CONSULTA DE OBSERVACIONES A PROCESOS DE CONTRATACION

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Proceso     125/2023 - Observado - 29-05-2023 18:46:10
 
Actividad     PROYECTO BASES
 
Observaciones al Proceso     Buenas noches, a continuación, se detallan las siguientes observaciones al proyecto de pliego de condiciones:
• En caso de consorcio o uniones temporales, indicar la forma como se calcularán los indicadores financieros.
• Para el caso de la información financiera de los últimos 3 años, acreditarse con la información que reposa en el registro único de proponentes, ya que la norma así lo indica.
• Indicar la forma en que se acreditara la condición mi pyme.
• Para el caso del factor técnico, tiempo de dedicación adicional del 20% al asesor estructural, aclarar cómo se debe acreditar si es mediante carta firmada por el proponente o por otro medio.
• Especificar cuáles profesionales deben ser presentados con la oferta, ya que estos, según el pliego de condiciones deben ser presentados como una obligación del contratista y el presente proceso no es un concurso de méritos; de la misma forma en los procesos adelantados por la entidad estos siempre se han acreditado por el adjudicatario.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 31-05-2023 14:14:36
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     SEÑORES INDUSTRIA MILITAR DE COLOMBIA INDUMIL
Contacto: Veeduriaciudadanapraderavalle@gmail.com.

Copia: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.
cgr@contraloria.gov.co

Copia: Ingeniera Juliana Cristina Ardila, la Ingeniera Jenny Carolina Arenas, el Ingeniero Rodolfo Mauricio Chaparro GonzálezJuliana.Ardila@indumil.gov.co; Jenny.arenas@indumil.gov.co; mchaparro1@indumil.gov.co

ASUNTO: ACLARACIÓN DE DUDAS PROCESOS IPO 125/2023 Y IPO 646/2022

Al contestar este escrito referirse a la REF 0801022 - 30052023


De conformidad con lo dispuesto en la ley 850 de 2003, artículo 66 de la Ley 80 de 1993, el Artículo 2.2.1.1.2.1.5 numeral 5 del Decreto 1082 de 2015 y el Artículo 270 de la Constitución Política de Colombia en donde se tiene como objeto fiscalizar y controlan la administración y gestión de lo público y también del sector privado que maneje recursos públicos o desarrolle actividades de interés público, como es el caso de la Industria Militar esta veeduría realiza las siguientes observaciones con respecto al pliego de condiciones del proceso con modalidad de invitación publica IPO 125/2023 PROYECTO No. 12387 con objeto “OBRA CIVIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMPO DE PRUEBAS FINALES DE PRODUCTO EN LA FÁBRICA DE EXPLOSIVOS ANTONIO RICAURTE”, encontrando los siguientes hechos relevantes, para el control y seguimiento de las entidades de control fiscal y disciplinario del estado y de lo que emana en las inconsistencias presentadas en el proceso de licitación los cuales se describen a continuación:

1. En la vigencia 2022 se estructuro el proceso IPO 646/2022 PROYECTO No. 11220 con objeto “OBRA CIVIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMPO DE PRUEBAS FINALES DE PRODUCTO EN LA FÁBRICA DE EXPLOSIVOS ANTONIO RICAURTE” proceso publicado el 30 de diciembre de 2022 con fecha de cierre el 16 de enero de 2023.
• la primera pregunta que esta veeduría realiza es: ¿si una empresa industrial y comercial del estado realiza la apertura de un proceso de contratación sin un valor definido se considera una irresponsabilidad toda vez que el proceso aún no ha terminado su etapa de estructuración y fue lanzado a licitación sin el cumplimiento de la asignación presupuestal o Certificado de Disponibilidad Presupuestal que soportara la ejecución contractual?
• Segunda pregunta que esta veeduría realiza es: ¿Por qué la Industria Militar Lanza un proceso en época de termino de vigencia, cuando es sabido en la gestión de proyectos estatales que estas deben de cumplir un cronograma transparente para la presentación de sus propuestas y no se realiza presentación de procesos de licitación sin el cumplimiento de un cronograma anterior al cierre de vigencia y que las ofertas puedan ser presentadas en un término de tiempo que no genere errores en su presentación?.

2. Ahora bien, en los pliegos presentados en la vigencia 2022 se presentaban lo siguiente:

IPO 646/2022 PROYECTO No. 11220

IAP 7.1

“… Se otorgará al oferente con quién se suscriba contrato, un anticipo por el cuarenta por ciento (40%) del valor del contrato sin I.V.A.

Para el pago del anticipo el contratista deberá constituir una FIDUCIA y asumirá los costos del manejo de esta de acuerdo con la Ley 1474 2011.

JUSTIFICACIÓN DEL ANTICIPO

El anticipo entregado al contratista se destinará al cubrimiento de los costos iniciales en que este debe incurrir para la ejecución del objeto contractual. La interventoría revisará y avalará la inversión del anticipo de acuerdo con el plan de inversión del mismo que sea presentado por el contratista y aprobado por la interventoría, previa autorización del desembolso del anticipo al encargo fiduciario constituido.

Se iniciará el trámite para el desembolso del anticipo una vez el CONTRATISTA entregue y se apruebe por la Interventoría y la Industria Militar la siguiente documentación:

• Certificado de apertura del encargo Fiduciario.
• Copia Legible del Contrato Fiduciario.
• Acta de Inicio suscrita por las partes, debidamente registrada.
• Plan de inversión del anticipo debidamente aprobado por la Interventoría del contrato.
• Constitución y aprobación de la garantía sobre la correcta inversión del anticipo.

El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra en porcentaje cerrado, una vez sean recibido y aprobados por a la interventoría, lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual amortizando el valor del anticipo entregado al contratista en el mismo porcentaje entregado en calidad de anticipo.

El diez por ciento (10%), será el pago final del contrato incluido IVA y AIU, sujeto a la firma del acta de liquidación, una vez sea recibida, verificada y aprobada por parte de la interventoría del contratado, y concepto favorable del supervisor del contrato designado por la Industria Militar.

Los pagos se realizarán mediante presentación de la factura comercial electrónica, pagadera dentro de los (30) días contados a partir de la fecha de radicación en el correo electrónico facturacion.indumil@indumil.gov.co, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:


1. Informes mensuales entregados a satisfacción al día de corte de acta parcial, verificados y aprobados por Interventoría.
2. Informe de recibo parcial aprobado por la Interventoría el cual debe tener: descripción de las actividades ejecutadas con su respectivo registro fotográfico correspondientes al porcentaje previsto para cada pago.
3. Cantidades de obra correspondientes al acta, con sus respectivas memorias de cálculo aprobadas por el interventor.
4. Resultados de ensayos de laboratorio, según el plan realizado por la Interventoría.
5. Certificado de calidad de los materiales.
6. Trazabilidad del cargue de material proveniente de excavaciones y dispuesto en botadero, anexar certificado de botadero autorizado.
7. Copia de los formatos de autorización de actividades por parte de la Interventoría.
8. Informe de cumplimiento al plan de manejo ambiental y sistema de gestión para la seguridad y salud en el trabajo avalado por la Interventoría.
9. Acta correspondiente suscrita por las partes, donde se certifique el porcentaje de obra correspondiente para cada pago, con base en memorias de cantidades.
10. Factura comercial con el cumplimiento de los requisitos legales para el pago (factura electrónica, si aplica).
11. Informe de Interventoría autorizando el pago y el recibido a satisfacción de las actividades a cancelar.
12. Visto bueno de los supervisores del contrato de interventoría designados por la Industria Militar para el pago.
13. Certificación expedida por el revisor fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de Ley o por contador público anexando la tarjeta profesional de este, donde conste que se encuentra al día en sus pagos a los sistemas de salud, ARL, pensiones y aportes parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.

14. Para el pago final del 10%, el CONTRATISTA debe entregar:

• Paz y salvos correspondientes a obligaciones laborales de los subcontratistas del contratista de obra y el análisis de materialización de imprevistos.
• Informe de la interventoría autorizando el último pago.
• Acta suscrita de liquidación
• Se haya revisado, aprobado y legalizados los amparos de Estabilidad de la obra por cinco (5) años contados y de calidad de los bienes a partir de la fecha del Acta de recibo final.

NOTA 1: Los pagos parciales no implican el recibo o aprobación definitiva por parte de la Industria Militar de las actividades ejecutadas y, por consiguiente, no eximen al Contratista e Interventor de su responsabilidad en cuanto a la calidad de los mismos, funcionalidad integral o de cualquier otra obligación contractual.

NOTA 2: Se deberá realizar a la Industria Militar el reintegro de los rendimientos financieros generados, en la cuenta constituida para la administración de los recursos a través del encargo fiduciario, con la periodicidad establecida por la entidad financiera de manera inmediata al recibo del mismo, de mismo modo se deberá realizar a la Industria Militar el reintegro de los imprevistos no causados contemplados en el AIU.

NOTA 3: Con el fin de realizar los respectivos pagos en la ejecución del presente contrato, los mismos se realizarán en la cuenta de (ahorros o corriente) estipulada en la certificación bancaria que se anexe con la oferta económica, la cual debe de quedar estipulada claramente dentro del contrato.

Si el contratista requiere cambiar la cuenta bancaria para los pagos del contrato en ejecución debe enviar un oficio a la Industria Militar informando el motivo por el cual requiere el cambio anexando la nueva certificación bancaria.

NOTA 4: Para la realización de cada pago EL CONTRATISTA deberá certificar el cumplimiento de las obligaciones parafiscales relativas a la Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda y de acuerdo con las exigencias legales.

NOTA 5: Con la Ley 1697 del 20 de diciembre de 2013 se crea y se emite la estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 6, el sujeto pasivo está a cargo de la persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal que actúe como contratista, por lo cual el contratista debe contribuir con una tarifa del 0.5% para los contratos cuyo valor esté entre 1 y 2.000 SMMLV, para los contratos entre 2001 y 6.000 el 1% y para los contratos mayores a 6.001 pagaran el 2%. Estos recursos retenidos por la Industria Militar serán transferidos semestralmente, con corte a junio 30, los primeros diez (10) días del mes de julio y con corte a diciembre 31, los primeros diez (10) días del mes de enero de cada año según lo establece el Art. 2.5.4.1.2.2. Del Decreto Reglamentario 1075 de 2015.

NOTA 6: La Ley 418 de 1997 en el artículo 120 modificado por el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006 determino que todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición. Esta contribución se retendrá y pagará dentro de los diez (10) primeros días de cada mes.

NOTA 7: Para las facturas electrónicas de venta emitidas por los CONTRATISTAS, se requiere que el supervisor del contrato haya recibido a satisfacción los bienes o la prestación del servicio, con el fin de proceder con el acuse de recibido y posterior aceptación o rechazo de la misma dentro del plazo establecido en la forma de pago del respectivo contrato u orden de compra para dar aplicación a la resolución 85 de 2022…”


c

LA FORMA DE PAGO ES:

“… El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra en porcentaje cerrado, una vez sean recibido a satisfacción y aprobados por a la interventoría, lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual.

El diez por ciento (10%), será el pago final del contrato incluido IVA y AIU, sujeto a la firma del acta de liquidación, una vez sea recibida, verificada y aprobada por parte de la interventoría del contratado, y concepto favorable del supervisor del contrato designado por la Industria Militar.

