de descubrimiento y/o de reclamación, con término de seis (6) meses, Se solicita amablemente a la entidad permitir ajustar a Periodo extendido de reclamos y para su aplicación tendrá que solicitarse en vigencia de la póliza

VIDA GRUPO
70. Agradecemos el suministro de la información detallada de siniestralidad de los últimos 3 años detallando causa del siniestro, amparo afectado, valor reclamado, valor indemnizado, reserva, fecha de aviso y fecha de ocurrencia.

71. Agradecemos modificar el nombre de la cobertura “Doble indemnización por muerte accidental” por “Indemnización adicional por muerte accidental”; lo anterior en razón a que la acepción “Doble indemnización” se puede comprender como una doble indemnización posterior al pago de la indemnización del amparo básico lo cual en últimas generaría una triple indemnización; adicionalmente en la práctica, las aseguradoras que explotan el ramo de vida grupo denominan este amparo en sus clausulados como “Indemnización adicional por muerte accidental”.


SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CYBER
72. Aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando pretensiones, pagos, estado del proceso y descripción del incidente, de los últimos 5 años a la fecha.

73. Solicitamos confirmar si la entidad cuenta con doble autenticación.

74. Indicar si se cuenta tiene firewalls instalados en todas las puertas de enlace externas para proteger la red del equipo;

75. Confirmar si la entidad tiene una política de seguridad de las Tecnologías de la información en vigor sobre el procesamiento y almacenamiento de datos personales que cumpla con las leyes locales;

76. Indicar si la entidad tiene software antivirus instalado en todos los computadores portátiles, computadores de escritorio y servidores de la empresa y estos se actualizan regularmente

77. Confirmar si la entidad requiere contraseñas que cumplan con los estándares mínimos de complejidad que se modifican a partir de las contraseñas predeterminadas por el proveedor

78. Aclarar si la entidad realiza copias de seguridad al menos semanalmente de todos los datos críticos y esta información se almacena de manera externa, o si el proceso de copia de seguridad se subcontrata, el tercero cumple con este requisito;

79. Indicar si realiza las comprobaciones apropiadas para asegurarse de que cualquier sitio web o contenido de impresión no infringe ninguna marca comercial o copyright.

80. De acuerdo con la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACIÓN PARA EL PAGO DE HONORARIOS, solicitamos aclarar que corresponde al 50%.

81. Considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

82. Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar que las modalidades de cobertura aplicable a la póliza de RCCYBER serán las siguientes:

Para perdidas propias: La póliza opera bajo la modalidad de delimitación temporal de cobertura denominado “ocurrencia” con arreglo a lo consignado en el artículo 1131 del código de comercio.

Para Responsabilidad civil extracontractual: La póliza opera bajo la modalidad de delimitación temporal de cobertura denominado “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el artículo 4 de la ley 389 de 1997

83. Se solicita respetuosamente a la entidad adjuntar un formulario ransomware debidamente diligenciado

84. De acuerdo con la condición de 6. Periodo de Descubrimiento. Se solicita amablemente a la entidad permitir ajustar a Periodo extendido de reclamos y para su aplicación tendrá que solicitarse en vigencia de la póliza

85. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

86. De acuerdo con el numeral 11. CLAUSULAS ADICIONALES, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar si las cláusulas adicionales son obligatorias o son condiciones complementarias esta condición en aras de ser una condición calificable

87. De acuerdo con la condición de Pago de indemnización por clara evidencia de responsabilidad civil sin previo fallo judicial. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar si la Indemnización por clara evidencia sin que exista previo fallo judicial, una vez demostrada ocurrencia y cuantía.

88. De acuerdo con la condición de Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales, Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la presente condición, lo anterior, considerando que es una condición que no podemos otorgar, ya que esta en contravía de lo establecido en el código de comercio.


En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:34:42]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 12:22:51
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C.,


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto nos permitimos presentar las siguientes observaciones:

1. NUMERAL 16. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Página 9
Garantía de Seriedad
Respetuosamente solicitamos a la entidad ajustar la condición para la presentación de la póliza de seriedad, permitiendo la constitución de una garantía de seriedad por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial por grupo o grupos al cual se presente oferta.

2. NUMERAL 40. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Página 20 CONSTITUIR GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
Solicitamos respetuosamente la eliminación de la cláusula Decima segunda del proyecto Minuta del contrato referente a la obligación de suscripción de la garantía única de cumplimiento indicada en el presente numeral del pliego por las siguientes razones:

- Según la Ley 1150 de 2007 en el artículo 7 inciso 5, determina que "Las garantías no serán obligatorias en los contratos de Empréstito, en los interadministrativos, en los de seguros...".
- Las pólizas de seguros son contratos que si la aseguradora no cumple lo pactado, se le aplican las sanciones propias contenidas en el Código de Comercio.

Por lo anterior, agradecemos eliminar todo lo referente a la obligación de suscripción de la garantía única de cumplimiento, pues es claro que las pólizas que se otorguen derivadas de la adjudicación del presente proceso de selección no se podrán revocar según lo que trata el artículo 1071 del código de comercio

3. NUMERAL A. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN
Respaldo CDP.
Nos permitimos solicitar la publicación del CDP No. 2000009631del 10 de marzo de 2025, en aras de tener certeza y claridad de la información del valor que respalda el costo del presente proceso de selección.

4. NUMERAL B. OBJETO Y ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
El pliego indica:
Informe de supervisor donde indique el recibo a satisfacción de las pólizas, valores unitarios, totales y autorización de pago de factura.

Forma de Pago Página 31

Solicitamos amablemente informar cuantos son los días que destinará el supervisor en emitir la certificación de recibo de satisfacción de las pólizas, para efectos de que todos los interesados estemos enterados

5. NUMERAL E. REQUISITOS PARA PARTICIPAR - TÉCNICOS

a.) Literal d.) EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
Grupo VI Riesgo Cibernético - Cyber
Solicitamos amablemente a la entidad que para el Grupo VI - Póliza Riesgos Cibernéticos - CYBER, se permita acreditar además de pólizas Cyber experiencia en el ramo de Responsabilidad Civil Extracontractual.
Por lo anterior, considera pertinente este observante informar que de mantenerse está condición afectaría de manera importante el Grupo VI, al punto de declararse desierto por la imposibilidad de acreditar dicha exigencia, restringiendo la libre participación de los oferentes.

b,) Formato – Experiencia
La entidad manifiesta que se debe diligenciar el FORMATO No. 3 EXPERIENCIA GENERAL, como se muestra a continuación:

No. de Orden EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LA ACTIVIDAD Entidad Contratante


Agradecemos indicarnos y aclararnos a que se refiere la columna “EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LA ACTIVIDAD: En relación con este acápite se indicará que experiencia se pretende acreditar”. Lo anterior dado que no es clara la información que se pretender solicitar en esta casilla.

6. NUMERAL J.) DEL CONTRATO
a.) OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones Especificas del Contratista

Solicitamos respetuosamente modificar el presente literal “sostener los precios ofertados durante la vigencia del contrato…”, respetuosamente solicitamos a la entidad la revisión de términos o mantener los precios siempre y cuando la siniestralidad incurrida para los grupos no supere el 50%.

7. FORMULARIOS PARA ACREDITACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES- FORMULARIO PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002
Teniendo cuenta que la entidad indica que se deberá presentar el formato No. 3, solicitamos amablemente permitir un formato libre siempre y cuando incluya toda la información exigida en el pliego de condiciones
8. Anexos - ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS y FECHA Y LUGAR DE ENTREGA DEL PROYECTO
Solicitamos amablemente a la entidad, eliminar lo anexos mencionados exigidos en el presente”, toda vez que corresponden a objetos de contratación de obra, manutención o de ingeniería los cuales no guardan relación y no aplica para el presente proceso. Dado que el presente contrato debe considerarse como un CONTRATO ESTATAL DE SEGUROS.

9. ANEXO MINUTA DEL CONTRATO -CONTRATO DE SEGUROS

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS PARTES y CLÁUSULA DECIMA TERCERA. - CLÁUSULA PENAL
Solicitamos respetuosamente a la entidad la eliminación de estas cláusulas de la minuta, ya que el incumplimiento del contrato de seguro podrá presentarse cuando la aseguradora no pague oportunamente una pérdida amparada, en cuyo caso el Código de Comercio claramente establece la sanción económica en caso de no pago oportuno de un siniestro y de mantener vigente esta cláusula, la Aseguradora queda expuesta a una doble sanción económica por la misma causa. Además, en los contratos de seguros, no es procedente la aplicación de CLÁUSULAS EXORBITANTES O EXCEPCIONALES. Lo anterior de conformidad con el (Parágrafo del artículo 14 de la Ley 80 de 1993).

CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA - INDEMNIDAD
Solicitamos respetuosamente a la Entidad se sirva suprimir del pliego de condiciones el presente numeral, toda vez que en nuestro sentir, de manera consecuente con el interés jurídico que pretende proteger, abolió la cláusula obligatoria de INDEMNIDAD y en su lugar simplemente ordena que dentro de los amparos de las Pólizas de Responsabilidad Civil, exigibles en los contratos de obra y en aquellos en que por su objeto o la naturaleza del riesgo lo considere necesario, se asuma el riesgo de las reclamaciones de Terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista y sub contratistas, con lo cual la famosa cláusula de INDEMNIDAD resulta improcedente e impertinente a la luz de la legislación vigente, con mayor veras tratándose de Contratos de Seguro donde ni las actuaciones del contratista (Aseguradora) ni mucho menos las de su “subcontratista” (imposibilidad de tener Sub Contratistas) pueden llegar en sana lógica a ocasionar un daño extracontractual a la Entidad pública respectiva

10. GASTOS DERECHOS E IMPUESTOS
Solicitamos respetuosamente a la Entidad se informe cuáles y por cuanto son c/u de los impuestos inherentes y costos establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, necesarios para la ejecución del objeto de la presente contratación, en caso de ser adjudicado.

11. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.
De acuerdo con el Decreto 358 del 5 de marzo de 2020 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por el cual se reglamentan aspectos en materia tributaria y la Resolución No. 000042 del 5 de mayo de 2021 expedida por La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN mediante el cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación; Previsora solicita de manera respetuosa que, en caso de ser seleccionados en el presente proceso de contratación de seguros y previo al proceso de emisión de las pólizas, la Entidad debe remitir copia del Registro Único Tributario – RUT actualizado 2024 con el fin de dar estricto cumplimiento de las leyes impartidas por el Gobierno Nacional en materia de facturación electrónica. Es importante mencionar que este requisito es indispensable para cumplir con lo establecido en la minuta del contrato o pliego de condiciones para la entrega de las pólizas.

DAÑOS MATERIALES

12. De acuerdo con la condición de Frescos o murales, que con motivo de decoración formen parte de los edificios o están pintados allí, Solicitamos informar la relación detallada y valorizad de estos bienes.

13. Solicitamos eliminar la condición de Extensión de Cobertura.

14. De acuerdo con la condición de Elementos dañados y gastados / Sublimite $200.000.000 Evento/Agregado Anual, solicitamos a la Entidad se permita informar la relación detallada y valorizada de estos bienes.

15. Solicitamos eliminar la condición de Clausula de contaminación y polución derivada de un evento amparado en la póliza, o en su defecto se aclarar que se excluye los gastos de demostración, limpieza y recuperación, lo cuales corresponden a una exclusión absoluta.

16. Se solicita modificar la “Cláusula de mantenimiento” a fin de que los empleados del asegurado o personal a su servicio sean debidamente certificados para tal actividad.
17. Se solicita modificar la Cláusula “Actos de autoridad “ excluyendo, Embargos, requisiciones y/o apropiaciones.