Los pagos se realizarán mediante presentación de la factura comercial electrónica, pagadera dentro de los (30) días contados a partir de la fecha de radicación en el correo electrónico facturacion.indumil@indumil.gov.co, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Informes mensuales entregados a satisfacción al día de corte de acta parcial, verificados y aprobados por Interventoría.
2. Informe de recibo parcial aprobado por la Interventoría el cual debe tener: descripción de las actividades ejecutadas con su respectivo registro fotográfico correspondientes al porcentaje previsto para cada pago.
3. Cantidades de obra correspondientes al acta, con sus respectivas memorias de cálculo aprobadas por el interventor.
4. Resultados de ensayos de laboratorio, según el plan realizado por la Interventoría.
5. Certificado de calidad de los materiales.
6. Trazabilidad del cargue de material proveniente de excavaciones y dispuesto en botadero, anexar certificado de botadero autorizado.
7. Copia de los formatos de autorización de actividades por parte de la Interventoría.
8. Informe de cumplimiento al plan de manejo ambiental y sistema de gestión para la seguridad y salud en el trabajo avalado por la Interventoría.
9. Acta correspondiente suscrita por las partes, donde se certifique el porcentaje de obra correspondiente para cada pago, con base en memorias de cantidades.
10. Factura comercial con el cumplimiento de los requisitos legales para el pago (factura electrónica, si aplica).
11. Informe de Interventoría autorizando el pago y el recibido a satisfacción de las actividades a cancelar.
12. Visto bueno de los supervisores del contrato de interventoría designados por la Industria Militar para el pago.
13. Certificación expedida por el revisor fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de Ley o por contador público anexando la tarjeta profesional de este, donde conste que se encuentra al día en sus pagos a los sistemas de salud, ARL, pensiones y aportes parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.

Para el pago final del 10%, el CONTRATISTA debe entregar:

1. Paz y salvos correspondientes a obligaciones laborales de los subcontratistas del contratista de obra.
2. Informe de la interventoría autorizando el último pago.
3. Acta suscrita de liquidación
4. Se haya revisado, aprobado y legalizados los amparos de Estabilidad de la obra por cinco (5) años contados y de calidad de los bienes a partir de la fecha del Acta de recibo final.
5. Documentación descrita en el numeral 3.3.

NOTA 1: Los pagos parciales no implican el recibo o aprobación definitiva por parte de la Industria Militar de las actividades ejecutadas y, por consiguiente, no eximen al Contratista e Interventor de su responsabilidad en cuanto a la calidad de los mismos, funcionalidad integral o de cualquier otra obligación contractual.

NOTA 2: Con el fin de realizar los respectivos pagos en la ejecución del presente contrato, los mismos se realizarán en la cuenta de (ahorros o corriente) estipulada en la certificación bancaria que se anexe con la oferta económica, la cual debe de quedar estipulada claramente dentro del contrato.

Si el contratista requiere cambiar la cuenta bancaria para los pagos del contrato en ejecución debe enviar un oficio a la Industria Militar informando el motivo por el cual requiere el cambio anexando la nueva certificación bancaria.

NOTA 3: Para la realización de cada pago EL CONTRATISTA deberá certificar el cumplimiento de las obligaciones parafiscales relativas a la Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda y de acuerdo con las exigencias legales.

NOTA 4: Con la Ley 1697 del 20 de diciembre de 2013 se crea y se emite la estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 6, el sujeto pasivo está a cargo de la persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal que actúe como contratista, por lo cual el contratista debe contribuir con una tarifa del 0.5% para los contratos cuyo valor esté entre 1 y 2.000 SMMLV, para los contratos entre 2001 y 6.000 el 1% y para los contratos mayores a 6.001 pagaran el 2%. Estos recursos retenidos por la Industria Militar serán transferidos semestralmente, con corte a junio 30, los primeros diez (10) días del mes de julio y con corte a diciembre 31, los primeros diez (10) días del mes de enero de cada año según lo establece el Art. 2.5.4.1.2.2. Del Decreto Reglamentario 1075 de 2015. Adicionalmente, y de acuerdo a la calidad de Contribuyente, la Industria Militar aplicará las retenciones a nivel nacional y territorial correspondientes a Rete fuente, Retención IVA e ICA.

NOTA 5: La Ley 418 de 1997 en el artículo 120 modificado por el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006 determino que todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición. Esta contribución se retendrá y pagará dentro de los diez (10) primeros días de cada mes.

NOTA 6: Para las facturas electrónicas de venta emitidas por los CONTRATISTAS, se requiere que el supervisor del contrato haya recibido a satisfacción los bienes o la prestación del servicio, con el fin de proceder con el acuse de recibido y posterior aceptación o rechazo de la misma dentro del plazo establecido en la forma de pago del respectivo contrato u orden de compra para dar aplicación a la resolución 85 de 2022…”


Con lo anteriormente expuesto esta veeduría solicita se explique por qué la Industria Militar, opto por suprimir el anticipo del proceso que se encuentra aperturado y en curso si el proceso anterior IPO 646/2022 como el proceso IPO 125/2023 serían ejecutados en la misma vigencia, esta es una de las razones que llama más la atención a esta veeduría, pues esto es un claro direccionamiento económico y sesgo del contrato teniendo en cuenta la cuantía del proceso ya que limita la participación de pequeñas y medianas empresas y no se evidencia un análisis económico del contrato que ayude a determinar por qué el cambio de un pliego a otro.

3. No obstante, lo anterior se solicita a la entidad que explique el cambio del pliego de condiciones en el IAP 17.1 en donde también se modificó la experiencia así:

IPO 646/2022 PROYECTO No. 11220

IAP 7.1


“…Numeral 2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

Con el fin de garantizar la calidad de la obra y el cumplimiento en la ejecución del contrato, el oferente deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de cuatro (4) o hasta (5) cinco contratos así:

dos (2) CONTRATOS que tengan por objeto LA CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES, cuya sumatoria sea mayor o igual al 30% del presupuesto oficial expresado en SMMLV.

Por lo menos uno de los contratos aportados deberá pertenecer al GRUPO I INSTITUCIONAL, SUBGRUPO I-4 (SEGURIDAD PUBLICA) DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10 – TITULO K,




Un (1) CONTRATO que tenga por objeto CONSTRUCCION DE MUROS DE CONTENCIÓN, Y/O CANALES, Y/O PRESAS Y/O BOX COULVERT

Uno (1) o dos (2) CONTRATOS que tengan por objeto y/o actividades de “construcción de estructuras en tierra armada”, cuya sumatoria sea mayor o igual al 10% del presupuesto oficial expresado en SMMLV.

La sumatoria del valor de los contratos aportados como experiencia habilitante deberá corresponder al 100% del valor del presupuesto oficial estimado expresado en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigente (SMLMV).

Tratándose de proponentes plurales se tendrá en cuenta lo siguiente: i) uno de los integrantes debe aportar como mínimo el cincuenta por ciento (50 %) de la experiencia mínima exigida; ii) los demás integrantes deben acreditar al menos el cinco por ciento (5 %) de la experiencia mínima exigida; y iii) sin perjuicio de lo anterior, solo uno (1) de los integrantes, si así lo considera pertinente, podrá no acreditar experiencia. En este último caso, el porcentaje de participación del integrante que no aporta experiencia en la estructura plural no podrá superar el cinco por ciento (5 %).

Estos porcentajes de experiencia mínima que cumplirán los integrantes del proponente plural, bastará acreditarlos con contratos que cumplan con el requisito de experiencia general exigida en las bases del proceso y se calcularán sobre el “valor mínimo a certificar (como % del Presupuesto Oficial de obra expresado en SMMLV)”

Independientemente de el o los integrantes del proponente plural que aporten contratos para acreditar la experiencia, estos se tendrán en cuenta para calcular el "Número de contratos con los cuales el Proponente cumple la experiencia acreditada"

Cuando los contratos que se pretenden acreditar como experiencia hayan sido ejecutados en consorcio o unión temporal, el porcentaje de participación del integrante será el registrado en el RUP de estos.

Los contratos aportados deben estar debidamente inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), de lo contrario no se tendrán en cuenta. Cada uno de contratos aportados deberá estar inscritos en todos los códigos de la clasificación UNSPSC, que se relación a continuación:

Segmento Familia Clase
72000000 72120000 72121000
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción de edificaciones no residenciales Servicios de Construcción de edificios industriales y bodegas nuevas.
72000000 72120000 72121100
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción de edificaciones no residenciales Servicios de construcción de edificios comerciales y de oficina
72000000 72140000 72141500
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción pesada. Servicios de preparación de tierras
72000000 72140000 72141100
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción pesada. Servicios de construcción y revestimiento y pavimentación de infraestructura.

El Registro Único de Proponentes (RUP) deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre.

LA EXPERIENCIA DEL OFERENTE SE ACREDITARÁ ADJUNTANDO ALGUNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS DONDE LA INFORMACIÓN CONTENIDA DEBE SER LA SUFICIENTE PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

● FOTOCOPIA DE CERTIFICADOS DE OBRA LEGIBLES DE LOS CONTRATOS EJECUTADOS, QUE SE PRESENTAN PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA, deberán contener como mínimo los siguientes datos:

● Nombre de la entidad contratante, en el evento de contratos con empresas privadas, deberá adjuntar copia de la facturación.
● NIT
● Contratista y NIT, si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación (Documentación consorcial en caso de que no se relacione)
● Valor del Contrato
● Número del contrato
● Fecha de Inicio
● Fecha de Terminación
● Objeto
● Teléfono y dirección de la entidad contratante y/o funcionario que certifica
● Deberá presentar el acta de cantidades del contrato para verificación del área intervenida en los casos que se requiera verificación del área intervenida o cantidades ejecutadas.

FOTOCOPIA LEGIBLE DE LAS ACTAS DE RECIBO FINAL O DE LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS QUE SE PRESENTAN PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA.

- No se tendrán en cuenta contratos en ejecución, ni contratos ejecutados por ADMINISTRACIÓN DELEGADA, los contratos realizados con contratistas delegados deben ser por contratación directa con la entidad beneficiada.

- Para calcular el valor de los contratos en SMMLV se tomará como referencia la fecha del Acta de Liquidación o en su defecto el Acta de recibo final de los mismos.

- No se acepta ningún otro documento para acreditar la experiencia del oferente y no se aceptan auto certificaciones de obras propias.

- No se acepta ningún documento con enmendaduras, y que no contenga como mínimo la información solicitada, o que presente inconsistencias.

- Todas las copias de los documentos presentados deben ser completamente legibles.

- Para los contratos realizados en Consorcio o Unión temporal la experiencia del oferente se determinará multiplicando el valor del contrato a acreditar por el porcentaje de participación de los integrantes.

- En caso de que el contrato acreditado por un Consorcio o Unión Temporal esté conformado por los mismos miembros en nombre y número, de un contrato ejecutado anteriormente la experiencia se tomará en su totalidad.

- Toda la información suministrada deberá ser verificable, por tal razón debe consignarse en el Formulario denominado Experiencia del Oferente de la presente invitación a presentar ofertas, con un número de contacto vigente y habilitado del dueño del proyecto o contratante, para efectuar la verificación correspondiente, (con llamadas o visitas de índole técnico, además de pedir certificaciones a órganos de control para constatar la veracidad de la información). Con dichos formularios el oferente debe presentar todos los documentos exigidos para acreditar la experiencia del oferente.

- La información consignada en el Formulario denominado Experiencia del Oferente debe estar sustentada y corresponder a los documentos entregados por el oferente para acreditar la experiencia. En el caso de inconsistencias entre la información consignada en los formularios y los documentos anexos primarán los últimos siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos.