18. Solicitamos eliminar la condición de Amparo para Frigoríficos Sublimite $ 100.000.000 Evento/Agregado Anual.

19. Solicitamos eliminar la Cláusula de Valores Globales.

20. Solicitamos eliminar la Eliminación de cláusulas de garantía.

21. Solicitamos eliminar la condición de LIMITE AGREGADO DE DEDUCIBLE HASTA $50.000.000 EVENTO/AGREGADO ANUAL.

22. Se requiere conocer de cada uno de los inmuebles, valor Asegurado, ubicación geográfica, coordenadas, tipo de construcciones, tipos de ocupación, años de construcción, tipo de estructura. con el fin de dar cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 y 006 de 2018 emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. De la siguiente forma:

NOMBRE DIRECCIÓN
Valor asegurable
inmueble Corresponde al valor asegurable para la cobertura de inmueble.
Valor asegurable
contenido Corresponde al valor asegurable para la cobertura de contenido (muebles y enseres, maquinaria y equipo, mejoras locativas, mercancías, etc.)
Municipio Corresponde al Municipio en el cual se encuentra ubicado el inmueble
Departamento Corresponde al Departamento en el cual se encuentra ubicado el inmueble.
Dirección del
inmueble Corresponde a la dirección completa en que está ubicado el inmueble (Nomenclatura Oficial Vigente).
Coordenadas
Geográficas Corresponde a la localización geográfica del inmueble asegurado expresada como Longitud y Latitud. Estas coordenadas geográficas pueden ser estimadas con un dispositivo de posicionamiento global (GPS).
Número de pisos Corresponde al número total de pisos que tiene el inmueble.
El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja sin incluir sótanos. En caso que el edificio se ubique en zona de lomas y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe contarse a partir del piso más bajo.
Cuando existan mezanines estos se deben contar como pisos.
Rango de
construcción Corresponde al rango del año de construcción de la edificación:
-Antes de 1963
-Entre 1963 y 1977
-Entre1978 y 1984
-Entre 1985 y 1997
-Entre 1998 y 2010
-2011 en adelante
Uso riesgo Corresponde al uso actual del edificio. Ejemplo: Residencial, Oficinas, Parqueaderos, Salud, etc.
Tipo estructural Corresponde al material de construcción que soporta la estructura. Ejemplo: Concreto reforzado, Mampostería, Acero, Madera, Adobe, Bahareque o Tapia

SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES OFICIALES
23. Mediante la Ley 389 de 1997 el legislador colombiano admitió la posibilidad de ofrecer la póliza de manejo mediante la modalidad de reclamación por descubrimiento. Los seguros por ocurrencia son adecuados para aquellos riesgos en los cuales la causa, el hecho y la manifestación del daño se surten de manera simultánea en el tiempo tal como puede ser un accidente de tránsito; pero algunas actividades humanas hacen que la manifestación del daño no emerja inmediatamente con la causa o el hecho que le origina. Para estos casos donde la manifestación del daño es tardía, el sistema por ocurrencia genera algunas dificultades para el asegurado y asegurador, dentro de las cuales destacan: entre la fecha que se presenta el hecho y su manifestación puede superarse el termino prescriptivo y por esta vía quedar el reclamo sin cobertura y cuando los hechos sean presentados sucesivamente en diferentes vigencias (ej: en un peculado continuo) se presentan dificultades para determinar la póliza afectada, y con ello la manera en que aplican los diferentes sublímites, deducibles, etc. La modalidad por ocurrencia para estos casos genera una mayor siniestralidad, pues algunas autoridades consideran procedente la afectación de todas las pólizas vigentes durante los hechos dañosos. Esta circunstancia deteriora los resultados del ramo de manejo en el sector asegurador colombiano y dificultan su aseguramiento a largo plazo además de encarecer los costos de estas pólizas. Estas circunstancias generan graves inconvenientes en la estructura financiera y actuarial del seguro, dejando serios interrogantes sobre la manera de financiar un sistema asegurador de esta naturaleza. Contrario sensu la modalidad por descubrimiento permite una mayor claridad en la configuración del siniestro pues se tendrá como tal la fecha en que el asegurado descubre la pérdida. Por lo cual respetuosamente solicitamos que la modalidad de cobertura sea descubrimiento para la póliza de manejo.

24. De acuerdo con la condición de Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia y considerando que el titular del interés asegurable sobre estos bienes es el propietario de los mismos, solicitamos aclarar que esta cobertura opera en exceso de las pólizas que el propietario de dichos bienes tenga contratadas. Así mismo solicitamos que se sublímite al 50% del límite asegurado.

25. De acuerdo con la condición de GASTOS ADICIONALES, respetuosamente solicitamos que se aclare que estos costos hacen parte del límite asegurado y por ende no aplican en exceso de este.

26. De acuerdo con la condición de Gastos para demostrar el siniestro y su cuantía, solicitamos que se aclare que estos costos hacen parte del límite asegurado y por ende no aplican en exceso de este.

27. Solicitamos a la entidad eliminar la condición de No Aplicación de Garantías

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

28. De acuerdo con el amparo de Avisos, vallas y letreros dentro y fuera de los predios, solicitamos aclarar el alcance de la condición indicando “siempre y cuando sean instalados por el asegurado”

29. Solicitamos elimina o trasladar a condiciones evaluables el amparo de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Sublímite de $200.000.000 por vehículo /$400.000.000 Evento/Agregado Anual.

30. De Acuerdo con la condición de Costos e intereses de mora, solicitamos a la entidad aclara que hacen parte del valor asegurado.

31. Solicitamos a la Entidad se permita reconsiderar la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACION para que sea hasta el 50%.

32. Solicitamos aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando fecha de ocurrencia, fecha de reclamación, clase de proceso, pretensiones (si aplica), pagos, reservas, amparo afectado, estado del proceso y descripción del incidente de los últimos 5 años a la fecha actual.

33. Relación de riesgos a asegurar indicando ubicación y actividad desarrollada en cada uno de ellos.

34. Para todas las cláusulas y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

35. De acuerdo con el amparo de Alimentos y bebidas, Agradecemos aclarar que se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones.

36. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehículo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

37. De acuerdo con el amparo de Gastos médicos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”, de igual forma, Se solicita respetuosamente a la entidad limitar en días después del evento la presente cobertura, se sugiere 15 días

38. De acuerdo con el amparo de Pagos Suplementarios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, lo anterior, considerando que no es claro, de igual forma, permitir delimitar con el sublimite

39. De acuerdo con el amparo de Productos y trabajos terminados y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”,

40. Así mismo, agradecemos aclarar que para el amparo de Productos y trabajos terminados, se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones.

41. De acuerdo con el amparo de Transporte de mercancías y demás bienes dentro y fuera de los predios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehículo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

42. De acuerdo con la condición de Operaciones por manejo de líquidos inflamables y azarosos y para estación de combustible. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, se sugiere el siguiente: RC por el transporte de bienes, incluyendo materiales azarosos siempre y cuando sean utilizados para la actividad asegurada, se incluye el cargue y descargue, se excluye daños a la carga y al vehiculo transportador, opera en exceso de las pólizas obligatorias que debe tener el asegurado para el desarrollo de dicha actividad, en caso de contar con póliza opera en exceso de los montos establecidos en el decreto reglamentario que regula la materia.

43. De acuerdo con la condición de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir los accesorios e incluir el siguiente texto en el alcance de la cláusula: Siempre y cuando dichos parqueaderos se encuentren debidamente cerrados, vigilados y exista registro y control de entrada y salida de vehículos terrestres, así mismo, permitir eliminar lo indicado como accesorios.

44. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir lo corresponde al Decreto 1073 lo anterior, considerando que pertenece a otro producto,

45. De acuerdo con la condición de ERRORES, OMISIONES E INEXACTITUDES NO INTENCIONALES Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que se excluye la RC Profesional y RCD&O.

46. De acuerdo con la condición de Propietarios, arrendatarios o poseedores, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplica siempre y cuando se encuentre en función de su objeto social

47. Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la cláusula de Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro, hasta una (1) vez el límite asegurado contratado.

48. De acuerdo con la condición de Pagos de responsabilidad civil con base en manifiesta responsabilidad. Se solicita amablemente a la entidad aclarar que aplica, siempre y cuando sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía o forma de calcular la pérdida.

49. De acuerdo con el título EPIDEMIAS Y PANDEMIAS, Se solicita amablemente aclarar que esto corresponde a exclusiones y que aplican las demás exclusiones estipuladas en el clausulado general.

SEGURO DE TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

50. Solicitamos a la Entidad ajustar el alcance de la condición, Movilización por sus propios medios, aclarando que opera hasta los 150 Kilómetros de su base

51. Solicitamos a la entidad se permita eliminar la nota: No obstante lo antes señalado, queda expresamente acordado y convenido que la presente póliza ampara las pérdidas y daños consecuenciales por causa de los eventos que se describen en los literales c), i), j), siempre y cuando los equipos y maquinaria se hallen amparados por esta póliza

52. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALORES GLOBALES SIN RELACIÓN DE BIENES

53. De acuerdo con la condición de ELEMENTOS DAÑADOS Y GASTADOS, solicitamos a la Entidad publicar la relación detallada y valorizada de estos bienes.

54. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de ELIMINACION DE CLÁUSULAS DE GARANTÍA.

55. Se solicita modificar la Cláusula “Actos de autoridad “excluyendo, Embargos, apropiaciones.

56. Se solicita eliminar la condición “DEDUCIBLES BÁSICOS OBLIGATORIOS No Aplica Deducibles” de tal forma que sean objeto de puntuación

SEGURO AUTOMÁTICO DE TRANSPORTE DE VALORES

57. Solicitamos a la Entidad eliminar la cláusula de ELIMINACION DE CLÁUSULAS DE GARANTÍA

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PUBLICOS
58. Se solicita amablemente a la entidad aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando fecha de ocurrencia, fecha de reclamación, clase de proceso, pretensiones (si aplica), pagos, reservas, amparo afectado, estado del proceso y descripción del incidente de los últimos 5 años a la fecha actual.
59. Considerando las noticias donde se encuentra relacionada la entidad https://boyaca7dias.com.co/2021/09/27/militar-retirado-tendra-que-responder-por-millonaria-venta-de-municion-y-proveedores-de-indumil-en-sogamoso/ , https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/procuraduria-inspeccionara-a-indumil-por-contratos-de-mantenimiento-de-helicopteros-4015656agradecemos , https://www.lafm.com.co/judicial/investigan-a-indumil-por-presunta-comercializacion-irregular-de-explosivos indicar si tenemos mayor información al respecto, de igual forma, indicar si en las observaciones elevadas a la entidad informaron los hallazgos realizados por la contraloría y el plan de acción implementado y si han recibido advertencias por parte de cualquier Contraloría, de ser así favor relacionarlas explicando brevemente las causas de las mismas y las medidas adoptadas por la entidad.
60. Agradecemos a la entidad informar cuándo fue la última visita que alguna Contraloría les haya realizado, así mismo agradecemos informar los hallazgos realizados por la contraloría y el plan de acción implementado. De igual manera agradecemos informar si su entidad ha recibido advertencias por parte de cualquier Contraloría, de ser así favor relacionarlas explicando brevemente las causas de las mismas y las medidas adoptadas por la entidad.
61. Agradecemos informar si funcionarios o exfuncionarios de la entidad han sido declarados responsables fiscales o se encuentran vinculados a procesos de responsabilidad fiscal en curso. De ser positiva la respuesta agradecemos ampliar informando cargos y/o personas vinculadas, valor del presunto detrimento patrimonial y hechos; lo anterior manteniendo las correspondientes reservas en aquellos casos donde aplique.
62. Agradecemos informar si la entidad en los últimos 5 años ha realizado proyectos con inversiones superiores a un millón de dólares. De ser así favor detallar: Nombre del proyecto y descripción, valor, contratista, adiciones que haya sufrido el contrato. De igual manera agradecemos informar si se tiene planificado realizar proyectos superiores a este monto en los próximos 5 años.
63. Para todas las cláusulas donde se establece limite en pesos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”
64. De acuerdo con la condición de Gastos de defensa, Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar en el alcance de este amparo, que con el propósito de que se haga un uso razonable de los gastos de defensa en general para cualquier proceso, estos deben ser autorizadas previamente por la oficina jurídica o por el área que tenga la facultad para aprobarlos dentro de la entidad tomadora y estos a su vez presentar formalmente la reclamación para su reconocimiento; esto adicionalmente redundará en el uso razonable de la póliza y en un mejor control de la misma por parte de la entidad contratante
65. De acuerdo con el numeral 4. Exclusiones, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

66. De acuerdo con el numeral 5. Sublímites Básicos Obligatorios para la Cobertura de Gastos de Defensa. Se solicita amablemente a la entidad permitir indicar que los gastos de defensa, operen por cargo y por cada proceso, lo anterior considerando que la presente póliza se estructura bajo el sistema de riesgos o cargos nombrados, luego para su afectación se debe dar cumplimiento a lo anterior.

67. Agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado

68. Agradecemos respetuosamente a la entidad ajustar la descripción agregando la expresión “Notificadas a la aseguradora” para que se lea “(ii) circunstancias por las que los funcionarios asegurados tengan conocimiento por primera vez durante la vigencia de la póliza notificadas a la aseguradora, de investigaciones iniciadas o que estarán siendo iniciadas en su contra.” Lo anterior, considerando que el solo conocimiento no es objeto de cobertura sino para que esta emerja debe realizarse el aviso de circunstancia, por lo cual, se sugiere ajustar según lo indicado. De igual forma y en todo caso, agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado.

69. De acuerdo con la condición de Período adicional de descubrimiento y/o de reclamación, con término de seis (6) meses, Se solicita amablemente a la entidad permitir ajustar a Periodo extendido de reclamos y para su aplicación tendrá que solicitarse en vigencia de la póliza

VIDA GRUPO
70. Agradecemos el suministro de la información detallada de siniestralidad de los últimos 3 años detallando causa del siniestro, amparo afectado, valor reclamado, valor indemnizado, reserva, fecha de aviso y fecha de ocurrencia.

71. Agradecemos modificar el nombre de la cobertura “Doble indemnización por muerte accidental” por “Indemnización adicional por muerte accidental”; lo anterior en razón a que la acepción “Doble indemnización” se puede comprender como una doble indemnización posterior al pago de la indemnización del amparo básico lo cual en últimas generaría una triple indemnización; adicionalmente en la práctica, las aseguradoras que explotan el ramo de vida grupo denominan este amparo en sus clausulados como “Indemnización adicional por muerte accidental”.


SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CYBER
72. Aportar el detalle de reclamaciones y/o investigaciones a la fecha indicando pretensiones, pagos, estado del proceso y descripción del incidente, de los últimos 5 años a la fecha.

73. Solicitamos confirmar si la entidad cuenta con doble autenticación.

74. Indicar si se cuenta tiene firewalls instalados en todas las puertas de enlace externas para proteger la red del equipo;

75. Confirmar si la entidad tiene una política de seguridad de las Tecnologías de la información en vigor sobre el procesamiento y almacenamiento de datos personales que cumpla con las leyes locales;

76. Indicar si la entidad tiene software antivirus instalado en todos los computadores portátiles, computadores de escritorio y servidores de la empresa y estos se actualizan regularmente

77. Confirmar si la entidad requiere contraseñas que cumplan con los estándares mínimos de complejidad que se modifican a partir de las contraseñas predeterminadas por el proveedor

78. Aclarar si la entidad realiza copias de seguridad al menos semanalmente de todos los datos críticos y esta información se almacena de manera externa, o si el proceso de copia de seguridad se subcontrata, el tercero cumple con este requisito;

79. Indicar si realiza las comprobaciones apropiadas para asegurarse de que cualquier sitio web o contenido de impresión no infringe ninguna marca comercial o copyright.

80. De acuerdo con la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACIÓN PARA EL PAGO DE HONORARIOS, solicitamos aclarar que corresponde al 50%.

81. Considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

82. Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar que las modalidades de cobertura aplicable a la póliza de RCCYBER serán las siguientes:

Para perdidas propias: La póliza opera bajo la modalidad de delimitación temporal de cobertura denominado “ocurrencia” con arreglo a lo consignado en el artículo 1131 del código de comercio.

Para Responsabilidad civil extracontractual: La póliza opera bajo la modalidad de delimitación temporal de cobertura denominado “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el artículo 4 de la ley 389 de 1997

83. Se solicita respetuosamente a la entidad adjuntar un formulario ransomware debidamente diligenciado

84. De acuerdo con la condición de 6. Periodo de Descubrimiento. Se solicita amablemente a la entidad permitir ajustar a Periodo extendido de reclamos y para su aplicación tendrá que solicitarse en vigencia de la póliza

85. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

86. De acuerdo con el numeral 11. CLAUSULAS ADICIONALES, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar si las cláusulas adicionales son obligatorias o son condiciones complementarias esta condición en aras de ser una condición calificable

87. De acuerdo con la condición de Pago de indemnización por clara evidencia de responsabilidad civil sin previo fallo judicial. Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar si la Indemnización por clara evidencia sin que exista previo fallo judicial, una vez demostrada ocurrencia y cuantía.

88. De acuerdo con la condición de Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales, Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la presente condición, lo anterior, considerando que es una condición que no podemos otorgar, ya que esta en contravía de lo establecido en el código de comercio.


En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:35:08]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 16:29:48
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 26 de marzo de 2025

Señores
INDUMIL
Ciudad

ASUNTO: OBSERVACIONES AL PROCESO - IPO 030/2025

Respetados Señores:

Nos permitimos informar que estamos interesados en participar en el proceso citado en asunto, por lo anterior presentamos las siguientes inquietudes que requerimos sean aclaradas, modificadas o adicionadas:

1.
2. Teniendo en cuenta las condiciones seguro y reaseguro, agradecemos eliminar del objeto de la póliza la “guerra”, toda vez que, esta es una exclusión general del ramo y la cual técnicamente es imposible otorgar.
3. Agradecemos amablemente a la entidad, publicar el alcance de los amparos requeridos o en su defecto indicar lo siguiente: “Los amparos y/o clausulas cuyos textos o alcances no estén definidos operan según clausulado de la compañía de seguros adjudicataria del proceso
4. Agradecemos amablemente a la entidad, eliminar de la indemnización por muerte accidental, el siguiente texto: “Incluyendo la muerte por homicidio y actos terroristas (SUJETO PASIVO) y/o de movimientos al margen de la ley”, toda vez que, estos actos no son considerados accidentales, razón por la cual, no es viable técnicamente otorgar una doble indemnización, bajo el texto estipulado por la entidad. En caso de no ser posible eliminar, agradecemos se traslade a clausulas complementarias, estas coberturas.
5. Actualización del valor asegurado: Agradecemos amablemente a la entidad, aclarar que estas actualizaciones operan con cobro de prima adicional.
6. AMPARO AUTOMATICO PARA ASEGURADOS QUE POR ERROR U OMISIÓN NO SE HAYAN INFORMADO AL INICIO DEL SEGURO: Agradecemos amablemente a la entidad, aclarar que el mismo opera con cobro de prima adicional.
7. AMPARO AUTOMATICO PARA NUEVOS ASEGURADOS: Agradecemos amablemente a la entidad, aclarar que el mismo opera con cobro de prima adicional.
8. Agradecemos amablemente a la entidad, aclara como opera el anticipo de indemnización, toda vez que, en caso de fallecimiento o de ITP no se encuentra procedente generar un anticipo.
9. Teniendo en cuenta las condiciones actuales del mercado asegurador solicitamos modificar las edades de ingreso y permanencia de acuerdo con lo siguiente:
AMPAROS Edad mínima ingreso Edad máxima de ingreso Edad máxima de permanencia
Muerte por cualquier causa /Auxilio funerario 18 años 69 años y 364 días 75 años y 364 días
Incapacidad Total y Permanente / Indemnización Adicional por Muerte Accidental y Beneficios por Desmembración 18 años 65 años y 364 días 70 años y 364 días
Enfermedades graves / renta diaria por hospitalización
18 años 59 años y 365 días 65 años y 364 días
10. Agradecemos amablemente a la entidad, aclarar el motivo por el cual se menciona a la alcaldía en la siguiente clausula:
NO APLICACION DE PREEXISTENCIAS
queda entendido, convenido y aceptado que la compañia no aplicara preexistencias a cualquier persona que entre a formaro llegare a formar parte del grupo asegurado (ya sea que ingresen al momento de inicial el seguro o durante cualquier tiempo durante su vigencia) quedando sin efecto las disposiciones que en contrario contengan las condiciones generales y particulares del seguro

11. Agradecemos amablemente a la entidad eliminar la cláusula denominada: ELIMINACION DE LA DECLARACION DE BUEN ESTADO DE SALUD, toda vez que, debido al fuerte endurecimiento del mercado, la misma no es posible otorgarla.
12. Solicitamos respetuosamente a la entidad comparta el Formulario Ramsomware (cyber)
13. Solicitamos respetuosamente a la entidad comparta las Notas e informe del revisor fiscal de los EEFF. 2023 - 2024
14. Solicitamos respetuosamente se permita acreditar las firmas de manera digital.

15. 34. Precios riesgosos para INDUMIL
Solicitamos se aclare como será calculado el porcentaje de la oferta del precio artificialmente bajo.
16. Agradecemos a la entidad y en aras de garantizar la pluralidad de oferentes, para la acreditación de la experiencia no ser obligatorio la presentación de certificados de experiencia para el ramo RC Protección de Datos y que este sea acreditado por el ramo Responsabilidad Civil Extracontractual.
17. FORMULARIO PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES
ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002
Solicitamos respetuosamente a la entidad permita la acreditación del formato en libre siempre y cuando este cumpla con todos los requesitos exigidos por la entidad teniendo en cuenta que la firma de revisor fiscal es externa a la compañía.
18. Agradecemos aclarar si el presente proceso contempla pagos por estampillas y su correspondiente porcentaje.
19. Solicitamos a la entidad informar el correo para la facturación electrónica.



Cordial saludo

Miguel Angel Lopez Mendoza
Analista de licitaciones
Cel: 3112189888
Correo: licitaciones@segurosmundial.com.co
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:38:02]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 18:27:28
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL
Ciudad

Asunto: Observaciones al proceso en asunto 030/2025 Contratación de Seguros. Adicionales.

Observaciones sobre la póliza de Vida
1. Agradecemos publica la siniestralidad detallada desde el año 2018
2.Respecto a los asegurados actuales, en el listado actual hay 1327. ¿Cuál ha sido el número de asegurados de las vigencias anteriores desde el 2018?
3. En cuanto a la definición de cargos, es posible tener una breve descripción de las tareas de cada empleados, es decir que hace el operativo/ técnico/ asistencial/ profesional (para saber la actividad que desarrolla y la exposición)
4. Con el fin de hacer un análisis detallado, agradecemos publicar las primas brutas desde el año 2018

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.282
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:40:33]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 15:51:57
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C.,


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

Agradecemos considerar las siguientes observaciones adicionales para el seguros de RC Cyber:


1. En el formulario de cyber indica que no han sufrido eventos en los últimos 5 años, sin embargo, como actual aseguradora tenemos un aviso realizado el pasado mes de octubre, por lo cual agradecemos aclaración o si corresponde realizar el ajuste en el formulario.


2. Solicitamos Eliminar la cláusula de Restablecimiento automático: del límite asegurado por pago de siniestro.

3. Aumentar el deducible a COP 200.000.000 toda y cada perdida teniendo en cuenta el incremento en el límite asegurado.

En espera de sus comentarios,


Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:37:08]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 17:07:57
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C. marzo 26 de 2025



Señores
INDUSTRIA MILITAR - INDUMIL
Ciudad


Asunto: OBSERVACIONES PLIEGOS INVITACION A PRESENTAR OFERTA 030 - 2025


Respetados Señores:

Nos permitimos poner a su consideración las siguientes observaciones al Pliego de condiciones del proceso citado en el asunto:

GENERALIDADES

1. Teniendo en cuenta que las respuestas a las presentes observaciones se publican el viernes 28 de marzo y el cierre es el martes siguiente 1 de abril, comedidamente solicitamos se amplie la fecha de cierre por lo menos hasta el 21 de abril de 2025, y además por que las pólizas se vencen hasta el 31 de mayo, por lo cual, cuentan con tiempo prudencial para llevar a cabo y cumplir a cabalidad con el cronograma en cada una de sus etapas.

2. Cordialmente solicitamos a la entidad suministrar siniestralidad de los últimos 5 años indicando: fecha de siniestro, amparo afectado, valor pagado y/o en reserva.

3. Agradecemos a la entidad indicar mayor detalle del siniestro ocurrido en 2019 por valor de $5.720 millones.

4. Agradecemos a la entidad aclarar las medidas tomadas frente a la mitigación y al estado del riesgo después de la ocurrencia del siniestro anteriormente señalado.

5. Agradecemos suministrar la siguiente información para cada uno de las fábricas:

Caracterizar y relacionar el tipo de líquidos y sustancias inflamables, junto con insumos combustibles.

Confirmar condiciones de protección de incendio o explosión en aras de manejo de este tipo de sustancias, líquidos e insumos. (Diques de contención, red contra incendios, detectores de humo, alarma contra incendio, rociadores etc.)

Tipo de estantería usada para almacenar este tipo de sustancias

Tipo de luminarias dentro de las zonas de almacenamiento y manipulación de estas zonas

Si existen muros y puertas cortafuego en las zonas de almacenamiento y manejo de estas sustancias y líquidos

Confirmar si dentro de las áreas de sustancias inflamables se encuentra cableado eléctrico. Si existe, como esta canalizado y si cuenta con protecciones antiexplosivas

Confirmar que en áreas adyacentes al almacenamiento de inflamables no se generen procesos de llama directa o calentamiento en las áreas de almacenamiento de sustancias inflamables.

Confirmar si los almacenamientos de inflamables se encuentran demarcado y señalizados según corresponde

OBSERVACIONES POLIZA TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES

1. Con el fin de dar cumplimiento a la Circular 006 establecida por la Superintendencia Financiera, agradecemos a la entidad suministrar la siguiente información respecto a las edificaciones a asegurar:

Edad Edificaciones:
Material constructivo:
Valor asegurado
Número de pisos:
Confirmación de daños previos (La estructura ha sufrido daño estructural
Reparación y reforzamiento) ( En caso de daño estructural se realizaron las debidas adecuaciones
La estructura es reforzada y cumple con la normatividad NSR así mismo indicar el cumplimento de normatividad RETIE ETC .
Por favor suministrar la siguiente información respecto al PIGT (Plan Integral de Gestión de Terremoto):
Dirección, longitud y latitud de cada uno de los riesgos asegurados
Uso del Riesgo
Año de construcción de los riesgos asegurados conforme a la información del punto 1.
Tipo Estructural (Concreto Reforzado, Mampostería, Acero, etc.
Número total de pisos, desde el nivel del terreno.

2. Bienes Amparados con Sublímites: Agradecemos a la entidad establecer un sublímite de $50.000 millones para Inventarios y mercancías en Almacén de acuerdo a la aclaración suministrada por la entidad en la relación de predios.



3.Bombas sumergidas y para pozos profundos: Cordialmente solicitamos a la entidad suministrar el alcance de ésta cobertura y/o en su defecto trasladar a condiciones complementarias.

4. Deducibles: Cordialmente solicitamos a la entidad permitir deducibles en pesos y no en dólares.

OBSERVACIONES POLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

1. Cordialmente solicitamos a la entidad excluir la siguiente condición de la póliza en referencia dado que no es objeto de cobertura bajo ésta póliza: Decreto 1073 de 2015 del MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA artículo 2.2.1.1.2.2.3.100 Con el objeto de dar cumplimiento al artículo 2.2.1.1.2.2.3.100 Decreto 1073 de 2015 del MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, se realiza modificación en la cláusula de revocación de la póliza por solicitud expresa de INDUMIL, quedando de la siguiente manera:

Revocación de la póliza, cláusulas o condiciones con término de sesenta (60) días.
La aseguradora contempla bajo esta cláusula, que la póliza, sus condiciones generales y/o particulares, cláusulas, anexos y/o cualquier otra condición contenida en la misma, únicamente podrá ser revocada unilateralmente por la compañía, mediante noticia escrita enviada al asegurado, a su última dirección registrada y previo aviso al Ministerio de Minas y Energía, con no menos de sesenta (60) días, de antelación, contados a partir de la fecha del envío. El asegurado en cualquier momento, según lo previsto en el Código de Comercio.
Contaminación Súbita, Accidental e imprevista (Excluye contaminación paulatina) Operaciones de cargue y descargue bienes y mercancías, incluyendo aquellos de naturaleza azarosa o inflamable.

En caso de que sea revocado por el asegurado, el importe de la prima devengada y el de la devolución, se calculará tomando en cuenta la tarifa de seguros a corto plazo.

2. Agradecemos a la entidad excluir la siguiente condición de la póliza en referencia, dado que no es objeto de cobertura bajo ésta póliza: Así mismo, en el caso de que la aseguradora decida no otorgar renovación o prórroga del contrato de seguro, deberá dar aviso de ello al asegurado y al Ministerio de Minas y Energía con no menos de sesenta días (60) días de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza, en caso contrario se dará por entendido que la Compañía acepta la renovación o prórroga hasta el límite legal establecido en la Ley 80 de 1993, para la adición de los contratos y manteniendo las mismas condiciones ofertadas en este proceso.

Se cubren los daños a terceros causados en sus bienes o personas, ocasionados por el asegurado, en desarrollo de sus actividades asociadas al almacenamiento, manejo y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo; actividades, principalmente, desarrolladas en las siguientes instalaciones, así: Sublímite asegurado: 800 unidades de salario por cada una de las minas por evento, este sublímite forma parte integral del límite asegurado de la póliza, por lo tanto en ningún caso La aseguradora indemnizará un valor superior al registrado en la carátula de la póliza $3.5000.000.000 evento/agregado anual:



OBSERVACIONES POLIZA VIDA GRUPO

1. Indicar los porcentajes exactos de los impuestos y estampillas que estarán a cargo del contratista dentro de la oferta.

2. Dentro del documento Anexo No. 1 por favor incluir la definición y alcance de cada una de las coberturas obligatorias

3. Para gastos médicos indicar que el valor es hasta de $5.000.000 y opera por reembolso con la presentación de facturas de venta

4. Para renta mensual para gastos de hogar por muerte aclarar si el valor de $1.750.000 es mensual o es por los 12 meses. Y aclarar que se realizará como pago único, no con mensualidades.

5. Disminuir el porcentaje de enfermedades graves a máximo el 60% y así mismo ajustar la condición complementaria.

6. Aclarar que las modificaciones y actualizaciones de valor asegurado posteriores a la emisión de la póliza se generaran con cobro de prima a prorrata

POLIZA AUTOMOVILES

1. Se solicita el envío de siniestralidad del ramo de automóviles de los últimos 5 años, la cal debe indicarse Placa, fecha de siniestro, amparo afectado, valor de la reserva y valor pagado, y numero de siniestro.


2. Anexo 5 Relación bienes y valores asegurados: se solicita que para el vehículo de placa LTL327, el valor del accesorio informado por $759.815.000, que corresponde a 40011813 Prototipo de unidad de bombeo para operaciones subterráneas de pequeño diámetro (UBS), Sea excluido de la base de riesgos en razón a que corresponde a seguros del ramo de TRMYE, no siendo objeto del seguro de automóviles.

3. Favor aclarar la cobertura Vehículo de reemplazo para pérdidas totales y/o parciales (En caso de entregarse el vehículo de reemplazo, el asegurado no tendrá derecho al pago de los gastos de transporte por pérdidas totales), indicando que es aplicable únicamente a vehículos de tipo Automóvil, camperos, camionetas y PICKUP.





Agradecemos su atención y colaboración.


Cordialmente


ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA


 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:38:42]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 16:10:44
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     1. Considerando que la mayoría de las pólizas de este proceso requieren colocación de reaseguro, el tiempo de escalamiento con el mercado reasegurador y teniendo en cuenta la publicación de las respuestas a las observaciones el viernes 28 de marzo dejando solo el 31 de marzo como día hábil para trasladar las respuestas a los reaseguradores y conseguir el respaldo, aunado a las festividades de semana santa, Insistimos a la entidad en ampliar la fecha para presentación de oferta hasta el 21 de abril. A fin de presentar una propuesta que sea de beneficio para las partes y de incentivar la pluralidad de oferentes.
2. Solicitamos a la entidad permita la presentación de la oferta a través de correo electrónico.
3. Solicitamos a la entidad confirmar la hora de cierre y presentación de ofertas.
4. Solicitamos a la entidad suministrar el informe de siniestralidad de los últimos 5 años detallado por cada una de las pólizas que componen el programa de seguros con corte al 26 de marzo de 2025. Toda vez que el reporte de siniestros entregado por la entidad se encuentra hasta el 2023.
5. Solicitamos a la entidad disminuir el limite de AMIT a $10.000.000.000 en las condiciones obligatorias y contemplar en condiciones complementarias limite adicional con puntaje adicional, toda vez que, debido a los acontecimientos a nivel mundial, la situación económica, política y social de Colombia se ha encarecido el costo de esta cobertura, lo que dificulta la consecución de términos con el mercado reasegurador y conlleva al proponente a aumentar la tasa a mayor limite ofrecido.
6. Solicitamos a la entidad suministrar la relación detallada con el respectivo valor y ubicación de los bienes de arte (frescos o murales, pieles y menaje domestico) que tiene la entidad.
7. Solicitamos a la entidad eliminar la clausula de Eliminación de cláusulas de garantía.
8. Solicitamos a la entidad indicar si aplica el pago de estampillas municipales y/o departamentales y cuál es su porcentaje.
9. En cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 y 006 de 2018 emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las compañías de seguros que comercializan la cobertura de terremoto en Colombia deben suministrar información de los riesgos asegurados a esta Superintendencia, con el propósito de estimar las reservas técnicas del ramo. De acuerdo con las anteriores disposiciones, y con el fin de dar cumplimiento a las mismas, amablemente solicitamos a la entidad suministrar la información relacionada a continuación, riesgo por riesgo, para el adecuado cálculo de las reservas técnicas que respaldan la operación del ramo y propender por el beneficio económico en la tasación del seguro para la entidad: VALOR ASEGURABLE DEL INMUEBLE, VALOR ASEGURADO DE CONTENIDO, MUNICIPIO, DEPARTAMENTO, DIRECCION DEL INMUEBLE, COORDENADAS GEOGRAFICAS, NUMERO DE PISOS, RANGO DE CONSTRUCCION, USO DE RIESGO, TIPO ESTRUCTURAL.
10. Para la póliza de daños agradecemos a la entidad confirmar si se debe considerar Índice Variable y su porcentaje (%).
11. Para la póliza de manejo considerando la naturaleza de este seguro solicitamos a la entidad sublimitar al 50% las siguientes coberturas:
a. perdidas de empleados no identificados (faltantes de inventario)
b. Extensión de cobertura para empleados ocasionales, temporales y transitorios
c. Extensión de cobertura para empleados de firmas especializadas.