- Los contratos aportados deben estar debidamente inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), de lo contrario no se tendrán en cuenta.


IPO 125/2023 PROYECTO No. 12387

IAP 7.1

Numeral 2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

Con el fin de garantizar la calidad de la obra y el cumplimiento en la ejecución del contrato, el oferente deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de mínimo cuatro (4) y máximo (6) seis contratos que cumplan con lo siguiente:

DOS (2) CONTRATOS deben tener por objeto CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES, y la sumatoria de estos contratos debe ser mayor o igual al 30% del presupuesto oficial expresado en SMMLV, del presente proceso.

UNO (1) de los contratos aportados deberá pertenecer al GRUPO I INSTITUCIONAL, SUBGRUPO I-4 (SEGURIDAD PUBLICA) DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10 – TITULO K.



UNO (1) CONTRATO debe tener por objeto o actividades referentes a la CONSTRUCCION DE MUROS DE CONTENCIÓN EN CONCRETO O MUROS DE CONTENCION EN TIERRA ARMADA

La sumatoria del valor de los contratos aportados como experiencia habilitante deberá corresponder al 100% del valor del presupuesto oficial estimado expresado en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigente (SMLMV).

Tratándose de proponentes plurales se tendrá en cuenta lo siguiente: i) uno de los integrantes debe aportar como mínimo el cincuenta por ciento (50 %) de la experiencia mínima exigida; ii) los demás integrantes deben acreditar al menos el cinco por ciento (5 %) de la experiencia mínima exigida; y iii) sin perjuicio de lo anterior, solo uno (1) de los integrantes, si así lo considera pertinente, podrá no acreditar experiencia. En este último caso, el porcentaje de participación del integrante que no aporta experiencia en la estructura plural no podrá superar el cinco por ciento (5 %).

Estos porcentajes de experiencia mínima que cumplirán los integrantes del proponente plural, bastará acreditarlos con contratos que cumplan con el requisito de experiencia general exigida en las bases del proceso y se calcularán sobre el “valor mínimo a certificar (como % del Presupuesto Oficial de obra expresado en SMMLV)”

Independientemente de el o los integrantes del proponente plural que aporten contratos para acreditar la experiencia, estos se tendrán en cuenta para calcular el "Número de contratos con los cuales el Proponente cumple la experiencia acreditada"

Cuando los contratos que se pretenden acreditar como experiencia hayan sido ejecutados en consorcio o unión temporal, el porcentaje de participación del integrante será el registrado en el RUP de estos.

Los contratos aportados deben estar debidamente inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), de lo contrario no se tendrán en cuenta. Cada uno de contratos aportados deberá estar inscritos en todos los códigos de la clasificación UNSPSC, que se relación a continuación:

Segmento Familia Clase
72000000 72120000 72121000
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción de edificaciones no residenciales Servicios de Construcción de edificios industriales y bodegas nuevas.
72000000 72120000 72121100
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción de edificaciones no residenciales Servicios de construcción de edificios comerciales y de oficina
72000000 72140000 72141500
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción pesada. Servicios de preparación de tierras
72000000 72140000 72141100
Servicios de Edificación, Construcción de instalaciones y mantenimiento Servicios de construcción pesada. Servicios de construcción y revestimiento y pavimentación de infraestructura.

El Registro Único de Proponentes (RUP) deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre.

LA EXPERIENCIA DEL OFERENTE SE ACREDITARÁ ADJUNTANDO ALGUNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS DONDE LA INFORMACIÓN CONTENIDA DEBE SER LA SUFICIENTE PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

● FOTOCOPIA DE CERTIFICADOS DE OBRA LEGIBLES DE LOS CONTRATOS EJECUTADOS, QUE SE PRESENTAN PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA, deberán contener como mínimo los siguientes datos:

● Nombre de la entidad contratante, en el evento de contratos con empresas privadas, deberá adjuntar copia de la facturación.
● NIT
● Contratista y NIT, si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación (Documentación consorcial en caso que no se relacione)
● Valor del Contrato
● Número del contrato
● Fecha de Inicio
● Fecha de Terminación
● Objeto
● Teléfono y dirección de la entidad contratante y/o funcionario que certifica
● Deberá presentar el acta de cantidades del contrato para verificación del área intervenida en los casos que se requiera verificación del área intervenida o cantidades ejecutadas.

FOTOCOPIA LEGIBLE DE LAS ACTAS DE RECIBO FINAL O DE LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS QUE SE PRESENTAN PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA.

- No se tendrán en cuenta contratos en ejecución, ni contratos ejecutados por ADMINISTRACIÓN DELEGADA, los contratos realizados con contratistas delegados deben ser por contratación directa con la entidad beneficiada.

- Para calcular el valor de los contratos en SMMLV se tomará como referencia la fecha del Acta de Liquidación o en su defecto el Acta de recibo final de los mismos.

- No se acepta ningún otro documento para acreditar la experiencia del oferente y no se aceptan auto-certificaciones de obras propias.

- No se acepta ningún documento con enmendaduras, y que no contenga como mínimo la información solicitada, o que presente inconsistencias.

- Todas las copias de los documentos presentados deben ser completamente legibles.

- Para los contratos realizados en Consorcio o Unión temporal la experiencia del oferente se determinará multiplicando el valor del contrato a acreditar por el porcentaje de participación de los integrantes.

- En caso que el contrato acreditado por un Consorcio o Unión Temporal esté conformado por los mismos miembros en nombre y número, de un contrato ejecutado anteriormente la experiencia se tomará en su totalidad.

- Toda la información suministrada deberá ser verificable, por tal razón debe consignarse en el Formulario denominado Experiencia del Oferente de la presente invitación a presentar ofertas, con un número de contacto vigente y habilitado del dueño del proyecto o contratante, para efectuar la verificación correspondiente, (con llamadas o visitas de índole técnico, además de pedir certificaciones a órganos de control para constatar la veracidad de la información). Con dichos formularios el oferente debe presentar todos los documentos exigidos para acreditar la experiencia del oferente.

- La información consignada en el Formulario denominado Experiencia del Oferente debe estar sustentada y corresponder a los documentos entregados por el oferente para acreditar la experiencia. En el caso de inconsistencias entre la información consignada en los formularios y los documentos anexos primarán los últimos siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos.

- Los contratos aportados deben estar debidamente inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), de lo contrario no se tendrán en cuenta…”

Lo anteriormente señalado despierta las alarmas de esta veeduría por cuanto el proceso en licitación, presuntuosamente está violando el principio de trasparencia por cuanto se evidencia que la entidad ha realizado un cambio en la numeración de un proyecto que se pretendía sacar a licitar en la vigencia 2022 con numero 11220 y ahora se presenta con número 12387 en la vigencia 2023, ¿a qué se debe este cambio de numeración?, ¿qué paso y por qué se cerró este proceso en la vigencia 2022?.

4. Por ultimo y no menos importante esta curaduría solicita se explique el por qué la licencia de construcción del proceso sufrió una ampliación o prorroga por un año más en el primer pliego del 2022 se presentaba “Resolución de Licenciamiento N° 060 del 09 de marzo de 2021” y en el segundo de la vigencia 2023 se presenta “Resolución de Licenciamiento No 060 del 09 de marzo de 2021 y resolución No. 107 del 09 de mayo de 2023, prorrogada mediante resolución No. 107 del 09 de mayo de 2023 por un plazo de doce (12) meses adicionales” si bien es cierto las licencias se pueden prorrogar por un año más SIEMPRE Y CUANDO LA OBRA SE ENCUENTRE EN EJECUCIÓN y los términos de ejecución esta superen los términos de la licencia otorgada por la secretaria de planeación o curaduría que autorice la construcción de esta como sé que se obtuvo esta licencia sin cumplir con los requisitos del decreto nacional 1077 del 26 de mayo de 2015, quien asumiría los costos de la expedición de esta ampliación por cuanto este proyecto según la Resolución de Licenciamiento No 060 del 09 de marzo de 2021ya cumplía con los términos técnicos y legales para su construcción y se encuentra hasta la vigencia 2023 en proceso de licitación?.

Agradecemos a la Industria Militar asignar a quien corresponda la aclaración de dudas presentadas a los pliegos de condiciones IPO 125/2023 PROYECTO No. 12387 y la variación de los documentos ya que es evidente el presunto direccionamiento del proceso y el favorecimiento a los grandes capitales de la construcción sesgando de esta manera la presentación a este proceso, de lo contrario procederemos a la impugnación del proceso de contratación IPO 125/2023 PROYECTO No. 12387 y a sus adjudicatarios.


Cordialmente,


Dr. Ignacio Alfonso Mahecha Ortiz.
Veedor ciudadano Pradera Valle del Cauca.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 31-05-2023 20:33:53
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo,

Apreciada Entidad;

Se solicita aclarar las siguiente observación:

Según las bases definitivas respecto al factor técnico adicional 150 puntos establece lo siguiente: El oferente que ofrezca un profesional con especialización en redes hidrosanitarias o afines para el apoyo técnico en obra durante la ejecución de esta actividad.

En caso de ofrecer este profesional se requiere acredite 2 contratos donde se evidencien su participación como ESPECIALISTA en la construcción de redes hidrosanitarias o en la adecuación de redes hidrosanitarias. Para la suscripción del acta de inicio, la interventoría verificará el cumplimiento de este criterio (en caso de ser ofertado).

Respecto a este requerimiento aclarar si se debe aportar la hoja de vida del profesional con sus respectivos soportes académicos y de experiencia o para la asignación del respectivo puntaje solo se debe aportar carta de compromiso suscrita por el representante legal en donde manifiesta que va a ofrecer dicho profesional sin ningún costo para la Entidad y que su respectiva documentación será presentada a la interventoría del contrato con el acta de inicio.

Agradecemos la atención prestada y quedamos atentos a respuestas positivas ante nuestra observación.

 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 31-05-2023 16:31:18
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Buenas tardes señores INDUMIL la siguiente observación se realiza en base a lo siguiente:

Revisando el pliego de condiciones del proceso IPO 125/2023:

1. Observación: el monto del contrato según presupuesto oficial publicado es de “NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL SIETE PESOS MONEDA CORRIENTE ($9.638.319.007) incluido AIU, IVA y demás impuestos a que haya lugar, discriminados así:

No. Certificado de Disponibilidad Presupuestal Vigencia Valor
2000008028 del 08 de mayo de 2023 2023 $ 6.264.907.355
2200001225 del 08 de mayo de 2023 2024 $ 3.373.411.652
TOTAL $ 9.638.319.007

En consecuencia de lo anterior se evidencia que el proceso de contratación esta supeditado a dos vigencias presupuestales en los años 2023 y 2024 como se evidencia en el cuadro citado en la 18 del documento Bases Definitivas.

Por esto se solicita cordialmente a la entidad tener en cuenta o se contemple el anticipo del 40% del valor del contrato debido a que al estar con vigencias futuras el presupuesto, se debera esperar a la liberacion del presupuesto anual de la entidad para la vigencia 2024, lo que quiere decir que en los meses de enero y febrero no se podran realizar los pagos de las actas parciales de obra correspondientes, esta observación se realiza debido a que en nuestra experiencia en procesos con vigencias futuras con entidades estatales estos pagos se estarian recibiendo finalizando el primer trimestre del año 2024, lo que generaria un desbalance economico de la obra al tener que ser financiada en un 35% en su etapa de finalización y teniendo en cuenta que el plazo de ejecución es de 6 meses despues de la revisión de los diseños hace economicamente inviable los indicadores de inversion del proyecto IPO 125/2023 PROYECTO No. 12387.
Ademas de lo anterior expuesto se debera evaluar que en caso de constituirse una cuenta por pagar del No. Certificado de Disponibilidad Presupuestal 2000008028 del 08 de mayo de 2023 este dinero tambien estaria supeditado a la liberacion de presupuesto de la vigencia 2024.