OBSERVACIONES GRUPO 4 VIDA GRUPO:

1. Solicitamos a la entidad suministrar el informe de siniestralidad de los últimos 5 años detallado con corte al 26 de marzo de 2025.
2. Solicitamos a la entidad confirmar que aseguradora actualmente trae el manejo de la cuenta en vida grupo.
3. Solicitamos a la entidad confirmar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la UTE MARSH WILLIS AON.
4. Solicitamos a la entidad confirmar como opera la cobertura de doble indemnización por muerte accidental.
5. Solicitamos a la entidad modificar el anticipo de indemnización al 50% y trasladar a condiciones complementarias con otorgamiento de puntaje el ofrecimiento de % adicional.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:37:24]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 16:11:10
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     1. Considerando que la mayoría de las pólizas de este proceso requieren colocación de reaseguro, el tiempo de escalamiento con el mercado reasegurador y teniendo en cuenta la publicación de las respuestas a las observaciones el viernes 28 de marzo dejando solo el 31 de marzo como día hábil para trasladar las respuestas a los reaseguradores y conseguir el respaldo, aunado a las festividades de semana santa, Insistimos a la entidad en ampliar la fecha para presentación de oferta hasta el 21 de abril. A fin de presentar una propuesta que sea de beneficio para las partes y de incentivar la pluralidad de oferentes.
2. Solicitamos a la entidad permita la presentación de la oferta a través de correo electrónico.
3. Solicitamos a la entidad confirmar la hora de cierre y presentación de ofertas.
4. Solicitamos a la entidad suministrar el informe de siniestralidad de los últimos 5 años detallado por cada una de las pólizas que componen el programa de seguros con corte al 26 de marzo de 2025. Toda vez que el reporte de siniestros entregado por la entidad se encuentra hasta el 2023.
5. Solicitamos a la entidad disminuir el limite de AMIT a $10.000.000.000 en las condiciones obligatorias y contemplar en condiciones complementarias limite adicional con puntaje adicional, toda vez que, debido a los acontecimientos a nivel mundial, la situación económica, política y social de Colombia se ha encarecido el costo de esta cobertura, lo que dificulta la consecución de términos con el mercado reasegurador y conlleva al proponente a aumentar la tasa a mayor limite ofrecido.
6. Solicitamos a la entidad suministrar la relación detallada con el respectivo valor y ubicación de los bienes de arte (frescos o murales, pieles y menaje domestico) que tiene la entidad.
7. Solicitamos a la entidad eliminar la clausula de Eliminación de cláusulas de garantía.
8. Solicitamos a la entidad indicar si aplica el pago de estampillas municipales y/o departamentales y cuál es su porcentaje.
9. En cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 y 006 de 2018 emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las compañías de seguros que comercializan la cobertura de terremoto en Colombia deben suministrar información de los riesgos asegurados a esta Superintendencia, con el propósito de estimar las reservas técnicas del ramo. De acuerdo con las anteriores disposiciones, y con el fin de dar cumplimiento a las mismas, amablemente solicitamos a la entidad suministrar la información relacionada a continuación, riesgo por riesgo, para el adecuado cálculo de las reservas técnicas que respaldan la operación del ramo y propender por el beneficio económico en la tasación del seguro para la entidad: VALOR ASEGURABLE DEL INMUEBLE, VALOR ASEGURADO DE CONTENIDO, MUNICIPIO, DEPARTAMENTO, DIRECCION DEL INMUEBLE, COORDENADAS GEOGRAFICAS, NUMERO DE PISOS, RANGO DE CONSTRUCCION, USO DE RIESGO, TIPO ESTRUCTURAL.
10. Para la póliza de daños agradecemos a la entidad confirmar si se debe considerar Índice Variable y su porcentaje (%).
11. Para la póliza de manejo considerando la naturaleza de este seguro solicitamos a la entidad sublimitar al 50% las siguientes coberturas:
a. perdidas de empleados no identificados (faltantes de inventario)
b. Extensión de cobertura para empleados ocasionales, temporales y transitorios
c. Extensión de cobertura para empleados de firmas especializadas.

OBSERVACIONES GRUPO 4 VIDA GRUPO:

1. Solicitamos a la entidad suministrar el informe de siniestralidad de los últimos 5 años detallado con corte al 26 de marzo de 2025.
2. Solicitamos a la entidad confirmar que aseguradora actualmente trae el manejo de la cuenta en vida grupo.
3. Solicitamos a la entidad confirmar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la UTE MARSH WILLIS AON.
4. Solicitamos a la entidad confirmar como opera la cobertura de doble indemnización por muerte accidental.
5. Solicitamos a la entidad modificar el anticipo de indemnización al 50% y trasladar a condiciones complementarias con otorgamiento de puntaje el ofrecimiento de % adicional.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.982
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:37:44]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 16:51:35
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá, 26 de marzo de 2.025

Señores
INDUMIL
Ciudad

REF: OBSERVACIONES - IPO 030/2025 PROYECTO: 13389

Respetados Señores

Seguros Del Estado S. A. manifiesta interés en presentar oferta en desarrollo del proceso en referencia por lo cual presentamos solicitud de aclaración a la Evaluación para asignación del puntaje económico, teniendo en cuenta que se indica:

FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE
OFERTA ECONÓMICA 497,5

NUMERAL 2.1.1. OFERTA ECONÓMICA – (Máximo 497.5 Puntos).
ANEXO 4 FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA

La Industria Militar, a partir del valor de las Ofertas, debe asignar máximo 497.5, CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE COMA CINCO) puntos de acuerdo con el método menor valor, determinado así:

Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar la fórmula que se indica en seguida.

Para la aplicación de este método la Industria Militar procederá a determinar el menor valor de las Ofertas habilitadas (técnica, jurídica y económicamente) y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje i = Incluir el valor del máximo puntaje*(VMIN)Vi Donde,
𝑉𝑀𝐼𝑁 = Menor valor de las Ofertas habilitadas para cada ramo.
𝑉𝑖 = Valor total de cada una de las Ofertas habilitadas para cada ramo i = Número de ofertas habilitadas.

OBSERVACIÓN: Solicitamos se modifique la asignación de este puntaje indicando que se asignara el mayor puntaje al menor valor ofertado y proporcional a las demás ofertas.

En caso contrario de lo anterior favor aclar como se otorgará el puntaje, toda vez que consideramos que faltaría un factor en la formula.

Así mismo considerar no se vaya a evaluar bajo media aritmética.

Agradecemos tomar atenta de nuestra observación y estaremos atentos a la respuesta.

Cordialmente,


Jaime A. Gómez Ortiz
Subgerente Técnico
Sucursal Calle 100
jaime.gomez@segurosdelestado.com
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.282
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:39:36]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 15:51:14
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C.,


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

Agradecemos considerar las siguientes observaciones adicionales para el seguros de RC Cyber:


1. En el formulario de cyber indica que no han sufrido eventos en los últimos 5 años, sin embargo, como actual aseguradora tenemos un aviso realizado el pasado mes de octubre, por lo cual agradecemos aclaración o si corresponde realizar el ajuste en el formulario.


2. Solicitamos Eliminar la cláusula de Restablecimiento automático: del límite asegurado por pago de siniestro.

3. Aumentar el deducible a COP 200.000.000 toda y cada perdida teniendo en cuenta el incremento en el límite asegurado.

En espera de sus comentarios,


Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:36:49]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 09-04-2025 16:23:58
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUSTRIA MILITAR – INDUMIL
Ciudad

Asunto: OBSERVACIONES BASES DEFINITIVAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) - CONTRATO DE SEGUROS - IPO 030/2025 - PROYECTO: 13389
Apreciados señores:
De acuerdo con el proceso en asunto, amablemente nos permitimos remitir las siguientes observaciones al pliego de condiciones:
Todo Riesgo Daño Material
1. Respetuosamente solicitamos a la entidad contemplar estipular en condiciones básicas obligatorias los deducibles actualmente contratados y convenir puntaje adicional al ofertante que garantice alguna mejora. La palabra incluida en el deducible de “Incendio y Explosión” “del riesgo afectado” produce que la modelación de los reaseguradores cambie significativamente debido a la exposición y antecedentes de la cuenta:

DEDUCIBLE ACTUALMENTE CONTRATADO: INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable, mínimo USD$ 25.000

DEDUCIBLE REQUERIDO: INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable del riesgo afectado, mínimo USD$ 25.000

Cordialmente,

Mapfre Seguros
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781 y adenda 03.031.634
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:40:04]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 15-04-2025 12:43:10
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 15 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto y respuestas a observaciones, nos permitimos presentar las siguientes observación:


Extensión de motín, conmoción civil y AMIT según texto NMA1387 y/o cualquier otro que contenga las mismas coberturas. solicitamos aclarar que se cubren bajo la misma los actos de deshonestidad de empleados que ocurran durante estos eventos.

En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:30:22]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 07-04-2025 11:38:02
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Sobre el seguro de vida grupo: Por favor indicar el numero de personas que se encuentran expuestas en las áreas de producción?

Sobre el seguro de cyber: Por favor informar si han existido reclamaciones en este ramo y eventos que hayan vulnerado el sistema del cliente.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:38:42]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 11-04-2025 11:41:35
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 11 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto y respuestas a observaciones, nos permitimos presentar las siguientes observaciones:


DAÑOS MATERIALES

1. De acuerdo con las respuestas a observaciones solicitamos eliminar la condición de Frescos o murales, que con motivo de decoración formen parte de los edificios o están pintados allí

2. Se solicita modificar la “Cláusula de mantenimiento” a fin de que los empleados del asegurado o personal a su servicio sean debidamente certificados para tal actividad.

3. Solicitamos eliminar la condición de LIMITE AGREGADO DE DEDUCIBLE HASTA $50.000.000 EVENTO/AGREGADO ANUAL.

4. Solicitamos al Entidad se permita ajustar el deducible para la cobertura de INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN conforme el deducible actual el cual corresponde a 20 % del valor asegurable, mínimo USD$ 25.000. eliminando la expresión “del riesgo afectado”

SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES OFICIALES

5. De acuerdo con la condición de Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia y considerando que el titular del interés asegurable sobre estos bienes es el propietario de los mismos, solicitamos aclarar que esta cobertura opera en exceso de las pólizas que el propietario de dichos bienes tenga contratadas. Así mismo solicitamos que se sublímite al 50% del límite asegurado.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

6. De acuerdo con el amparo de Avisos, vallas y letreros dentro y fuera de los predios, solicitamos aclarar el alcance de la condición indicando “siempre y cuando sean instalados por el asegurado”

7. Solicitamos elimina o trasladar a condiciones evaluables el amparo de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Sublímite de $200.000.000 por vehículo /$400.000.000 Evento/Agregado Anual.

8. De Acuerdo con la condición de Costos e intereses de mora, solicitamos a la entidad aclara que hacen parte del valor asegurado.

9. Solicitamos a la Entidad se permita reconsiderar la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACION para que sea hasta el 50%.

10. Para todas las cláusulas y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

11. De acuerdo con el amparo de Gastos médicos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”, de igual forma, Se solicita respetuosamente a la entidad limitar en días después del evento la presente cobertura, se sugiere 15 días

12. De acuerdo con el amparo de Pagos Suplementarios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, lo anterior, considerando que no es claro, de igual forma, permitir delimitar con el sublimite

13. De acuerdo con el amparo de Productos y trabajos terminados y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”,

14. De acuerdo con la condición de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir los accesorios e incluir el siguiente texto en el alcance de la cláusula: Siempre y cuando dichos parqueaderos se encuentren debidamente cerrados, vigilados y exista registro y control de entrada y salida de vehículos terrestres, así mismo, permitir eliminar lo indicado como accesorios.

15. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir lo corresponde al Decreto 1073 lo anterior, considerando que pertenece a otro producto,

16. De acuerdo con la condición de ERRORES, OMISIONES E INEXACTITUDES NO INTENCIONALES Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que se excluye la RC Profesional y RCD&O.

17. Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la cláusula de Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro, hasta una (1) vez el límite asegurado contratado.

SEGURO DE TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

18. Solicitamos a la Entidad ajustar el alcance de la condición, Movilización por sus propios medios, aclarando que opera hasta los 150 Kilómetros de su base

19. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALORES GLOBALES SIN RELACIÓN DE BIENES


20. Se solicita eliminar la condición “DEDUCIBLES BÁSICOS OBLIGATORIOS No Aplica Deducibles” de tal forma que sean objeto de puntuación

SEGURO AUTOMÁTICO DE TRANSPORTE DE VALORES

21. Solicitamos a la Entidad ajustar la cláusula de NO SUBROGACIÓN, lo establecido en los art 1096-1099 del código de comercio.

22. De acuerdo con la condición de Anticipo de indemnizaciones, solicitamos ajustar al 50%

23. Solicitamos eliminar la condición de Bienes bajo cuidado tenencia y control.

24. De acuerdo con la condición de Designación de Ajustador, solicitamos a la Entidad ajustar para que se acorde con nómina de ajustadores de la compañía

25.De acuerdo con la condición de PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, Solicitamos a la entidad ajustar conforme el código de comercio.

26. De acuerdo con la condición de No restricción de EDAD. Sugerimos incluir como límite de edad máximo hasta 35 años

27. De acuerdo con la condición de Importaciones Plan Vallejo. Sugerimos eliminar, teniendo en cuenta que corresponde a exenciones de impuestos, indicados por el ministerio TIC, o confirmar si el asegurado moviliza mercancías bajo esta modalidad.

28. De acuerdo con la condición Seguro en Moneda Extranjera, solicitamos ajustar el alcance r de la siguiente manera:
Las pérdidas o daños a las mercancías reclamadas en moneda extranjera serán indemnizadas con base en el factor de cambio certificado oficialmente por el banco de la República o Superintendencia financiera, correspondiente a la fecha de ocurrencia del evento que originó la pérdida o daño; esta condición opera para la base de indemnización y el deducible. Para efectos del pago de la prima, se utilizará la TRM de la fecha de emisión del respectivo documento.

29. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALOR ACORDADO SIN APLICACIÓN DE INFRASEGURO, solicitamos

SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS

30. De acuerdo con la condición de Aplicación del Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros para operar en conjunto con el Seguro de Manejo Global, solicitamos eliminar condición o trasladarla a complementarias ya que cada ramo maneja su deducible independiente y condiciones independientes o aclarar que son dos ramos independientes que cada uno maneja su deducible

31. Se pueden apreciar en el pliego condiciones o cláusulas vacías, entendiendo por ello aquellas que carecen de contenido. Para la adecuada interpretación futura del contrato de seguros, resulta indispensable que en cada condición o cláusula se incluya el objeto y alcance de la misma, razón por la cual agradecemos a la entidad modificar las condiciones incluyendo los textos que rigen todas las condiciones solicitadas. Algunas de las condiciones que se encuentran así son:

a. Cobertura para bienes y mercancías propias del Asegurado bajo el amparo de Infidelidad
b. Cobertura para conocimientos de embarque bajo todos los amparos de la póliza
c. Cobertura para manejo y negociación de documentos seriales a cargo de terceros

32. De acuerdo con la Cobertura Todo Riesgo para dinero y títulos valores y considerando la naturaleza de este seguro, solicitamos aclarar que se cubren bajo la misma los actos de deshonestidad de empleados que ocurran durante estos eventos.

33. De acuerdo con la Cláusula de limitación de descubrimiento: solicitamos agregar que se otorga, pero sin disolución de continuidad

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PUBLICOS
34. De acuerdo con la condición de Gastos de defensa, Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar en el alcance de este amparo, que con el propósito de que se haga un uso razonable de los gastos de defensa en general para cualquier proceso, estos deben ser autorizadas previamente por la oficina jurídica o por el área que tenga la facultad para aprobarlos dentro de la entidad tomadora y estos a su vez presentar formalmente la reclamación para su reconocimiento; esto adicionalmente redundará en el uso razonable de la póliza y en un mejor control de la misma por parte de la entidad contratante

35. De acuerdo con el numeral 4. Exclusiones, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

36. De acuerdo con el numeral 5. Sublímites Básicos Obligatorios para la Cobertura de Gastos de Defensa. Se solicita amablemente a la entidad permitir indicar que los gastos de defensa, operen por cargo y por cada proceso, lo anterior considerando que la presente póliza se estructura bajo el sistema de riesgos o cargos nombrados, luego para su afectación se debe dar cumplimiento a lo anterior.

37. Agradecemos respetuosamente a la entidad ajustar la descripción agregando la expresión “Notificadas a la aseguradora” para que se lea “(ii) circunstancias por las que los funcionarios asegurados tengan conocimiento por primera vez durante la vigencia de la póliza notificadas a la aseguradora, de investigaciones iniciadas o que estarán siendo iniciadas en su contra.” Lo anterior, considerando que el solo conocimiento no es objeto de cobertura sino para que esta emerja debe realizarse el aviso de circunstancia, por lo cual, se sugiere ajustar según lo indicado. De igual forma y en todo caso, agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado.

VIDA GRUPO
38. Se solicita respetuosamente que para el amparo de Incapacidad Total y Permanente se modifique la fecha de siniestro igual a la fecha de estructuración, lo anterior teniendo en cuenta que las pólizas de vida grupo de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico operan bajo la modalidad de ocurrencia y según lo establecido por el manual único de calificación Decreto 1507 de 2014 el cual define la fecha de estructuración como: “ … la fecha en que una persona pierde un grado o porcentaje de su capacidad laboral u ocupacional, de cualquier origen, como consecuencia de una enfermedad o accidente, y que se determina con base en la evolución de las secuelas que han dejado estos…” es decir la fecha en la cual se configura la incapacidad por tanto establecer fecha distinta como fecha la fecha de calificación establece modalidades no permitidas para este tipo de seguros como las de descubrimiento o Reclamación las cuales son propias de los seguros Infidelidad y Manejo y Responsabilidad respectivamente.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CYBER
39. Solicitamos a la Entidad eliminar la cláusula de Restablecimiento automático: del límite asegurado por pago de siniestro.

40. Solicitamos a la Entidad aumentar el deducible a COP 200.000.000 toda y cada perdida


En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:28:50]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 09-04-2025 16:40:47
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUSTRIA MILITAR – INDUMIL
Ciudad

Asunto: OBSERVACIONES BASES DEFINITIVAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) - CONTRATO DE SEGUROS - IPO 030/2025 - PROYECTO: 13389
Apreciados señores:
De acuerdo con el proceso en asunto, amablemente nos permitimos remitir las siguientes observaciones al pliego de condiciones:

Todo Riesgo Daño Material

1. Respetuosamente solicitamos a la entidad contemplar estipular en condiciones básicas obligatorias los deducibles actualmente contratados y convenir puntaje adicional al ofertante que garantice alguna mejora. La palabra incluida en el deducible de “Incendio y Explosión” “del riesgo afectado” produce que la modelación de los reaseguradores cambie significativamente debido a la exposición y antecedentes de la cuenta:

DEDUCIBLE ACTUALMENTE CONTRATADO: INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable, mínimo USD$ 25.000

DEDUCIBLE REQUERIDO: INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable del riesgo afectado, mínimo USD$ 25.000

Cordialmente,

Mapfre Seguros
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781 y adenda 03.031.634
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:40:53]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 07-04-2025 11:45:17
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Observación sobre el seguro de Vida Grupo:

Agradecemos informar, cuales son los cargos de se encuentran expuestos o trabajan directamente en la fabricacion de las armas, municiones, explosivos y accesorios de voladuras
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:39:04]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 15-04-2025 16:45:26
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 15 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto y respuestas a observaciones, nos permitimos presentar las siguientes observación para el ramo de INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS


Extensión de motín, conmoción civil y AMIT según texto NMA1387 y/o cualquier otro que contenga las mismas coberturas. solicitamos aclarar que se cubren bajo la misma los actos de deshonestidad de empleados que ocurran durante estos eventos.

En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:30:38]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 11-04-2025 12:58:13
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 11 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

Agradecemos su atención a la siguiente observación

1. Solicitamos a la Entidad incluir mediante adenda que para los grupos conformados por más de una póliza, el presupuesto por grupo es global para todo el grupo. y no hay rubro por ramo.


Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:29:44]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 11-04-2025 11:44:58
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 11 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto y respuestas a observaciones, nos permitimos presentar las siguientes observaciones:


DAÑOS MATERIALES

1. De acuerdo con las respuestas a observaciones solicitamos eliminar la condición de Frescos o murales, que con motivo de decoración formen parte de los edificios o están pintados allí

2. Se solicita modificar la “Cláusula de mantenimiento” a fin de que los empleados del asegurado o personal a su servicio sean debidamente certificados para tal actividad.

3. Solicitamos eliminar la condición de LIMITE AGREGADO DE DEDUCIBLE HASTA $50.000.000 EVENTO/AGREGADO ANUAL.

4. Solicitamos al Entidad se permita ajustar el deducible para la cobertura de INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN conforme el deducible actual el cual corresponde a 20 % del valor asegurable, mínimo USD$ 25.000. eliminando la expresión “del riesgo afectado”

SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES OFICIALES

5. De acuerdo con la condición de Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia y considerando que el titular del interés asegurable sobre estos bienes es el propietario de los mismos, solicitamos aclarar que esta cobertura opera en exceso de las pólizas que el propietario de dichos bienes tenga contratadas. Así mismo solicitamos que se sublímite al 50% del límite asegurado.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

6. De acuerdo con el amparo de Avisos, vallas y letreros dentro y fuera de los predios, solicitamos aclarar el alcance de la condición indicando “siempre y cuando sean instalados por el asegurado”

7. Solicitamos elimina o trasladar a condiciones evaluables el amparo de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Sublímite de $200.000.000 por vehículo /$400.000.000 Evento/Agregado Anual.

8. De Acuerdo con la condición de Costos e intereses de mora, solicitamos a la entidad aclara que hacen parte del valor asegurado.

9. Solicitamos a la Entidad se permita reconsiderar la condición de ANTICIPO DE INDEMNIZACION para que sea hasta el 50%.

10. Para todas las cláusulas y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”

11. De acuerdo con el amparo de Gastos médicos, y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”, de igual forma, Se solicita respetuosamente a la entidad limitar en días después del evento la presente cobertura, se sugiere 15 días

12. De acuerdo con el amparo de Pagos Suplementarios, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar la definición de la presente clausula, lo anterior, considerando que no es claro, de igual forma, permitir delimitar con el sublimite

13. De acuerdo con el amparo de Productos y trabajos terminados y considerando que se puede otorgar mayor vigencia y en aras de que las cláusulas guarden relación armónica con respecto a vigencia, solicitamos reemplazar el término “anual” por “vigencia”,

14. De acuerdo con la condición de Daños y hurto de vehículos y/o accesorios en parqueaderos y predios del asegurado. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir los accesorios e incluir el siguiente texto en el alcance de la cláusula: Siempre y cuando dichos parqueaderos se encuentren debidamente cerrados, vigilados y exista registro y control de entrada y salida de vehículos terrestres, así mismo, permitir eliminar lo indicado como accesorios.

15. Se solicita amablemente a la entidad permitir excluir lo corresponde al Decreto 1073 lo anterior, considerando que pertenece a otro producto,

16. De acuerdo con la condición de ERRORES, OMISIONES E INEXACTITUDES NO INTENCIONALES Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que se excluye la RC Profesional y RCD&O.

17. Se solicita amablemente a la entidad permitir eliminar la cláusula de Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro, hasta una (1) vez el límite asegurado contratado.

SEGURO DE TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

18. Solicitamos a la Entidad ajustar el alcance de la condición, Movilización por sus propios medios, aclarando que opera hasta los 150 Kilómetros de su base

19. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALORES GLOBALES SIN RELACIÓN DE BIENES


20. Se solicita eliminar la condición “DEDUCIBLES BÁSICOS OBLIGATORIOS No Aplica Deducibles” de tal forma que sean objeto de puntuación

SEGURO AUTOMÁTICO DE TRANSPORTE DE VALORES

21. Solicitamos a la Entidad ajustar la cláusula de NO SUBROGACIÓN, lo establecido en los art 1096-1099 del código de comercio.

22. De acuerdo con la condición de Anticipo de indemnizaciones, solicitamos ajustar al 50%

23. Solicitamos eliminar la condición de Bienes bajo cuidado tenencia y control.

24. De acuerdo con la condición de Designación de Ajustador, solicitamos a la Entidad ajustar para que se acorde con nómina de ajustadores de la compañía

25.De acuerdo con la condición de PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, Solicitamos a la entidad ajustar conforme el código de comercio.

26. De acuerdo con la condición de No restricción de EDAD. Sugerimos incluir como límite de edad máximo hasta 35 años

27. De acuerdo con la condición de Importaciones Plan Vallejo. Sugerimos eliminar, teniendo en cuenta que corresponde a exenciones de impuestos, indicados por el ministerio TIC, o confirmar si el asegurado moviliza mercancías bajo esta modalidad.

28. De acuerdo con la condición Seguro en Moneda Extranjera, solicitamos ajustar el alcance r de la siguiente manera:
Las pérdidas o daños a las mercancías reclamadas en moneda extranjera serán indemnizadas con base en el factor de cambio certificado oficialmente por el banco de la República o Superintendencia financiera, correspondiente a la fecha de ocurrencia del evento que originó la pérdida o daño; esta condición opera para la base de indemnización y el deducible. Para efectos del pago de la prima, se utilizará la TRM de la fecha de emisión del respectivo documento.

29. Solicitamos a la Entidad eliminar la condición de VALOR ACORDADO SIN APLICACIÓN DE INFRASEGURO, solicitamos

SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS

30. De acuerdo con la condición de Aplicación del Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros para operar en conjunto con el Seguro de Manejo Global, solicitamos eliminar condición o trasladarla a complementarias ya que cada ramo maneja su deducible independiente y condiciones independientes o aclarar que son dos ramos independientes que cada uno maneja su deducible

31. Se pueden apreciar en el pliego condiciones o cláusulas vacías, entendiendo por ello aquellas que carecen de contenido. Para la adecuada interpretación futura del contrato de seguros, resulta indispensable que en cada condición o cláusula se incluya el objeto y alcance de la misma, razón por la cual agradecemos a la entidad modificar las condiciones incluyendo los textos que rigen todas las condiciones solicitadas. Algunas de las condiciones que se encuentran así son:

a. Cobertura para bienes y mercancías propias del Asegurado bajo el amparo de Infidelidad
b. Cobertura para conocimientos de embarque bajo todos los amparos de la póliza
c. Cobertura para manejo y negociación de documentos seriales a cargo de terceros

32. De acuerdo con la Cobertura Todo Riesgo para dinero y títulos valores y considerando la naturaleza de este seguro, solicitamos aclarar que se cubren bajo la misma los actos de deshonestidad de empleados que ocurran durante estos eventos.

33. De acuerdo con la Cláusula de limitación de descubrimiento: solicitamos agregar que se otorga, pero sin disolución de continuidad

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PUBLICOS
34. De acuerdo con la condición de Gastos de defensa, Se solicita respetuosamente a la entidad aclarar en el alcance de este amparo, que con el propósito de que se haga un uso razonable de los gastos de defensa en general para cualquier proceso, estos deben ser autorizadas previamente por la oficina jurídica o por el área que tenga la facultad para aprobarlos dentro de la entidad tomadora y estos a su vez presentar formalmente la reclamación para su reconocimiento; esto adicionalmente redundará en el uso razonable de la póliza y en un mejor control de la misma por parte de la entidad contratante

35. De acuerdo con el numeral 4. Exclusiones, Se solicita amablemente a la entidad permitir aclarar que aplican las demás exclusiones del clausulado general del producto.

36. De acuerdo con el numeral 5. Sublímites Básicos Obligatorios para la Cobertura de Gastos de Defensa. Se solicita amablemente a la entidad permitir indicar que los gastos de defensa, operen por cargo y por cada proceso, lo anterior considerando que la presente póliza se estructura bajo el sistema de riesgos o cargos nombrados, luego para su afectación se debe dar cumplimiento a lo anterior.

37. Agradecemos respetuosamente a la entidad ajustar la descripción agregando la expresión “Notificadas a la aseguradora” para que se lea “(ii) circunstancias por las que los funcionarios asegurados tengan conocimiento por primera vez durante la vigencia de la póliza notificadas a la aseguradora, de investigaciones iniciadas o que estarán siendo iniciadas en su contra.” Lo anterior, considerando que el solo conocimiento no es objeto de cobertura sino para que esta emerja debe realizarse el aviso de circunstancia, por lo cual, se sugiere ajustar según lo indicado. De igual forma y en todo caso, agradecemos aclarar si la modalidad de Cobertura que desea contratar es bajo la modalidad “por reclamación”, con arreglo a lo consignado en el primer inciso del artículo 4º de la Ley 389 de 1997 que ampara la notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia comunicados en tal periodo al asegurado y derivados de hechos ocurridos desde el periodo de retroactividad otorgado.

VIDA GRUPO
38. Se solicita respetuosamente que para el amparo de Incapacidad Total y Permanente se modifique la fecha de siniestro igual a la fecha de estructuración, lo anterior teniendo en cuenta que las pólizas de vida grupo de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico operan bajo la modalidad de ocurrencia y según lo establecido por el manual único de calificación Decreto 1507 de 2014 el cual define la fecha de estructuración como: “ … la fecha en que una persona pierde un grado o porcentaje de su capacidad laboral u ocupacional, de cualquier origen, como consecuencia de una enfermedad o accidente, y que se determina con base en la evolución de las secuelas que han dejado estos…” es decir la fecha en la cual se configura la incapacidad por tanto establecer fecha distinta como fecha la fecha de calificación establece modalidades no permitidas para este tipo de seguros como las de descubrimiento o Reclamación las cuales son propias de los seguros Infidelidad y Manejo y Responsabilidad respectivamente.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CYBER
39. Solicitamos a la Entidad eliminar la cláusula de Restablecimiento automático: del límite asegurado por pago de siniestro.

40. Solicitamos a la Entidad aumentar el deducible a COP 200.000.000 toda y cada perdida


En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:29:27]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 15-04-2025 08:01:13
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Bogotá D.C., 15 de abril de 2025


Señores:
INDUSTRIA MILITAR INDUMIL
Cl. 44 #54-11
Ciudad


ASUNTO: INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA No. 030/2025 - Observaciones


Respetados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto nos permitimos solicitar sea eliminada la CLAUSULA DE BONO POR NO RECLAMACION para la póliza de IRF.

En caso contrario solicitamos eliminar la NOTA vinculante No. 4. a fin de permitir la presentación de la oferta para el grupo 1 sin ser obligatorio presentar oferta para el grupo/lote No.3.

En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S,A, COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.032.569, anexo 03.033.692
[Betsy Katerina Higuera Romero - 23-04-2025 14:30:03]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 26-03-2025 19:50:49
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUSTRIA MILITAR – INDUMIL
Ciudad

Asunto: OBSERVACIONES BASES DEFINITIVAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA (IPO) - CONTRATO DE SEGUROS - IPO 030/2025 - PROYECTO: 13389

Apreciados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto, amablemente nos permitimos remitir las siguientes observaciones al pliego de condiciones:

OBSERVACIONES GENERALES

CRONOGRAMA.

1. Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita prorrogar la fecha para la presentación de la oferta, dado que el cronograma publicado, resulta muy ajustado respecto al tipo de riesgo y magnitud del negocio asegurar, dado que el mismo, por su complejidad presenta un componente facultativo y los mercados requieren de mas tiempo para la consecución de términos técnicos y económicos. Sugerimos el 14/04/2025 A LAS 02:00 P.M.

2. Solicitamos amablemente a la Entidad indicar la fecha y hora límite para presentar los documentos de subsanación requeridos por la Entidad

3. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: Solicitamos amablemente a la Entidad disminuir el termino de vigencia a noventa (90) días contados a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas.

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO

4. En desarrollo del artículo 209 de la Constitución Política que consigna los fundamentos de la función administrativa entre los cuales se encuentra el de economía, el cual adicionalmente fue elevado por el legislador de la ley 80 a principio rector de la contratación administrativa, solicitamos a la entidad eliminar la exigencia de constituir “ GARANTÍA ÚNICA”, lo anterior teniendo en cuenta que esta exigencia eleva los costos de ejecución del contrato y teniendo presente que para este tipo de contratos la garantía única de cumplimiento no es obligatoria, conforme a lo preceptuado en el Artículo 7 del la Ley 1150 de 2007 del siguiente tenor ”Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de Seguros, y en los contratos.....” subrayado fuera de texto.

La administración en un momento dado en aras de buscar el cumplimiento del contrato, puede hacer efectiva la póliza de seguro, por cuanto ésta presta mérito ejecutivo y no sería necesario un seguro para cubrir otro seguro, motivos estos que llevaron al legislador a no exigir esta clase de garantías para contratos de seguros.

5. Amablemente solicitamos a la entidad publicar el RUT y el certificado de disponibilidad presupuestal – CDP.

6. Agradecemos a la entidad permitir la presentación del certificado de aportes de seguridad social y aportes parafiscales en un formato diferente al propuesto, siempre y cuando cumpla con la información solicitada en el pliego de condiciones.

7. Agradecemos confirmar sí en caso de adjudicación aplican impuestos municipales y/o departamentales, caso en el cual solicitamos se detallen los mismos indicando concepto y porcentaje.

8. Agradecemos su colaboración en caso de adjudicación, confirmar el nombre completo de la entidad, dirección de domicilio, teléfono, email de factura y, para los casos en qué se requiera que la factura se presente a nombre de otra entidad, indicar los datos anteriormente mencionados.

9. Amablemente solicitamos excluir las notas vinculantes para los grupos del presente proceso

10. Amablemente solicitamos a la entidad confirmar si ha presentado algún tipo de afectación por los actos de: Huelga, Motín, Asonada, Conmoción Civil, Terrorismo y Sabotaje, a los bienes e intereses patrimoniales por los que son legalmente responsable con ocasión a las manifestaciones derivadas del paro nacional.

11. Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita informar que el presupuesto designado para el proceso de la referencia operara por grupo y no por póliza.

12. Teniendo en cuenta el tipo de riesgo asegurar y el corto plazo que se tiene establecido para el desarrollo del proceso en asunto, respetuosamente solicitamos a la entidad se permita realizar la apertura dentro del cronograma establecido, de una nueva fecha para realizar la visita de inspección a los predios objeto de seguro del presente proceso.