Por esto se hace necesario que la entidad haga una evaluación financiera consiente para que el objeto del contrato sea viable en su ejecución al estar compartido el presupuesto en dos vigencias presupuestales.

Cordialmente,

Licitaciones constructora A5
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 01-06-2023 08:58:09
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo,

Apreciada Entidad, solicitamos publicar la lista de los oferentes habilitados para realizar la visita técnica obligatoria, teniendo en cuenta que según lo estipulado por las bases definitivas numeral 1 - VISITA TÉCNICA, se debió haber enviado mínimo 24 horas antes de la visita, los datos personales (Nombre completo, C.C, Empresa, Cargo que desempeña).

Teniendo en cuenta que la misma es un requisito habilitante, solicitamos a la Entidad dar conocimiento de los proponentes que pueden asistir a la misma.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 01-06-2023 10:16:17
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Solicito se aclare como se evaluaran los indicadores financieros de un consorcio ya que no es claro en las bases definitivas.
Solicitamos se tenga en cuenta la entrega de anticipo ya que el proceso tiene dos vigencias
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 02-06-2023 12:16:07
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo, por medio de la presente me permito solicitarle a la entidad publicar en debida forma los formatos para acreditar el factor de discapacidad, el factor por emprendimientos de mujeres y señalar en forma expresa como se acredita la condición mipyme de las empresas, ya que los formatos que están incluidos en el pliego de condiciones están diseñados para acreditar criterios de desempate;
En necesario publicar estos formatos para no generar confusión en los oferentes y que por algún formalismo no se otorguen los puntajes correspondientes; se podrían tomar como guía los formatos que para acreditar estas condiciones señala Colombia compra eficiente en los pliegos tipo.

para el caso de la condición mipyme las guias de Colombia compra eficiente y sus pliegos señalan que esta se demuestra con el rup, por lo que este seria el medio idóneo para demostrar la condición requerida.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 03-06-2023 10:31:12
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Apreciada Entidad,

Teniendo en cuenta la complejidad del proceso de contratación y los requisitos que se solicitan para poder presentar una oferta acorde a lo que la Entidad esta estipulando en las bases definitivas.

Solicitamos que la fecha de cierre sea corrida para el día 16 de Junio de 2023 a las 3:00 pm.


Agradezco la atención prestada.
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 08:57:38
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores INDUMIL.

Buenas tardes

Teniendo en cuenta la observación realizada conforme a la necesidad del anticipo por las dos vigencias presupuestales que presenta el proyecto, el cual debería de ser del 35%, para poder apalancar los gastos iniciales del proyecto amablemente solicito a la entidad, presentar el cronograma de inversiones y de trabajo del proyecto con el fin de poder visualizar el flujo de inversión del proyecto durante la etapa de terminación propuesta, es decir los meses de agosto septiembre octubre noviembre diciembre enero febrero y mazo, atendiendo el cronograma puesto en las Bases Definitivas en donde se propone una fecha de inicio 28 de agosto de 2023.

De igual manera se solicita a la Entidad prorrogar el cierre del proceso teniendo en cuenta que las observaciones serán dadas el día viernes 9 de junio de 2023 y los días siguientes 10, 11 y 12 de junio son días no hábiles lo que genera una imposibilidad de presentación de oferta al quedar solo medio día hábil posterior a la publicación de la respuesta de observaciones.



 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 05-06-2023 13:25:34
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Buenas tardes, Por favor solicitamos aclarar lo siguiente:

El pliego de condiciones establece los siguiente: C. Documentos de la Oferta (a) El Sobre 1, que contendrá el soporte documental (La carta de presentación de la propuesta, que se diligenciará en el formato que corresponde al Anexo 1,(...).. Este sobre contendrá los formularios del Anexo 2.

(b) El Sobre 2, que contendrá la Oferta Técnica. Este sobre contendrá el Anexo 3.
(c) El Sobre 3, que contendrá la Oferta Económica. Este sobre contendrá el Anexo 4.

Observación 1: si nos dirigimos al anexo 2 este del pliego este indica que: CERTIFICACION CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y/O PLANOS SUMINISTRADOS. El anexo 3 indica que es la oferta económica, y el anexo 4 INFORMACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL” ¿Cuál es la documentación exacta que debe ir en el sobre 1, 2 y 3, ya que las indicaciones suministradas son ambiguas?

Observación 2: La entidad indumil, tiene algún formato para creación de proponentes plurales establecidos o este debe ser creado a consideración propia por el oferente?.

Los pliegos de condiciones en su numeral 6 B. Objeto y Alcance de la Contratación: De conformidad con las presentes bases de invitación a presentar ofertas, INDUMIL ... (...) cuyas especificaciones técnicas se describen en el Anexo 7 y serán de obligatorio cumplimiento so pena de rechazo de las ofertas, en el literal 15, 15.1 Con el fin de establecer la conformidad técnica de los bienes ofrecidos con las especificaciones técnicas descritas en el Anexo 7, los Proponentes deberán diligenciar (los) formulario(s) del Anexo 3 y proporcionar los soportes adicionales que requieran los DDI, todo lo anterior, se incluirá en el Sobre 2 “Oferta Técnica”.

Observación 3. No existe en los pliegos un anexo 7. Por favor confirmar cual es el Anexo 7, y el anexo 3 es la oferta económica según los pliegos.

Así mismo solicitamos aclarar cuales son los documentos o formulario del anexo 3 que acompañan la oferta técnica?.

por favor aclarar Los documentos puntuables en que sobre se adjuntan?.

Observación 4: CAPACIDAD PATRIMONIAL:
Para los efectos aquí previstos se entiende por capacidad patrimonial o patrimonio neto la diferencia entre activos y pasivos. El proponente deberá acreditar una capacidad patrimonial mínima que compruebe su posibilidad real de asumir el costo que le representa la ejecución del contrato.

formula: CPR = VTP x N Donde:
CPR = Capacidad patrimonial requerida que debe ser acreditada en cada caso.
VTP = Valor total del presupuesto oficial
N = 50% para bienes

Que significa 50% para vienes? por favor aclarar.
En caso de consorcios, La suma de todos los activos totales menos la resta de todos los pasivos totales de los integrantes, me da el patrimonio total del oferente y/o consorcio, en este caso esta suma de patrimonio debe ser igual o mayor al 50% del prepuesto oficial ? a eso se refieren con N= 50% para vienes?.

Observación 5: los anexos como: “COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN”. y otros que indican En caso de oferentes plurales, (deben suscribirlo los representantes legales de los integrantes que conforman el consorcio o la unión temporal.), es un formato firmado por cada uno de los integrantes, o es un solo formato donde los firmen todos los integrantes, de manera conjunta?.

Observación 6: F. Condiciones especiales para la propuesta..(..)..De acuerdo a oficio No 01.309.290. del 13 de julio de 2012 la Gerencia General De La Industria Militar informa a todos los proveedores:
"Es obligatorio la inscripción y el registro en el Directorio de Proveedores, a través de la página ..(...)... Esto es para el consorcio ? o se debe inscribir cada uno de los integrantes y también el consorcio?.

Observación 7: NOTA 1: las propuestas originales se deben entregar foliadas en su totalidad. Por favor aclarar si se debe foliar desde el 01 hasta el final con un solo consecutivo de todos los 3 sobres que exigen. o Cada sobre debe llevar su consecutivo iniciando en 01?.

Por ultimo por favor aclarar cada formato y anexo que se firma por parte de los oferentes en que sobre se incluye. Gracias










 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 02-06-2023 14:44:27
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo

El presente mensaje es para solicitar información de planos y render del proceso 125/2023, ya que en la visita realizada el día viernes 2 de junio se indico que se solicitaban por medio de las observaciones.

Gracias

Cordialmente
Karen Suarez
Auxiliar de licitación INTRICON S.A
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 05-06-2023 09:39:54
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Respecto al proceso No 125, os permitimos de manera muy atenta solicitar a la entidad:

1. Indicadores Financieros: Para uniones temporales y/o consorcios sean calculados como la sumatoria de cada uno de los indicadores de cada miembro del oferente plural.

2. Experiencia: Nos permitimos solicitar que los contratos aportados para la experiencia esten inscritos en al menos dos de los cuatro codigo UNSPSC, esto con la finalidad de permitir la pluralidad de oferentes, adicionalmente teniendo en cuenta que para acreditar la experiencia se deberan allegar certificaciones de experiencia.

Gracias.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 09:50:02
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Buen día,


Se solicita a la Entidad eliminar del formato de carta de presentación el texto FABRICANTE Y AÑO DE FABRICACIÓN, dado a que el mismo no aplica para el proceso en mención, teniendo en cuenta también que en las bases definitivas tampoco relacionada nada con dicho texto.

Igualmente, se solicita que para el formato COMPROMISOS DEL OFERENTE, en su numero F. COMPROMISO DEBIDA DILIGENCIA DEL OFERENTE eliminar del mismo el siguiente texto: y distribución del país de origen ______________________ (especificar lugar de origen de los bienes ofrecidos).

Ya que el mismo en los pliegos tampoco esta especificado y solo se evidencia en este formato, lo que tampoco aplica para el proceso de referencia.

Quedo atento a respuestas positivas.

 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 08:58:15
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores INDUMIL.

Buenas tardes

Teniendo en cuenta la observación realizada conforme a la necesidad del anticipo por las dos vigencias presupuestales que presenta el proyecto, el cual debería de ser del 35%, para poder apalancar los gastos iniciales del proyecto amablemente solicito a la entidad, presentar el cronograma de inversiones y de trabajo del proyecto con el fin de poder visualizar el flujo de inversión del proyecto durante la etapa de terminación propuesta, es decir los meses de agosto septiembre octubre noviembre diciembre enero febrero y mazo, atendiendo el cronograma puesto en las Bases Definitivas en donde se propone una fecha de inicio 28 de agosto de 2023.

De igual manera se solicita a la Entidad prorrogar el cierre del proceso teniendo en cuenta que las observaciones serán dadas el día viernes 9 de junio de 2023 y los días siguientes 10, 11 y 12 de junio son días no hábiles lo que genera una imposibilidad de presentación de oferta al quedar solo medio día hábil posterior a la publicación de la respuesta de observaciones.



 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 09-06-2023 13:10:52
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores INDUMIL.

Buenas tardes

Teniendo en cuenta la observación realizadas y que a la hora y fecha de la presente observación, no se ha realizado la publicación del formulario de preguntas y respuestas lo que genera un desierto en la presentación de las ofertas al no tener claridad en las decisiones de la entidad amablemente se solicita ampliar el plazo del cierre de proceso hasta el día martes 20 de junio de 2023 teniendo en cuenta que de las decisiones de la entidad dependen, la expedición de las pólizas las cuales toman un tiempo expedición aproximada de 4 días por esta razón se solicita amablemente tener en cuenta esta observación para garantizar la pluralidad de oferentes del proceso de contratación.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 09-06-2023 12:44:13
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores,
INDUSTRIA NACIONAL

Ref.: IPO 125/2023

Asunto: Observaciones a las bases de invitación a presentar oferta contrato obra civil

Cordial saludo,

Por medio de la presente me permito solicitar a la entidad que por favor sea aplazada la fecha de cierre del proceso quince (15) días hábiles, dado que no se otorga un tiempo para que los oferentes puedan analizar las respuestas a las observaciones que serán publicadas el días de hoy y para la confección y armado de la oferta. (Última fecha de cierre 13 de junio 3pm).

Por otro lado hasta el día de ayer 8 de junio fue entregada a nuestra organización la información técnica en copia controlada del proyecto, por lo tanto no se otorga un plazo razonable para que se pueda analizar la información entregada.


Atentamente,



Luis Rodríguez Alemán.
PROYECTA ARQUITECTOS INGENIEROS SAS
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 12:25:39
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Buena tarde.

Se solicita a la Entidad, eliminar el criterio para experiencias con Entidades privadas en el capitulo en mención al siguiente:

en el evento de contratos con empresas privadas, deberá adjuntar copia de la facturación.

Según lo antes mencionado, si los contratos ejecutados con empresas privadas están reportados en el RUP y el organismo de control que esta encargado de su verificación es cámara de comercio, no se entiende porque la Entidad solicita este requisito si dicha experiencia ya se esta certificando por el RUP y la misma esta verificada por el ente regulador que es cámara de comercio, claramente la información y la documentación es verídica.

La Entidad debe darle el mismo tratamiento tanto a los contratos ejecutados con Entidades públicas como a los contratos con empresas privadas. por tal motivo se solicita eliminar este requerimiento. y que dicha experiencia con Entidades privadas sea acreditada con certificación de contrato y/o contrato y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, dado a que dicha información y/o documentación puede ser verificada en el RUP.

Cordialmente,


OBRAS DE INGENIERIA.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 09-06-2023 12:49:58
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores,
INDUSTRIA NACIONAL

Ref.: IPO 125/2023

Asunto: Observaciones a las bases de invitación a presentar oferta contrato obra civil

Cordial saludo,

Por medio de la presente me permito solicitar a la entidad que por favor sea aplazada la fecha de cierre del proceso quince (15) días hábiles, dado que no se otorga un tiempo para que los oferentes puedan analizar las respuestas a las observaciones que serán publicadas el días de hoy y para la confección y armado de la oferta. (Última fecha de cierre 13 de junio 3pm).

Por otro lado hasta el día de ayer 8 de junio fue entregada a nuestra organización la información técnica en copia controlada del proyecto, por lo tanto no se otorga un plazo razonable para que se pueda analizar la información entregada.


Atentamente,


Luis Rodríguez Alemán.
PROYECTA ARQUITECTOS INGENIEROS SAS
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 17:02:24
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Apreciada Entidad,

Se solicita corregir el ANEXO 2 - CERTIFICACION CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y/O PLANOS SUMINISTRADOS.

Se evidencia que el mismo, no corresponde al proceso de obra, sino que corresponde al proyecto de Interventoría.


Se solicita igualmente, que se publiquen los formatos para puntaje de la empresa de mujer (0.25 puntos), la mipyme (0.25 puntos), personal con discapacidad (10 puntos), evidenciando que la Entidad solo publico los formatos pero para criterio de desempate, no para puntaje o para teniendo en cuenta esto, solicitamos que se puedan acreditar los formatos de pliego tipo que son los formatos generales - básicos para este tema de puntaje.

Se solicita aclarar como se van a calcular los indicadores financieros en figuras asociativas dado a que el pliego definitivo no es claro.

Por tanto se hace énfasis que se permita calcular los indicadores financieros por las suma de los componentes de los indicadores de todos los integrantes.


se solicita modificar la carta de presentación de la oferta en su opción: FABRICANTE.

Se solicita eliminar del formato compromisos del oferente, en la parte de bienes a suministrar el pais de origen.


Atentamente,


ADRIANA SANCHEZ

 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 14-06-2023 11:36:07
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Reciban de nuestra parte un cordial saludo estimados, por medio de la presente, la empresa MECM PROFESIONALES CONTRATISTAS S.A.S en Panamá muestra interés en participar en el proceso descrito en la referencia, por tal razón, les solicitamos muy respetuosamente, de ser posible, un aplazamiento de 15 días hábiles para presentar la propuesta del proyecto descrito.

 
Comentarios    
de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 14-06-2023 11:44:08
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Reciban de nuestra parte un cordial saludo estimados, por medio de la presente, la empresa MECM PROFESIONALES CONTRATISTAS S.A.S en Panamá muestra interés en participar en el proceso descrito en la referencia, por tal razón, les solicitamos muy respetuosamente, de ser posible, un aplazamiento de 15 días hábiles para presentar la propuesta del proyecto descrito.
 
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de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 14-06-2023 12:25:42
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Reciban de nuestra parte un cordial saludo estimados, por medio de la presente, la empresa MECM PROFESIONALES CONTRATISTAS S.A.S muestra interés en participar en el proceso descrito en la referencia, por tal razón, les solicitamos muy respetuosamente, de ser posible, un aplazamiento de 15 días hábiles para presentar la propuesta del proyecto descrito.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 11:27:10
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores,
INDUSTRIA NACIONAL

Ref.: IPO 125/2023

Asunto: Observaciones al borrador bases invitación a presentar oferta contrato obra civil

Cordial saludo,

Con la presente, realizamos las siguientes observaciones a los términos de condiciones:

- Dentro de los requisitos financieros solicitados por la entidad se señalan que se deben entregar con la oferta los estados de la situación financiera y estado de resultados integral de los últimos 3 años, con corte a 31 de diciembre de cada vigencia”

Negrilla y subrayado fuera de texto

De acuerdo a lo anterior, ¿La entidad evaluara los indicadores financieros de los oferentes tomando la información financiera del mejor año fiscal de los últimos tres (3) cortes?

también aclarar por favor, como se realizará esta evaluación en el caso de consorcios o uniones temporales, ¿se podrá tomar diferentes años fiscales para los integrantes del consorcio?

- Por favor aclarar la formula aritmética que se empleara para calcular los indicadores financieros en caso de proponente plural.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” pagina 27, numeral IAP 7.1 LA FORMA DE PAGO ES:

“El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra en porcentaje cerrado, una vez sean recibido a satisfacción y aprobados por a la interventoría, lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

Por favor aclarar, cuál será la metodología de elaboración de los “avances de obra en porcentaje cerrado”

Se sugiere incrustar el siguiente texto, el cual servirá para dejar clara la forma de pago entre las partes.

“El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra, el cual será calculado con la sumatoria aritmética de las cantidades recibidas a satisfacción y aprobadas por la interventoría, multiplicadas por el precio unitario ofertado. A la suma aritmética citada anteriormente, se le sumaran los porcentajes de AIU e IVA. Lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual.”

- ¿Cuáles serán los impuestos y porcentajes que serán descontados de las facturas del contratista? Lo anterior, para formular la oferta económica.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” pagina 27, numeral IAP 7.1 LA FORMA DE PAGO ES:

“Los pagos se realizarán mediante presentación de la factura comercial electrónica, pagadera dentro de los (30) días contados a partir de la fecha de radicación en el correo electrónico facturacion.indumil@indumil.gov.co, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:”

Por favor aclarar, si el texto citado anteriormente se refiere a días calendario.

- Por favor aclarar si en el presente proceso se acepta la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes de las personas jurídicas con más de tres (3) años de constituidas que la hayan conservado en el RUP, esto de acuerdo con el Concepto C – 578 de 2020 de Colombia compra eficiente en donde se menciona lo siguiente:

“(…) De conformidad con la posición adoptada por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente a partir del concepto con radicado No. 4201913000006797 del 19 de noviembre de 2019, es posible que las sociedades de reciente creación que, en aplicación del beneficio establecido en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, hayan inscrito la experiencia de sus socios o accionistas en el RUP, puedan seguir acreditando dicha experiencia en los procedimientos de selección, aun después de cumplidos los 3 años de constitución, siempre que no hayan cesado los efectos del RUP por el incumplimiento del deber de renovación.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

- Por favor aclarar: Se debe entregar con la oferta la totalidad de profesionales señalados en el numeral de “EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES”

Esto, con el objeto que la entidad pueda evaluar la disponibilidad del personal desde el momento de presentación de la oferta y además, coadyuvará en optimizar los tiempos de legalización del contrato.

- Para otorgar los 100 puntos por industria nacional, ¿una persona jurídica debe presentar el formato de apoyo a la industria nacional? Lo anterior, porque las bases de la invitación señalan que para la obtención del puntaje por servicios nacionales únicamente se deben presentar los documentos señalados en el numeral “1. PROMOCIÓN DE SERVICIOS NACIONALES O CON TRATO NACIONAL” y por otro lado, el formato señala que se debe marcar con una X si es “Oferente Nacional o considerado como Nacional”.

Por favor modificar el formato de industria nacional, con el objeto de sea congruente con el pliego de condiciones y así evitar, inducir al error a los futuros proponentes.


- Matriz de Riesgos:

o Riesgo No. 3 “Deficiencias en la elaboración de la propuesta por parte del oferente (futuro contratista de obra) a la Entidad durante el proceso de selección.”

Si bien, le corresponde al contratista la revisión de los estudios técnicos publicados por la entidad, la elaboración del presupuesto y toda la consultoría del proyecto fue ejecutada por parte de la entidad contratante. Además, se debe tener presente que, los pliegos de condiciones limitan la presentación de la oferta, dado que, no es posible exceder el presupuesto oficial ni el valor unitario. Por ende, la responsabilidad de dicho riesgo también debe ser atribuible a la entidad.

o Riesgo No. 21 “Alteraciones y cambios en el Tipo de cambio, Tasa de interés, Curva de Inflación, variaciones en el comercio, medidas y trámites de Importaciones y exportaciones, Oferta o demanda de materias o servicios necesarios para el proyecto o requeridos para la ejecución del contrato, disponibilidad y costo de mano de obra.”

Si bien, el contratista dentro de su planeación debe prever futuros cambios económicos que puedan presentar en el proyecto, también es cierto que dicho riesgo es un riesgo imprevisible y por lo tanto el CONPES 3714 dispone “indicar que los riesgos causados por la naturaleza son, como es lógico pensar, ajenos a la intervención humana y a su control.” Por ende, se solicita atribuir este riesgo para entre las partes, con el objeto de llevar a buen término la ejecución del contrato.

o Se solicita designar, evaluar y cuantificar los siguientes riesgos los cuales se consideran igual como fue sustentado en el riesgo No. 21 designar su responsabilidad para entre las partes:
 Riesgo asociado con los cambios tributarios, aumento de impuestos, IPC, aumento del SMMLV o aumento en los índices de construcción de Camacol. Esto es importante dado que, el contrato se terminará en el año 2.024 por ende, va a sufrir los cambios tributarios producidos por el cambio de vigencia de año.

Se sugiere como tratamiento, establecer fórmulas de reajustes al contrato, pueden tomar como base, las establecidas por el IDU o el EAAB.

 Riesgo asociado en el evento que, por situaciones ajenas a las partes, se requiera realizar un ajuste, modificación o diseño nuevo en los sitios de las obras. Se sugiere atribuir dicho riesgo a Indumil y su consultor.