13. Respetuosamente solicitamos a la entidad permitir la presentación de ofertas a través de correo electrónico, esto podrá ampliará la pluralidad de oferentes, se promueve las políticas ambientales de cero papel y adicional disminuirá la exposición a la cual se pueden ver afectados las personas que se deben desplazar para armar las ofertas y entregar las mismas.

14. Teniendo en cuenta que dentro de los criterios de evaluación establecidos para el presente proceso se calificara el ofrecimiento de un menor valor, respetuosamente solicitamos a la entidad se permita informar si se tiene contemplado un porcentaje para determinar un precio artificialmente bajo, de ser así, agradecemos informarlo.

15. Se solicita a la entidad publicar en archivo editable la siniestralidad de los últimos 5 años, correspondiente a todos los ramos que conforman el programa de seguros, en el que se detalle la siguiente información:

• Ramo o póliza afectada.
• Cobertura y bien afectado.
• Causa.
• Fecha de ocurrencia, reporte y pago.
• Valores constituidos como reserva y pagados.

OBSERVACIONES TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES

16. BIENES DE ARTE Y CULTURA: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita remitir un inventario detallado de los bienes que cuenta con estas características, especificando su ubicación, valor asegurado e indicando con que medidas de protección cuentan.

17. CONSTRUCCIONES EN CURSO: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita informar que tipo de construcciones se van a asegurar bajo este ítem, la anterior solicitud de realiza dado que las construcciones no son objeto de aseguramiento bajo la póliza de daños materiales, estas deben ser aseguradas por una póliza de todo riesgo construcción la cual esta a cargo del contratista.

18. PLANTAS DUCTOS Y TUNELES: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita aclarar si estos bienes se encuentran dentro de los predios asegurados.

19. REDES LINEAS Y CABLES: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita aclarar si estos bienes se encuentran dentro de los predios asegurados.

20. MERCANCIAS: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita informar que tipo de bienes se van a asegurar bajo este ítem.

21. Respetuosamente solicitamos a la entidad aclarar que el límite máximo de indemnización de la póliza es “COP$ 576.986.025.558 por evento / agregado anual. (Incluyendo sublímite de sismo resistencia y mercancías)” por el cual se cubre el 100% de las ubicaciones reportadas en el archivo compartido y que el valor asegurable es de COP $ 973.667.842.957.

22. Respetuosamente solicitamos a la entidad estipular en condiciones básicas obligatorias el sublímite actualmente contratado para la cobertura de “Inventario y Mercancías en almacén (COP 50MM)” y estipular en condiciones complementarias con puntaje adicional al ofertante que garantice un valor superior. Los mercados de reaseguro han manifestado la imposibilidad de incrementar al monto requerido debido a que la actividad (Fabrica y comercialización de armamento / explosivos) está restringida y/o auditada por entes internacionales.

23. Respetuosamente solicitamos a la entidad contemplar estipular en condiciones básicas obligatorias los deducibles actualmente contratados y convenir puntaje adicional al ofertante que garantice alguna mejora. La palabra incluida en el deducible de “Incendio y Explosión” produce que la modelación de los reaseguradores cambie significativamente debido a la exposición y antecedentes de la cuenta:

• INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable del riesgo afectado, mínimo USD$ 25.000

24. Respetuosamente solicitamos a la entidad proporcionar la dirección de las ubicaciones referenciadas en el desglose de valores asegurables:

• Oficina central.
• Fasegor.
• Fexar.
• Fasab

25. Respetuosamente solicitamos a la entidad proporcionar un informe de inspección de las principales ubicaciones que permita a los reaseguradores evaluar el estado del riesgo actual.

26. Cobertura para cables y correas, cables metálicos y cables no eléctricos: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita restablecer a como viene actualmente contratado el sublímite para la cobertura en referencia, $ 2.000.000.000 Evento/Agregado Anual.
OBSERVACIONES EQUIPO Y MAQUINARIA

27. Cobertura Unidades y/o Maquinas utilizadas en obras subterráneas, perforaciones y/o sobre aguas o pantanos: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita eliminar la cobertura en referencia o en su defecto se permita trasladarla a condiciones complementarias con otorgamiento de puntaje.

OBSERVACIONES MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES

28. Gastos de Defensa: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita eliminar la cobertura en referencia o en su defecto se permita trasladarla a condiciones complementarias con otorgamiento de puntaje, toda vez que, la misma no es una cobertura propia del ramo.

29. Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita establecer un sublimite para la cobertura en referencia del 20% del valor asegurado Evento / Vigencia.
OBSERVACIONES TRANSPORTE DE VALORES

30. EXTENSION DE COBERTURA PARA DINEROS ENTREGADOS A FUNCIONARIOS EN CALIDAD DE VIATICOS PARA VIAJES AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD: Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita restablecer a como viene actualmente contratado el sublímite para la cobertura en referencia, $ 10.000.000 EVENTO / AGREGADO ANUAL.

OBSERVACIONES RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PÚBLICOS

31. Exclusiones: en adición a las exclusiones estipuladas por la entidad en el anexo de condiciones básicas, respetuosamente solicitamos aceptar las exclusiones señaladas en el clausulado del proponente adjudicatario.

32. Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita informar cuando fue la ultima visita que la contraloría les ha realizado, así mismo, agradecemos indicar los hallazgos realizados y el plan de acción implementado.
OBSERVACIONES VIDA GRUPO

33. Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita aclarar si las definiciones de cada cobertura corresponden a la que la asegurada contenga dentro de los clausulados.

34. Respetuosamente solicitamos a la entidad se permita confirmar si la fecha de siniestro para la cobertura de Incapacidad total y permanente será de la fecha estructuración o de calificación

35. Respetuosamente solicitamos a la entidad confirmar si se tienen contemplado la cantidad de días para el fallecimiento posterior al accidente en la cobertura de doble indemnización por muerte accidental.

36. Respetuosamente solicitamos a la entidad confirmar si se tiene un listado de enfermedades graves actual, o si se tienen contempladas las enfermedades graves que deseen amparar o queda a potestad de cada compañía seleccionar las enfermedades graves a cubrir.

37. Para gastos médicos respetuosamente solicitamos a la entidad confirmar con cuantos días de cobertura después de ocurrido el accidente se requieren para el pago de los gastos médicos o si queda a potestad de la compañía adjudicataria.

Cordialmente,

Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.282
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:40:49]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 28-03-2025 11:11:24
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     cordial Saludo

De acuerdo con el proceso en referencia, agradecemos considerar las siguientes observaciones extemporáneas:


1. Considerando la fecha de terminación del contrato actual y el tiempo mínimo requerido por los reaseguradores para modelar cualquier tipo de cuenta FAC, solicitamos a la entidad extender la fecha de cierre del proceso hasta el proximo 11/04/2025.

2. Solicitamos a la entidad aclarar que el límite máximo de indemnización de la póliza es “COP$ 576.986.025.558 por evento / agregado anual. (Incluyendo sublímite de Sismoresistencia y mercancias)” por el cual se cubre el 100% de la ubicaciones reportadas en el archivo compartido y que el valor asegurable es de COP $ 973.667.842.957.

3. Solicitamos amablemente a la entidad estipular en condiciones básicas obligatorias el sub-limite actualmente contratado para la cobertura de “ Inventario y Mercancías en almacén (COP 50MM)” y estipular en condiciones complementarias con puntaje adicional al ofertante que garantice un valor superior. Los mercados de reaseguro han manifestado la imposibilidad de incrementar al monto requerido debido a que la actividad (Fabrica y comercialización de armamento / explosivos) está restringida y/o auditada por entes internacionales lo que le imposibilitaría seguir brindado soporte al asegurado en referencia.

4. Solicitamos a la entidad contemplar estipular en condiciones básicas obligatorias los deducibles actualmente contratados y convenir puntaje adicional al ofertante que garantice alguna mejora. La palabra incluida en el deducible de “Incendio y Explosión” produce que la modelación de los reaseguradores cambie significativamente debido a la exposición y antecedentes de la cuenta:

INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN: 20% del valor asegurable del riesgo afectado, mínimo USD$ 25.000

5. Solicitamos a la entidad proporcionar la dirección de las ubicaciones referenciadas en el desglose de valores asegurables:
• Oficina central.
• Fasegor.
• Fexar.
• Fasab

6. Solicitamos a la entidad proporcionar un informe de inspección de las principales ubicaciones que permita a los reaseguradores evaluar el estado del riesgo actual.

En espera de sus comentarios,

Cordialmente,
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones mediante documento 03.029.216, anexo 03.029.287 y adenda 3 documento 03.029.136, anexo 03.029.282
[Betsy Katerina Higuera Romero - 08-04-2025 15:41:12]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 09-04-2025 15:56:11
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL
Ciudad

Nos permitimos solicitarles ampliación del plazo del cierre del proceso de licitación, dado que tenemos inconvenientes así:

* Teniendo en cuenta que varias de las pólizas requieren respaldo facultativo, algunos de los mercados no laboran los días de semana santa lo cual nos corta los tiempos que tenemos para continuar con el análisis, aunado a que las respuestas a observaciones hasta ahora están siendo analizadas por dichos mercados.

*Adicionalmente tenemos dificultad con los documentos que se deben imprimir dado que la próxima semana algunas personas no laboran y esto disminuye la posibilidad de poder presentar nuestra oferta.

*Sobre la consecución de las firmas también tenemos dificultad dado que los representantes legales se encontraran ausentes.

Teniendo en cuenta los anteriores argumento agradecemos mucho correr el cierre.

 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:37:47]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 10-04-2025 18:05:22
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL
Ciudad

1. Teniendo en cuenta la reciente publicación del evento presentado en la póliza de rc ciber, agradecemos publicar el detalle del incidente, costo aproximado, mejoras realizadas por el cliente y toda información que nos ayude a perfilar el estado actual del riesgo.

2. Reconsiderar el ajuste de deducibles a través de una tabla de calificación que acepte como máximo COP 250.000.000 toda y cada perdida

Agradecemos la atención prestada

Att
Equipo de Licitaciones Sura
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:49:46]
 
Respuesta    

Proceso     030/2025 - Observado - 11-04-2025 09:17:26
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUSTRIA MILITAR – INDUMIL
Ciudad

Apreciados señores:

De acuerdo con el proceso en asunto, amablemente nos permitimos remitir las siguientes observaciones al pliego de condiciones:

De manera atenta y respetuosa solicitamos a la entidad se permita aclarar si el presupuesto designado para el proceso de la referencia opera de manera global o por póliza. La presente aclaración se requiere dado que dentro del documento “BASES DEFINITIVAS IPO 030_2025 PROYECTO 13389 OC” en su numeral 5.1 Nota 1: El valor de la oferta no podrá superar el valor por ramo y por grupo, siendo el presupuesto oficial con IVA incluido, destinado para el presente proceso “so pena de rechazo”. No resulta claro la forma en que debe ser tenido en cuenta el presupuesto dentro de la elaboración de las ofertas, no obstante, se solicito por medio de observación la aclaración correspondiente y la respuesta remitida tampoco resulta clara. Por tal motivo, solicitamos a la entidad se permita aclarar la forma en que deberá ser tenido en cuenta el presupuesto para la elaboración y estructuración de las ofertas.
La anterior solicito se realiza teniendo en cuenta que el grupo No. 1 está conformado por varias pólizas, las cuales, presentan un presupuesto de manera independiente, por lo cual, agradecemos ratificar que el presupuesto será tenido en cuenta de manera global, En tal sentido, agradecemos realizar la respectiva aclaración mediante la expedición de adenda.
 
Comentarios    
de la Entidad    
La Industria Militar da respuesta a las observaciones con documento 03.031.682, anexo 03.031.781 y adenda 03.031.634
[Betsy Katerina Higuera Romero - 21-04-2025 07:41:20]
 
Respuesta