 Riesgo asociado en el evento que, se cambie los aspectos físicos del suelo, como porcentaje de agua, altura del nivel freático, corte directo, tamizado etc. Esto dado que, la consultoría se suscribió en el año 2.019 y se pueden presentar los cambios en el suelo debido a las precipitaciones de la zona o porque las obras a ejecutar son colindantes a un cuerpo de agua (lago). Se sugiere atribuir dicho riesgo entre las partes, para que mancomunadamente se lleve a buen término la ejecución del contrato.

o Se visualiza en la matriz de riesgo, que la asignación de algunos riesgos es distribuida entre Indumil y el futuro contratista. Por favor aclarar, ¿los porcentajes citados se refieren únicamente a la responsabilidad que tiene cada una de las partes, en cuanto a la afrontación de dicho riesgo? O bien, ¿hacen referencia a la distribución de costos en el evento que surja dicho riesgo?
Se coloca como ejemplo el riesgo No. 22, donde se designa 50/50 para cada parte, esto quiere decir que, si el riesgo se valora en un desequilibrio económico equivalente a $100. ¿Cada parte, asumirá 50-50?

Es importante su aclaración objetiva y sustentada de acuerdo con el documento CONPES 3714.


- Por favor publicar los siguientes documentos citados a continuación:
o Cronograma de obra del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.
o análisis de AIU del Contrato de consultoría que dio origen al 23%.
o análisis de precios unitarios del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.
o Memorias de cálculo de cantidades de obra del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.

- Por favor aclarar el siguiente apartado, tomado del archivo “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 23:

“El tiempo indicado para la apropiación de los diseños será asumido por los contratistas del proyecto e interventoría según corresponda, y serán de OBLIGATORIO cumplimiento; así mismo los costos en los que incurra el Contratista hacen parte de su administración.”

El texto, citado se refiere al periodo de aprobación de 1 mes calendario, por otro lado, se citan que los costos de revisión y aprobación serán asumidos tanto por el contratista de obra e interventoria respectivamente.

Por favor aclarar, es que se sobreentiende que el contratista deberá disponer en su administración el rubro para los profesionales de interventoria.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 72:

“El oferente debe contemplar en su oferta el valor del A.I.U. (31%) El porcentaje asignado para la Administración, Imprevistos y Utilidad ES EL RESULTADO DE LA CONSULTORÍA Proyecto 8241, de lo contrario la Industria Militar realizará los ajustes necesarios. El porcentaje asignado para la utilidad no será menor al 5% y para los imprevistos no será menor al 3%. (NO PODRÁ SER ALTERADO EN SUS PARTES, so pena de ser rechazada la oferta).”

Al respecto se solicita permitir modificar los porcentajes de utilidad e imprevistos libremente de acuerdo al análisis de cada proponente, o, en su defecto, dejar un topo mínimo del 3% de utilidad e imprevistos 1%.

El 3% de utilidad es un porcentaje muy común en el mercado al igual que el porcentaje de imprevistos sugerido. De no ser aceptada, por favor, justificar el porcentaje de imprevistos del 3%.

- Con el objeto de prevalecer el equilibrio económico del contrato, por favor restructurar los requisitos del FACTOR DE CALIDAD y TECNICO, que dan lugar a 100 y 389,5 puntos de la ponderación de puntajes. Toda vez que, los requisitos establecidos son excesivos y lesionan el bolsillo del contratista, que además, deberá invertir de su patrimonio para la ejecución del proyecto, dado que, la entidad no contempla anticipo alguno en su forma de pago.

- Por favor incrustar el siguiente texto, en la página 78 del documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf”

“El oferente que se comprometa mediante oficio a realizar una (1) inspección total de la obra a un año de su recepción a satisfacción y asi mismo, se comprometa a atender las observaciones de carácter técnico que den lugar, siempre y cuando, dichas observaciones sean imputables al contratista.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 92, en su cláusula OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA literal 9:

“En caso de ser necesaria la creación de ítems no previstos con base en el costo de los precios básicos de la propuesta en desarrollo del contrato, se deberá presentar para aprobación a la interventoría una justificación técnica debidamente soportada y documentada, firmada por el representante legal del contratista, del nuevo ítem cuya creación se deberá realizar con base en un estudio de mercado y las condiciones técnicas particulares, el cual deberá estar soportado en mínimo tres (3) cotizaciones cuando contemple insumos no incluidos. Siempre se deberá tener en cuenta como base del APU del ítem no previsto los insumos existentes en los APU de los ítems de la propuesta económica ofertada y que sean equiparables con el ítem a incluir; de forma que solo se incluya como nuevo insumo del APU el equipo, material, herramienta transporte, mano de obra o elemento diferencial del ítem no previsto.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

Al respecto, se precisa que dicha obligación no se encuentra materializada de acuerdo con el tratamiento del riesgo No. 22. Toda vez que, como fue arriba sustentado, la fluctuación económica de las actividades (insumos y materiales) será manejada entre las partes. Sin embargo, al leer el texto arriba citado, se entiende que dicho riesgo será asumido por el contratista, al momento de elaboración ítems no previstos. Por tal razón, se solicita modificar esta obligación y dejarla de acuerdo con el riesgo No. 22.

- Se sugiere suprimir la póliza de Calidad de los Bienes, toda vez que, revisado el presupuesto publicado, no se evidencia que los equipos a suministrar sumen el 20% del valor del contrato. Esta sugerencia se realiza con el objeto de que la entidad puede optimizar los recursos de esta costosa garantía en la ejecución de la obra.

Atentamente,

Luis Rodríguez Alemán
PROYECTA ARQUITECTOS INGENIEROS SAS
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 17:24:03
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Solicitamos lo siguiente:

según las bases definitivas establece lo siguiente:

Numeral 15.1 Con el fin de establecer la conformidad técnica de los bienes ofrecidos con las especificaciones técnicas descritas en el Anexo 7, los Proponentes deberán diligenciar (los) formulario(s) del Anexo 3 y proporcionar los soportes adicionales que requieran los DDI, todo lo anterior, se incluirá en el Sobre 2 “Oferta Técnica”.

En los documentos del proceso, no se evidencia ninguna ficha técnica de los bienes a ofrecer, No se evidencia ningún anexo 7 de especificaciones técnicas, Tampoco ningún anexo 3, el anexo 3 aportado por la Entidad es del formato de oferta económica, tampoco se evidencia en ningún documento que toque aportar documentación adicional sobre los bienes ofrecidos.

tampoco se encuentran estos documentos y a que hacen referencia: VER DOCUMENTOS PUBLICADOS EN LA PAGINA WEB COMO DOCUMENTO ADICIONAL SYNERGY 02.722.601, 02.722.605, 02.642.856, 02.722.595.

se la realiza un llamado a la Entidad, con respecto a los precios establecidos, los mismo no son acordes a los precios reales de hoy en día. Por tal motivo se solicita un ajuste a los precios unitarios del proceso, ya que esto generaría perdidas muy considerables y un desbalance en la ejecución del contrato.

Solicitamos, que para la presentación de experiencia con contratos privados suprimir presentar copia de la facturación, no tiene sentido que la Entidad solicite esta documentación, cuando se solicita aportar el RUP en donde se evidencia que los contratos tanto con Entidades publicas y privadas se ejecutaron a satisfacción.







 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 16:46:42
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Respectos Señores;

Revisando el anexo de oferta económica, se puede evidenciar que los precios establecidos por la Entidad no corresponden a los precios reales del mercado.

Los precios establecidos en el formato de oferta económica por parte de la Entidad, están por debajo de los precios del mercado.

Por tanto se solicita que los precios del anexo de oferta económica, sean actualizados a los reales 2023.

DPTO DE LICITACIONES.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 17:29:38
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     según las bases definitivas establece lo siguiente:

Numeral 15.1 Con el fin de establecer la conformidad técnica de los bienes ofrecidos con las especificaciones técnicas descritas en el Anexo 7, los Proponentes deberán diligenciar (los) formulario(s) del Anexo 3 y proporcionar los soportes adicionales que requieran los DDI, todo lo anterior, se incluirá en el Sobre 2 “Oferta Técnica”.

En los documentos del proceso, no se evidencia ninguna ficha técnica de los bienes a ofrecer, No se evidencia ningún anexo 7 de especificaciones técnicas, Tampoco ningún anexo 3, el anexo 3 aportado por la Entidad es del formato de oferta económica, tampoco se evidencia en ningún documento que se tiene que aportar documentación adicional sobre los bienes ofrecidos.

tampoco se encuentran estos documentos y a que hacen referencia: VER DOCUMENTOS PUBLICADOS EN LA PAGINA WEB COMO DOCUMENTO ADICIONAL SYNERGY 02.722.601, 02.722.605, 02.642.856, 02.722.595.

se la realiza un llamado a la Entidad, con respecto a los precios establecidos, los mismo no son acordes a los precios reales de hoy en día. Por tal motivo se solicita un ajuste a los precios unitarios del proceso, ya que esto generaría perdidas muy considerables y un desbalance en la ejecución del contrato.

Solicitamos, que para la presentación de experiencia con contratos privados suprimir presentar copia de la facturación, no tiene sentido que la Entidad solicite esta documentación, cuando se solicita aportar el RUP en donde se evidencia que los contratos tanto con Entidades publicas y privadas se ejecutaron a satisfacción.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 11-07-2023 13:14:12
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL

Ref: Invitación Pública a Ofertar IPO 125/2023 proyecto 12387

Cordial saludo,


Nos permitimos informar a la entidad que el informe de evaluación publicado por ustedes el día de hoy se encuentra incompleto toda vez que el archivo denominado CONCEPTOS PY 12387.pdf solo contiene las páginas impares del documento. Por lo anterior solicitamos a la entidad publicar el archivo en su totalidad para realizar la revisión por parte de los proponentes en debida forma.

Gracias

CONSORCIO SAN JOSE
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 13-06-2023 19:37:46
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo, una vez estudiado el pliego de condiciones definitivo, se solicita que para el profesional residente en seguridad y salud en el trabajo se corrija y se tenga en cuenta la actividad diseño, administracion y ejecución del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo ya que los profesionales que exije la entidad en su licencia tienen es ta actividad y no la de Diseño, administración y ejecución de programas de salud ocupacional; o aclarar si la que aparece en las licencias de los profesionales en seguridad y salud en el trabajo, es valida ya que estos son quienes por norma deben realizar estas actividades.
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 07-06-2023 11:27:11
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Señores,
INDUSTRIA NACIONAL

Ref.: IPO 125/2023

Asunto: Observaciones al borrador bases invitación a presentar oferta contrato obra civil

Cordial saludo,

Con la presente, realizamos las siguientes observaciones a los términos de condiciones:

- Dentro de los requisitos financieros solicitados por la entidad se señalan que se deben entregar con la oferta los estados de la situación financiera y estado de resultados integral de los últimos 3 años, con corte a 31 de diciembre de cada vigencia”

Negrilla y subrayado fuera de texto

De acuerdo a lo anterior, ¿La entidad evaluara los indicadores financieros de los oferentes tomando la información financiera del mejor año fiscal de los últimos tres (3) cortes?

también aclarar por favor, como se realizará esta evaluación en el caso de consorcios o uniones temporales, ¿se podrá tomar diferentes años fiscales para los integrantes del consorcio?

- Por favor aclarar la formula aritmética que se empleara para calcular los indicadores financieros en caso de proponente plural.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” pagina 27, numeral IAP 7.1 LA FORMA DE PAGO ES:

“El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra en porcentaje cerrado, una vez sean recibido a satisfacción y aprobados por a la interventoría, lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

Por favor aclarar, cuál será la metodología de elaboración de los “avances de obra en porcentaje cerrado”

Se sugiere incrustar el siguiente texto, el cual servirá para dejar clara la forma de pago entre las partes.

“El noventa por ciento (90%) del valor del contrato, se cancelará mediante cortes mensuales de avance de obra, el cual será calculado con la sumatoria aritmética de las cantidades recibidas a satisfacción y aprobadas por la interventoría, multiplicadas por el precio unitario ofertado. A la suma aritmética citada anteriormente, se le sumaran los porcentajes de AIU e IVA. Lo anterior para ser tramitados ante el supervisor de la Industria Militar y proceder al pago mensual.”

- ¿Cuáles serán los impuestos y porcentajes que serán descontados de las facturas del contratista? Lo anterior, para formular la oferta económica.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” pagina 27, numeral IAP 7.1 LA FORMA DE PAGO ES:

“Los pagos se realizarán mediante presentación de la factura comercial electrónica, pagadera dentro de los (30) días contados a partir de la fecha de radicación en el correo electrónico facturacion.indumil@indumil.gov.co, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:”

Por favor aclarar, si el texto citado anteriormente se refiere a días calendario.

- Por favor aclarar si en el presente proceso se acepta la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes de las personas jurídicas con más de tres (3) años de constituidas que la hayan conservado en el RUP, esto de acuerdo con el Concepto C – 578 de 2020 de Colombia compra eficiente en donde se menciona lo siguiente:

“(…) De conformidad con la posición adoptada por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente a partir del concepto con radicado No. 4201913000006797 del 19 de noviembre de 2019, es posible que las sociedades de reciente creación que, en aplicación del beneficio establecido en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, hayan inscrito la experiencia de sus socios o accionistas en el RUP, puedan seguir acreditando dicha experiencia en los procedimientos de selección, aun después de cumplidos los 3 años de constitución, siempre que no hayan cesado los efectos del RUP por el incumplimiento del deber de renovación.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

- Por favor aclarar: Se debe entregar con la oferta la totalidad de profesionales señalados en el numeral de “EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES”

Esto, con el objeto que la entidad pueda evaluar la disponibilidad del personal desde el momento de presentación de la oferta y además, coadyuvará en optimizar los tiempos de legalización del contrato.

- Para otorgar los 100 puntos por industria nacional, ¿una persona jurídica debe presentar el formato de apoyo a la industria nacional? Lo anterior, porque las bases de la invitación señalan que para la obtención del puntaje por servicios nacionales únicamente se deben presentar los documentos señalados en el numeral “1. PROMOCIÓN DE SERVICIOS NACIONALES O CON TRATO NACIONAL” y por otro lado, el formato señala que se debe marcar con una X si es “Oferente Nacional o considerado como Nacional”.

Por favor modificar el formato de industria nacional, con el objeto de sea congruente con el pliego de condiciones y así evitar, inducir al error a los futuros proponentes.


- Matriz de Riesgos:

o Riesgo No. 3 “Deficiencias en la elaboración de la propuesta por parte del oferente (futuro contratista de obra) a la Entidad durante el proceso de selección.”

Si bien, le corresponde al contratista la revisión de los estudios técnicos publicados por la entidad, la elaboración del presupuesto y toda la consultoría del proyecto fue ejecutada por parte de la entidad contratante. Además, se debe tener presente que, los pliegos de condiciones limitan la presentación de la oferta, dado que, no es posible exceder el presupuesto oficial ni el valor unitario. Por ende, la responsabilidad de dicho riesgo también debe ser atribuible a la entidad.

o Riesgo No. 21 “Alteraciones y cambios en el Tipo de cambio, Tasa de interés, Curva de Inflación, variaciones en el comercio, medidas y trámites de Importaciones y exportaciones, Oferta o demanda de materias o servicios necesarios para el proyecto o requeridos para la ejecución del contrato, disponibilidad y costo de mano de obra.”

Si bien, el contratista dentro de su planeación debe prever futuros cambios económicos que puedan presentar en el proyecto, también es cierto que dicho riesgo es un riesgo imprevisible y por lo tanto el CONPES 3714 dispone “indicar que los riesgos causados por la naturaleza son, como es lógico pensar, ajenos a la intervención humana y a su control.” Por ende, se solicita atribuir este riesgo para entre las partes, con el objeto de llevar a buen término la ejecución del contrato.

o Se solicita designar, evaluar y cuantificar los siguientes riesgos los cuales se consideran igual como fue sustentado en el riesgo No. 21 designar su responsabilidad para entre las partes:
 Riesgo asociado con los cambios tributarios, aumento de impuestos, IPC, aumento del SMMLV o aumento en los índices de construcción de Camacol. Esto es importante dado que, el contrato se terminará en el año 2.024 por ende, va a sufrir los cambios tributarios producidos por el cambio de vigencia de año.

Se sugiere como tratamiento, establecer fórmulas de reajustes al contrato, pueden tomar como base, las establecidas por el IDU o el EAAB.

 Riesgo asociado en el evento que, por situaciones ajenas a las partes, se requiera realizar un ajuste, modificación o diseño nuevo en los sitios de las obras. Se sugiere atribuir dicho riesgo a Indumil y su consultor.

 Riesgo asociado en el evento que, se cambie los aspectos físicos del suelo, como porcentaje de agua, altura del nivel freático, corte directo, tamizado etc. Esto dado que, la consultoría se suscribió en el año 2.019 y se pueden presentar los cambios en el suelo debido a las precipitaciones de la zona o porque las obras a ejecutar son colindantes a un cuerpo de agua (lago). Se sugiere atribuir dicho riesgo entre las partes, para que mancomunadamente se lleve a buen término la ejecución del contrato.

o Se visualiza en la matriz de riesgo, que la asignación de algunos riesgos es distribuida entre Indumil y el futuro contratista. Por favor aclarar, ¿los porcentajes citados se refieren únicamente a la responsabilidad que tiene cada una de las partes, en cuanto a la afrontación de dicho riesgo? O bien, ¿hacen referencia a la distribución de costos en el evento que surja dicho riesgo?
Se coloca como ejemplo el riesgo No. 22, donde se designa 50/50 para cada parte, esto quiere decir que, si el riesgo se valora en un desequilibrio económico equivalente a $100. ¿Cada parte, asumirá 50-50?

Es importante su aclaración objetiva y sustentada de acuerdo con el documento CONPES 3714.


- Por favor publicar los siguientes documentos citados a continuación:
o Cronograma de obra del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.
o análisis de AIU del Contrato de consultoría que dio origen al 23%.
o análisis de precios unitarios del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.
o Memorias de cálculo de cantidades de obra del Contrato de consultoría No. 3-125/2019.

- Por favor aclarar el siguiente apartado, tomado del archivo “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 23:

“El tiempo indicado para la apropiación de los diseños será asumido por los contratistas del proyecto e interventoría según corresponda, y serán de OBLIGATORIO cumplimiento; así mismo los costos en los que incurra el Contratista hacen parte de su administración.”

El texto, citado se refiere al periodo de aprobación de 1 mes calendario, por otro lado, se citan que los costos de revisión y aprobación serán asumidos tanto por el contratista de obra e interventoria respectivamente.

Por favor aclarar, es que se sobreentiende que el contratista deberá disponer en su administración el rubro para los profesionales de interventoria.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 72:

“El oferente debe contemplar en su oferta el valor del A.I.U. (31%) El porcentaje asignado para la Administración, Imprevistos y Utilidad ES EL RESULTADO DE LA CONSULTORÍA Proyecto 8241, de lo contrario la Industria Militar realizará los ajustes necesarios. El porcentaje asignado para la utilidad no será menor al 5% y para los imprevistos no será menor al 3%. (NO PODRÁ SER ALTERADO EN SUS PARTES, so pena de ser rechazada la oferta).”

Al respecto se solicita permitir modificar los porcentajes de utilidad e imprevistos libremente de acuerdo al análisis de cada proponente, o, en su defecto, dejar un topo mínimo del 3% de utilidad e imprevistos 1%.

El 3% de utilidad es un porcentaje muy común en el mercado al igual que el porcentaje de imprevistos sugerido. De no ser aceptada, por favor, justificar el porcentaje de imprevistos del 3%.

- Con el objeto de prevalecer el equilibrio económico del contrato, por favor restructurar los requisitos del FACTOR DE CALIDAD y TECNICO, que dan lugar a 100 y 389,5 puntos de la ponderación de puntajes. Toda vez que, los requisitos establecidos son excesivos y lesionan el bolsillo del contratista, que además, deberá invertir de su patrimonio para la ejecución del proyecto, dado que, la entidad no contempla anticipo alguno en su forma de pago.

- Por favor incrustar el siguiente texto, en la página 78 del documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf”

“El oferente que se comprometa mediante oficio a realizar una (1) inspección total de la obra a un año de su recepción a satisfacción y asi mismo, se comprometa a atender las observaciones de carácter técnico que den lugar, siempre y cuando, dichas observaciones sean imputables al contratista.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

- Señala el documento “DEFINITIVO BASES IPO 125 2023 PROYECTO 12387.pdf” página 92, en su cláusula OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA literal 9:

“En caso de ser necesaria la creación de ítems no previstos con base en el costo de los precios básicos de la propuesta en desarrollo del contrato, se deberá presentar para aprobación a la interventoría una justificación técnica debidamente soportada y documentada, firmada por el representante legal del contratista, del nuevo ítem cuya creación se deberá realizar con base en un estudio de mercado y las condiciones técnicas particulares, el cual deberá estar soportado en mínimo tres (3) cotizaciones cuando contemple insumos no incluidos. Siempre se deberá tener en cuenta como base del APU del ítem no previsto los insumos existentes en los APU de los ítems de la propuesta económica ofertada y que sean equiparables con el ítem a incluir; de forma que solo se incluya como nuevo insumo del APU el equipo, material, herramienta transporte, mano de obra o elemento diferencial del ítem no previsto.”

Negrilla y subrayado fuera de texto.

Al respecto, se precisa que dicha obligación no se encuentra materializada de acuerdo con el tratamiento del riesgo No. 22. Toda vez que, como fue arriba sustentado, la fluctuación económica de las actividades (insumos y materiales) será manejada entre las partes. Sin embargo, al leer el texto arriba citado, se entiende que dicho riesgo será asumido por el contratista, al momento de elaboración ítems no previstos. Por tal razón, se solicita modificar esta obligación y dejarla de acuerdo con el riesgo No. 22.

- Se sugiere suprimir la póliza de Calidad de los Bienes, toda vez que, revisado el presupuesto publicado, no se evidencia que los equipos a suministrar sumen el 20% del valor del contrato. Esta sugerencia se realiza con el objeto de que la entidad puede optimizar los recursos de esta costosa garantía en la ejecución de la obra.

Atentamente,

Luis Rodríguez Alemán
PROYECTA ARQUITECTOS INGENIEROS SAS
 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 13-06-2023 10:36:55
 
Actividad     BASES DEFINITIVAS Y RECEPCIÓN DE OFERTAS
 
Observaciones al Proceso     Buenos días, dentro del termino establecido me permito solicitarle a la entidad aclarar con respecto a la experiencia habilitante para el contrato de orden 3 que textualmente señala
UNO (1) de los contratos aportados deberá pertenecer al GRUPO I INSTITUCIONAL, SUBGRUPO I-4 (SEGURIDAD PUBLICA) DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10 – TITULO K.


Aclarar o especificar si para acreditar este contrato es admisible experiencia enmarcada dentro del grupo institucional k.2.6 que tenga por objeto o incluya actividades de mantenimiento de edificaciones, en vista de las clasificaciones solicitadas: 721210, 721211, 721415 y 721411 y de las actividades a ejecutar en el desarrollo del contrato,

Atentamente

juan francisco morales
 
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de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 11-07-2023 13:26:46
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL

Ref: Invitación Pública a Ofertar IPO 125/2023 proyecto 12387

Cordial saludo,

De acuerdo con el informe de evaluación del proceso de la referencia, nos permitimos informar a la entidad que el archivo denominado CONCEPTOS PY 12387.pdf se encuentra incompleto debido a que solo contiene las páginas impares del documento por lo que no se puede realizar la revisión del informe, por lo que solicitamos sea publicado en su totalidad.

Gracias

CONSORCIO SAN JOSE
 
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de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 11-07-2023 13:19:16
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo, por medio de la presente me permito solicitar a la entidad publicar el informe de evaluación completo, ya que el que esta en la página solo incluye las hojas impares.

En espera de su respuesta
 
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de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 11-07-2023 17:38:51
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo; por medio de la presente solicito se permita la revisión de las propuestas presentadas en desarrollo de la invitación de la propuesta, dando cumplimiento al traslado de las evaluaciones establecido en el cronograma ya que según los datos de cierre existe un cambio en el valor de la propuesta del proponente consorcio Bethel; asi las cosas, la persona que asistirá será el señor Andrés Fernando Ramírez Pedraza, , en representación de CONSORCIO CAMPO DE PRUEBAS.

Agradezco confirmar la autorización para lo señalado;

atentamente
 
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de la Entidad    
 
Respuesta    

Proceso     125/2023 - Observado - 12-07-2023 09:24:51
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Cordial saludo,

Apreciada Entidad, según el principio de publicidad que establece lo siguiente: “El principio de publicidad impone a las autoridades administrativas el deber de dar a conocer sus actos, contratos y decisiones, para que se divulguen y, eventualmente, se controlen las actuaciones. En virtud de ello, en el ámbito de la contratación estatal el literal c) del artículo No. 3 de la Ley 1150 de 2007, establece el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP – como un mecanismo que «contará con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos, para lo cual establecerá los patrones a que haya lugar y se encargará de su difusión a través de canales electrónicos”.

Así mismo, tenemos el principio de selección objetiva el cual expone lo siguiente: “El deber de selección objetiva está ligado a la determinación del ofrecimiento más favorable, cuyo contenido debe ser precisado a partir de las diferentes alternativas del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, que, en todo caso, deben reflejarse en el pliego de condiciones o documento equivalente para el respectivo proceso de selección. Estas disposiciones establecen que en los procesos de selección deben evaluarse, fuera de los requisitos habilitantes, los factores de calificación, valoración o evaluación. Estos pueden ponderarse mediante la asignación de puntaje, por lo que la norma se refiere a factores que no otorgan puntaje para diferenciar los requisitos habilitantes de los mencionados factores de calificación. Lo anterior, bajo el entendido que son estos últimos los que determinan la oferta más favorable para la entidad y la que, en consecuencia, debe elegirse”.

Según lo antes expuesto, se solicita a la Entidad que se publiquen todas las ofertas presentadas para el cierre del proceso de referencia, esto con el fin de dar cumplimiento al principio de publicidad y de selección objetiva como se menciona anteriormente, lo que se busca es una selección objetiva del CONTRATISTA mas favorable para la Entidad, teniendo en cuenta la complejidad del objeto a adjudicar y la cuantía del mismo.

 
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de la Entidad    
 
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Proceso     125/2023 - Observado - 13-07-2023 14:34:18
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUMIL
Calle 44 No. 54 – 11 CAN
Bogotá D.C.


REFERENCIA: Observaciones informe de evaluación Invitación Pública No. IPO 125/2023 Proyecto No.12387 en adelante el proceso de contratación.

OBJETO : OBRA CIVIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMPO DE PRUEBAS FINALES DE PRODUCTO EN LA FÁBRICA DE EXPLOSIVOS ANTONIO RICAURTE


Cordial saludo;

Por medio de la presente y estando dentro del término me permito realizar las siguientes observaciones a la evaluación:

1. Con respecto a la evaluación técnica realizada al proponente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES, se solicita a la entidad no tener en cuenta el contrato de orden 3 con número No.1-01-32-100-06-79-2009 con objeto REHABILITACION CANALES ZONA 2 PUNTOS CRITICOS CANAL ARZOBISPO ENTRE LA AVENIDA NQS Y CARRERA 7, CANAL BOYACA UBICADO ENTRE LA AVDA CALLE 71 Y AVDA CALLE 26… ya que la experiencia solicitada por la entidad señala:

EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

Con el fin de garantizar la calidad de la obra y el cumplimiento en la ejecución del contrato, el oferente deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de mínimo cuatro (4) y máximo (6) seis contratos que cumplan con lo siguiente:

DOS (2) CONTRATOS deben tener por objeto CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES, y la sumatoria de estos contratos debe ser mayor o igual al 30% del presupuesto oficial expresado en SMMLV, del presente proceso.

UNO (1) de los contratos aportados deberá pertenecer al GRUPO I INSTITUCIONAL, SUBGRUPO I-4 (SEGURIDAD PUBLICA) DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE NSR-10 – TITULO K.



UNO (1) CONTRATO debe tener por objeto o actividades referentes a la CONSTRUCCION DE MUROS DE CONTENCIÓN EN CONCRETO O MUROS DE CONTENCION EN TIERRA ARMADA.

Por lo que una vez revisado este contrato en la oferta NO CUMPLE con lo exigido como experiencia por la entidad, ni acredita la idoneidad necesaria del oferente para desarrollar el tipo de contrato a ejecutar.

Es claro que la entidad exigía experiencia en CONSTRUCCION DE MUROS DE CONTENCION EN CONCRETO O TIERRA ARMADA en contratos de construcción de edificaciones, lo que el oferente en ningún caso acredita, pues la experiencia que relaciona es en obras de REHABILITACION en obras de espacio público diferente a un contrato de construcción de edificaciones lo que quedo ampliamente señalado en las múltiples respuestas a las observaciones al presente proceso.

Así las cosas, me permito solicitarle a la entidad no tener en cuenta esta experiencia aportada y declarar como NO CUMPLE en el criterio de experiencia habilitante al oferente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES, y proceder a su RECHAZO.

2. Con respecto a la evaluación jurídica y financiera realizada al proponente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES, se solicita a la entidad una vez revisada la oferta de este proponente tener en cuenta que uno de los integrantes de este consorcio señor ENRIQUE ALONSO TOVAR BAQUERO, según lo señalado por el mismo a la fecha de cierre en folio 930 para acreditar la capacidad residual de contratación, tiene en ejecución con la INDUSTRIA MILITAR el contrato de interventoría No.1-064/2022 con objeto: interventoría obra civil adecuación y modernización de la edificación del casino de empleados, lo que configura de inmediato una inhabilidad sobre el proponente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLES de acuerdo con el artículo 5 de la ley 1474 de 2011 denominada ley anticorrupción que taxativamente señala: “ ARTÍCULO 5. Quien haya celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos o su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, con las entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 80 de 1993, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del mismo, no podrán celebrar contratos de interventoría con la misma entidad.
(Nota: Declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-618 de 2012.)
Igualmente, Colombia compra eficiente ha hecho pronunciamientos sobre el mismo concepto, en donde señala lo siguiente: La inhabilidad prevista en el artículo 5 de la Ley 1474 de 2011 está referida a la imposibilidad de celebrar un contrato de interventoría cuando el contrato de obra pública ya se haya celebrado y se encuentre en el periodo de ejecución y hasta la liquidación. Sin embargo, habrá una inhabilidad sobreviviente cuando un interventor celebre un contrato de obra con la misma Entidad Estatal. En consecuencia, si el interventor de una Entidad Estatal desea celebrar un contrato de obra, deberá ceder su contrato de interventoría o renunciar a su ejecución, toda vez que se configura el supuesto de hecho de la inhabilidad sobreviniente en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1474 de 2011, pues ese interventor al celebrar el contrato de obra, configuraría la prohibición de actuar como interventor y contratista de obra al mismo tiempo en la misma Entidad Estatal, situación prohibida por el artículo mencionado.
https://colombiacompra.gov.co/content/la-inhabilidad-del-articulo-5-de-la-ley-1474-de-2011-le-es-aplicable-un-interventor-que
Así las cosas, es necesario tener en cuenta que las inhabilidades están determinadas en la ley, son taxativas y aplican para todo tipo de entidad de carácter público, por lo que se solicita a la entidad atender esta importante observación, ya que el oferente esta inmerso en inhabilidad y la misma se esta señalando en oportunidad; No es posible ser interventor y contratista de obra al mismo tiempo en la misma entidad, por lo que se solicita a la entidad declarar como NO CUMPLE y RECHAZAR en el aspecto financiero y jurídico al proponente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES ya que se encuentra inmerso en la causal de rechazo No. 1 del pliego de condiciones que señala: Que el Proponente o alguno de los integrantes del Proponente Plural esté incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar .
Aunado a lo anterior, es necesario que la entidad tenga en cuenta que el señor ENRIQUE ALONSO TOVAR BAQUERO suscribió a folio 132 de fecha 13 de junio el documento denominado CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, el cual a todas luces señala inexactitud incurriendo en la causal de rechazo no. 3 del pliego de condiciones que señala: Cuando en la oferta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la Industria Militar, por lo que reiteramos la obligación de declarar como RECHAZADO al oferente CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES.
Igualmente, si el proponente llegara a señalar que dicho contrato de interventoría suscrito con la INDUSTRIA MILITAR, ya termino y se líquido la entidad deberá aplicar la causal de rechazo No. 22 la cual señala: El no diligenciamiento del anexo del K residual, y que en ella se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la Industria Militar, ya que a todas luces estaría presentando información tergiversada en el respectivo anexo, lo que configura su RECHAZO.
3.Con respecto a los formatos firmados por los integrantes del CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES para acreditar el personal en condición de discapacidad, solicito a la entidad que no los tenga en cuenta y no se otorgue el respectivo puntaje, ya que estos están fechados y diligenciados con fecha 13 de junio de 2023 cuando la fecha de cierre fue el 15 de junio de 2023 y el Artículo 2.2.1.2.4.2.6. Del Decreto 1082 de 2015, explícitamente indica que estos deben señalar el personal que se tiene a fecha de cierre.
Asi las cosas, me permito solicitar a la entidad tener en cuenta nuestras observaciones declarar al CONSORCIO MUROS Y TERRAPLENES como NO CUMPLE en los aspectos TECNICOS, FINANCIEROS Y JURIDICOS y ajustar los informes de evaluación,

Sin otro particular.










____________________________________________
GERMAN ANDRES DUARTE ROA
C.C. 79.951.560 DE BOGOTA D.C
REPRESENTANTE LEGAL
CONSORCIO OBRA CAMPO DE PRUEBAS



 
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Proceso     125/2023 - Observado - 13-07-2023 15:27:19
 
Actividad     INFORME DE EVALUACIÓN
 
Observaciones al Proceso     Señores
INDUSTRIA NACIONAL

Ref.: Proceso No. IPO 125/2023

Cordial saludo,

Nos permitimos enviar a ustedes respuestas al informe de evaluación del proceso de la referencia por medio del siguiente link:

https://proyectaarquitectos-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/ofertas_proyectaarquitectos_onmicrosoft_com/EmpZambvDN9MvIB17ampLYIB5li3ziYCsmRoU3twSLCZZQ?e=Mgz4cT

Agradezco su colaboración,

CONSORCIO SAN JOSE
 
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